REESTRUCTRUACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS ESTUDIOS DE TERCER CICLO Y DE LOS TÍTULOS PROPIOS DE POSTGRADO Y ESPECIALIZACIÓN

Aprobada por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el 29 de julio de 1999
 

En la actualidad estos estudios están gestionados por el Negociado de Tercer Ciclo y el de Postgrado y dependen administrativamente del Servicio de Alumnado. Sus funciones no difieren de las de las secretarías de los  centros de la Universidad (facultades y escuelas); es decir, matriculan alumnos, expiden actas y certificados, gestionan sus títulos (en número más variado que cualquier centro), tramitan los expedientes de aprobación de planes de estudio (programas de doctorado y títulos máster, especialista y experto), etc. Sin embargo, al no depender, como el resto de los centros, del Servicio de Coordinación y Organización, quedan desvinculados de aquéllos y no se produce la conveniente uniformidad en toda la gestión administrativa mencionada.

Por otra parte, estos estudios dependen funcionalmente en la actualidad del Vicerrectorado de Estudios e Innovación Educativa, contando el Vicerrector para su gestión, tan sólo con el apoyo de la Secretaria de la Comisión de Doctorado. Esta estructura se ha visto desbordada por la creciente demanda y complejidad de estos estudios, de forma que no permite su adecuado desarrollo y planificación.

Por todo lo anterior, resulta necesaria una reestructuración tanto académica como administrativa de estos estudios. Siguiendo los pasos de otras universidades, parece conveniente la creación de un centro con las características que a continuación se detallan.

Centro de Estudios de Doctorado y Postgrado (CEDYP). 

El Centro de Estudios de Doctorado y Postgrado (CEDYP) dependerá funcionalmente del vicerrector con competencias en asuntos de doctorado y postgrado, actuará como Secretaría de la Comisión de Doctorado y desempeñará las funciones administrativas que den cobertura a los estudios de tercer ciclo y a los títulos propios de postgrado y especialización.
Organización académica.

El Centro de Estudios de Doctorado y Postgrado contará con un Director y un Secretario que serán profesores doctores pertenecientes a los cuerpos docentes de la Universidad de Alicante debiendo tener reconocido ambos, al menos, un sexenio de investigación. Dichos cargos serán nombrados por el Rector, a propuesta del vicerrector con competencias en asuntos de doctorado y postgrado, oído el Pleno de la Comisión de Doctorado. Los rangos del Director y del Secretario serán equivalentes, respectivamente, a los de decano y secretario de facultad.

El órgano colegiado correspondiente a este centro será la Comisión de Doctorado de la Universidad que, presidida por el vicerrector correspondiente, se encargará de organizar, coordinar y supervisar los estudios de tercer ciclo conducentes a la obtención del título de doctor y los estudios de títulos propios de postgrado y especialización.

La Comisión de Doctorado se regirá por su propio reglamento y por lo preceptuado en la Ley de Reforma Universitaria, en el Real Decreto 778/1998 de 30 de abril que regula el tercer ciclo de los estudios universitarios, en los Estatutos de la Universidad de Alicante y en las normativas propias de esta Universidad que regulen los estudios de su ámbito de competencias.

Corresponderá al Director del Centro:
a) Dirigir y coordinar la actividad del CEDYP, que será ejecutada por el personal de administración y servicios con destino en este Centro.
b) Ejecutar los acuerdos de la Comisión de Doctorado.
c) Actuar como Vicepresidente de la Comisión de Doctorado.
d) Resolver todos aquellos trámites de su ámbito de competencias y que, ajustándose a la normativa vigente, vengan debidamente informados por quien proceda, de todo lo cual dará cuenta a la Comisión de Doctorado en su siguiente sesión.
e) Resolver sobre los trámites encomendados a la Comisión de Doctorado que, por su urgencia, así sea estimado y se ajusten a lo legalmente dispuesto. De todo ello deberá, dar cuenta a la Comisión de Doctorado en su siguiente sesión.
f) Cualquier otra misión que pueda corresponderle en función de su condición.

Corresponderá al Secretario del Centro:
a) Dar fe de las actuaciones administrativas del CEDYP.
b) Resolver sobre las matrículas y cambios solicitados por los alumnos, de acuerdo a lo establecido al respecto.
c) Actuar como Secretario de la Comisión de Doctorado.
d) Certificar la documentación relacionada con los estudios de doctorado y los títulos propios de postgrado y especialización, con el VºBº del Director de Estudios de Tercer Ciclo y Postgrado.
e) Sustituir al Director en caso de ausencia.
f) Asumir todos los cometidos que el Director de Estudios de Tercer Ciclo y Postgrado delegue expresamente.
g) Cualquier otra misión que pueda corresponderle en función de su condición.
Organización administrativa.

La Secretaría de este Centro englobará los actuales Negociados de Tercer Ciclo y de Postgrado de la Universidad de Alicante y dependerá orgánicamente del Servicio de Coordinación y Organización. En el organigrama administrativo de la Universidad estaría situado en el nivel de las secretarías de facultad.

Con carácter general, será competencia de este Centro la publicación de los acuerdos de la Comisión de Doctorado, la notificación de los mismos a los interesados cuando proceda, el archivo y custodia de todos los documentos relacionados con el funcionamiento de la misma, así como todas las funciones propias de una secretaría de centro a efectos de matrícula, actas, certificaciones y expedición de certificados, diplomas y títulos.