PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR RECONOCIMIENTO POR FORMACIÓN PREVIA

Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos en estudios oficiales de la Universidad de Alicante


Los alumnos presentarán la solicitud de reconocimiento en el CEDIP (Centro de Estudios de Doctorado y Posgrado) dirigida a la Comisión de Estudios de Posgrado, dentro del plazo de matrícula de cada curso. En el caso de Másteres universitarios, solo se atenderán solicitudes de los másteres gestionados por el CEDIP. Para los demás másteres, se deberán dirigir al Centro correspondiente.

Junto con la solicitud, deberán presentar la siguiente documentación:
-
Programa de la asignatura sellado por el Centro donde se cursó o por el Departamento responsable de su docencia.
-
Certificado Académico Personal expedido por el Centro de origen o fotocopia  compulsada. (Entre estudios de la Universidad de Alicante para la resolución de la convalidación se suficiente la ficha del alumno debidamente sellada por el Centro de origen).
-
Fecha de publicación en el BOE del Plan de Estudios o fotocopia del Plan de Estudios

Cuando la documentación se recibe en el CEDIP se emite el recibo correspondiente al estudio de dicha solicitud (ver tasas) que deberá ser abonado para que se inicie el trámite correspondiente.

En caso de disconformidad con la resolución de la Comisión de Estudios de Posgrado se podrá reclamar ante la misma en el plazo de 10 días, aportando la documentación justificativa correspondiente. Una vez resuelta la reclamación se podrá presentar el recurso correspondiente ante el Rector.

Modificación de matrícula

En caso de una resolución no favorable a la solicitud, el alumno dispondrá de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se le haya notificado dicha resolución, para modificar su matrícula.


Tasas por reconocimiento de formación previa

El reconocimiento procedente de centros públicos españoles oficiales no está gravado por ninguna tasa. En el resto de los casos deberá abonar una tasa correspondiente al 25% del importe de los créditos que se superen por este procedimiento.