Subvenciones
para favorecer la movilidad de estudiantes en
enseñanzas universitarias oficiales de máster para el
curso académico 2009-2010
Orden
EDU/1795/2009, de 23 de junio, por la que se convocan subvenciones para
favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en
enseñanzas universitarias oficiales de máster para el
curso académico 2009-2010, incluidos los desarrollados
conjuntamente por universidades francesas y españolas.
Publicación:
BOE nº 162 de 06/07/2009 (Texto convocatoria )
Objeto:
Estas subvenciones tienen por objeto facilitar a los estudiantes
matriculados en el curso 2009-2010 en un máster oficial de una
universidad española, la realización de aquellas actividades académicas
del máster que se desarrollan en una provincia diferente a la de la
sede de la universidad de matrícula o, en su caso, en otros países del
Espacio Europeo de Educación Superior, que implique un cambio obligado
de residencia.
Requisitos de los beneficiarios:
1. Los estudiantes candidatos a las subvenciones de movilidad deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener su domicilio en España y estar matriculado en el curso
académico 2009-2010 en el máster para el que se solicita
la ayuda de movilidad.
b) Contar con un expediente académico con una nota media igual o
superior a 1,50 puntos en los estudios previos por los que acceda al
máster, obtenida por la aplicación del baremo siguiente:
Aprobado (5 a 6,9) = 1, Notable (7 a 8,9) = 2, Sobresaliente (9 a 10) =
3, Matrícula de Honor (sobresaliente con mención de
matrícula de honor) = 4. El cálculo de la nota media se
realizará conforme a lo establecido en el Real Decreto
1497/1987, modificado por el Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio y
por el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto.
c) Que la actividad académica lectiva para la que solicita ayuda
de movilidad se desarrolle en distinta provincia de la universidad de
matrícula, implicando un cambio efectivo de residencia habitual
del alumno. La actividad docente para la que podrá solicitarse
ayuda será exclusivamente la establecida en la
programación académica del máster.
d) No ser beneficiario de otras subvenciones o becas declaradas
incompatibles en los artículos 10 y 37 de esta convocatoria.
2. En el caso de las subvenciones de movilidad a países del
EEES, el máster en el que está matriculado el solicitante
deberá tener suscrito un convenio de colaboración o
acuerdo que recoja
Forma y lugar de entrega de las solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en el impreso establecido en la
convocatoria e irán acompañadas de los siguientes
documentos:
- Currículum
vitae que deberá ser objeto de evaluación por parte de la
comisión académica de selección de la universidad.
- DNI
para los ciudadanos españoles, pasaporte o documento equivalente al DNI
para los ciudadanos comunitarios y tarjeta de residencia de estudiante
para los ciudadanos extranjeros no comunitarios, en vigor.
- Declaración
responsable de la nota media del expediente académico, realizada
en alguno de los siguientes modelos:
- Declaración
responsable de no ser beneficiario de otras ayudas o becas declaradas
incompatibles en el apartado B.8.d de la convocatoria y en el caso de
percibirlas compromiso de informar de ello y renunciar a una de las
ayudas declaradas incompatibles.
La solicitud firmada por el interesado y el resto de documentos deberán presentarse en el Registro General o en los registros auxiliares de la Universidad de Alicante.
Plazo de entrega de solicitudes: del 1 al 17 de septiembre de 2009.
Más información: página web del Ministerio.
Listado de solicitudes admitidas y desestimadas:
- Relación de solicitantes admitidos y excluidos ( )
Se establece un plazo desde el 26 de septiembre al 2 de octubre, ambos
inclusive, para la subsanación de las solicitudes excluidas.
Las solicitudes de subsanación se dirigirán al director
del CEDIP y se presentarán en el Registro General o en los
registros auxiliares de la Universidad de Alicante, o por
cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
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