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PREMIOS
EXTRAORDINARIOS DE LICENCIATURA / DIPLOMATURA DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS
1. PROCEDIMIENTO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA
CONCESIÓN DE ESTOS PREMIOS
El Premio Extraordinario de Licenciatura/Diplomatura se otorga a
los alumnos/as con mejor expediente de cada promoción. No hace
falta solicitarlo. De oficio, los centros proponen al Consejo de
Gobierno los candidatos a premio extraordinario para cada
titulación. El Consejo de Gobierno es quien otorga estos
premios.
El Vicerrectorado de Relaciones Institucionales comunica
(diciembre-enero) que se les ha otorgado el premio y que se les va a
entregar el diploma acreditativo en el acto de Sto. Tomás de
Aquino (28 de enero). Previamente la Facultad de Ciencias
comunica la propuesta de candidatos a cada uno de ellos.
En el mes de octubre de cada año se
propondrán los
premios extraordinarios de Licenciatura / Diplomatura,
correspondientes al curso académico anterior a razón de 1
por cada 50 o fracción.
Para ello se valorarán los expedientes
académicos de los
Licenciados / Diplomados que hayan terminado los estudios
correspondientes en el curso anterior, de acuerdo con la nota media
obtenida. Dicha nota media se calculará como la suma de los
créditos aprobados por el alumno, multiplicados por la
calificación correspondiente en cada uno de ellos y dividida por
el número total de créditos Real Decreto 1276/1994 (anexo
I, punto 4, BOE 11 de junio de 1994):

n = nº total de
asignaturas
cai =
calificación de la asignatura i
cri= créditos de
que consta la asignatura i
No
se valorarán en el expediente académico, aquellas
asignaturas complementarias, que no figuren en los planes de estudios y
que sólo puedan calificarse como “apto”.
En el caso de que en el
expediente haya calificaciones literales y numéricas, el baremo a
aplicar en las asignaturas con calificación literal será:
Aprobado:
6;
notable:
8; sobresaliente 9.5 y Matrícula de Honor:
10,
Tras lo cual, junto a las asignaturas con
calificación
numérica se procederá a la aplicación de la
fórmula. (Nota media entre 5 y 10).
Se
requerirá como mínimo, para ser propuesto como Premio
Extraordinario, obtener una puntuación superior a 8 puntos.
Si
el número de alumnos con la puntuación mínima,
excede de número de premios extraordinarios posible, se
procederá a recalcular su nota media, en función del número
de
convocatorias
necesarias
para obtener las diferentes calificaciones,
así como del número
total de años empleados para finalizar sus estudios, de acuerdo
con la siguiente fórmula:
n = nº total de
asignaturas
cai =
calificación de la asignatura i:
cri = nº de
créditos de la asignatura i
ci = nº de
convocatoria en la que se ha aprobado la asignatura i
AT = años de la
titulación
AC = años cursados
La
Junta
de
Facultad, a propuesta del Decanato, una vez estudiadas las
estadísticas de calificaciones de una titulación
determinada, y evaluados los méritos de los candidatos,
podrá proponer para premio extraordinario un número
superior de alumnos a los especificados en esta normativa, siempre y
cuando estos tengan una calificación global igual o superior a 9
(sobresaliente).
2. EN
LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, el/la alumno/a que tenga Premio
extraordinario de licenciatura/diplomatura:
2.1. Puede solicitar que
el premio extraordinario de licenciatura aparezca reflejado en su
título de licenciado-a / diplomado-a:
- cuando realice la
tramitación del mismo en la secretaría de la Facultad o,
2.2. Está
exento de pagar las tasas de expedición del título de
Licenciado-a / Diplomado-a. Para ello:
-
Ha de indicarlo en la instancia cuando solicita la tramitación
del título en la secretaría de la Facultad.
- Si ya
ha abonado las
tasas puede solicitar la devolución de las mismas, recogiendo el
impreso en el
Negociado de Acceso (Pabellón de Alumnado).
- Dicho impreso se
presentará en el de
la Universidad de Alicante (Edif. Rectorado /Planta baja) o en el
registro auxiliar de la Secretaría de la Facultad de Ciencias
-
A este impreso se adjuntará el resguardo original de haber
pagado las tasas y original y fotocopia para su cotejo del documento
que acredite que es premio extraordinario.
- Tiene
un plazo de 5
años desde que se produjo el pago indebido para solicitar
devolución
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