INSCRIPCIÓN



PROCEDIMIENTO

El presente documento establece el procedimiento a seguir para la admisión del alumnado de títulos propios de postgrado y especialización para el curso académico 2010/2011.

La admisión del alumnado correrá a cargo del director de estudios.

La inscripción se llevará a cabo en el lugar y plazo que el director de estudios decida. El CEDIP pone a disposición de los organizadores un modelo de solicitud de inscripción, aunque cada curso podrá utilizar la solicitud de inscripción que desee.

Una vez finalizado el plazo de inscripción, el director de estudios deberá:

  1. Comprobar que los alumnos reúnen los requisitos de acceso establecidos en la Normativa para cada tipo de título propio.
Excepcionalmente, se podrá admitir a alumnos que no cumplan los requisitos de acceso pero que tengan previsto finalizar sus estudios en la convocatoria de diciembre, en el caso de cursos que se inicien en el primer cuatrimestre, o en la convocatoria de febrero para los que se inicien en el segundo cuatrimestre (según acuerdo Comisión de Estudios de Postgrado de 17-10-2005). En ningún caso el director de estudios podrá admitir a una persona que no reúna los requisitos de acceso en perjuicio de otra persona que sí los posea. En el momento de formalizar la matrícula, los alumnos deberán solicitar la matriculación provisional en el estudio.

Antes de admitir a los alumnos con estudios extranjeros, el director de estudios deberá recabar del CEDIP la emisión de un informe técnico preceptivo sobre la equivalencia de los estudios realizados con los estudios que exige la Normativa para el acceso, para lo cual deberá enviar al CEDIP la siguiente documentación:
  • Copia de la solicitud de inscripción
  • Copia del título que le da acceso
  • Copia del expediente académico, en el que se indique la carga horaria de los estudios que le dan acceso.

  1. Aplicar los criterios de selección establecidos en la propuesta del estudio, si el número de aspirantes supera el de plazas ofertadas, y hacerlos públicos.
  2. Enviar al CEDIP la siguiente documentación de todos los alumnos admitidos:
  • Formulario de admisión.
  • 2 copias del documento de identificación:
  • Alumnos españoles: copia del DNI
  • Alumnos extranjeros: copia del pasaporte o NIE. Los alumnos que cursen estudios a distancia podrán identificarse con el documento de identidad de su país.
  • Copia del título que le da acceso al estudio

Los alumnos a los que se les deniegue la admisión dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación del resultado, para presentar un recurso ante la Comisión de  Estudios de Postgrado.




ALUMNOS CON ESTUDIOS EXTRANJEROS


Antes de admitir a los alumnos con estudios extranjeros, el director de estudios deberá recabar del CEDIP la emisión de un informe técnico preceptivo sobre la equivalencia de los estudios realizados con los estudios que exige la Normativa para el acceso (ver punto anterior sobre el procedimiento de admisión).