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Negociado de Becas
BECAS
DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CURSO 2010-2011
Información
- Becas para prestar
servicios y/o realizar prácticas en distintos Departamentos e iniciarse en tareas de investigación.
Destinada a promover la mejora de la formación de los estudiantes
universitarios que vayan a finalizar los estudios de segundo ciclo
o último curso de Grado.
- Se convocan 3.304 becas
de colaboración para el curso 2010-11, 77 de
ellas en la Universidad de Alicante.
Legislación
Orden de 29 de junio de 2010 del Ministerio de Educación,
por la que se convocan becas de colaboración para
el curso académico
2010-11.
BOE
05/07/2010
Requisitos
Académicos
- Haber superado el
primer ciclo y al menos el 45% de los créditos que integran el
segundo (alumnos de Medicina, el 60%). En el caso de los estudiantes de Grado
encontrarse cursando los últimos 60 créditos para completar los
requisitos para la obtención del título, y haber superado 180
créditos.
- Haber obtenido como
nota media la calificación siguiente (según el baremo de
la convocatoria):
- 5,50 para
Ingeniería, Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
- 6,50 para Ciencias,
CC. Experimentales y de la Salud
- 7,00 para CC.
Jurídicas, Sociales, Artes y Humanidades
- Estar matriculado en
2010-11 en
enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o
créditos que le resten para finalizar sus estudios.
- Presentar
un proyecto de colaboración puntuado por el consejo
de departamento en el que éste vaya a desarrollarse.
- No estar en
posesión o en disposición legal de obtener un
títulos académico de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,
Graduado o Master oficial.
Solicitud
La solicitud se deberá cumplimentar
mediante el formulario accesible por vía
telemática a través de la sede electrónica del
Departamento en la dirección
https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente
a «Trámites y Servicios».
Una vez cumplimentada la
solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar
mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptadas por la sede
electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de
presentación de la solicitud acompañando el proyecto de colaboración
evaluado por el departamento en formato informático hasta el 30 de
septiembre de 2010 inclusive en el lugar y en el plazo que se
indican en el artículo 10.
En el supuesto que el solicitante no disponga
de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez
cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de
solicitud en fichero pdf y presentarlo con su firma y acompañado del
proyecto de colaboración evaluado por el departamento en la unidad
de becas
.
Documentación a presentar junto con la
solicitud de beca:
- Fotocopia del documento
nacional de identidad del solicitante.
- El proyecto de
colaboración.
- Puntuación de
dicho proyecto por el Consejo de Departamento correspondiente.
Plazo
Desde el 06 de julio de 2010
Hasta el 30 de septiembre de
2010.
Estado
de Tramitación
El alumno
podrá consultar el estado de tramitación de su beca en la
página web del Ministerio de Educación
https://sede.educacion.gob.es.
Resolución
Provisional
Curso 2010-11
Propuesta de concesión de la
Universidad:
Reclamaciones
Contra las resoluciones de becas los interesados
podrán presentar las reclamaciones y aportar los documentos que
consideren oportunos, con el objeto de que sea revisada de nuevo su
solicitud.
Legislación:
- Las bases que regulan
las propias convocatorias.
- Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y el
Procedimiento Administrativo Común.
Impresos:
Los impresos de reclamaciones (alegaciones
y recursos de reposición) están a disposición de
los interesados en el Negociado de Becas. Una vez
cumplimentadas se deben presentar en el Registro General de la
Universidad (edificio de Rectorado).
Plazos:
Contra la
resolución provisional podrán presentar las alegaciones
en el plazo de los 15 días siguientes a la notificación.
Contra la resolución
definitiva podrán interponer recurso de reposición en el
plazo de un mes desde la publicación de la resolución o
bien interponer el recurso contencioso administrativo en el plazo de
dos meses.
Obligaciones
Los beneficiarios de beca de colaboración
tendrán entre otras obligaciones (consultar convocatoria) la de:
Una vez finalizada la
colaboración y en todo caso antes del 30 de julio de 2011,
deberán presentar certificación acreditativa del
Director del departamento de haber prestado la colaboración en
los
términos previstos en la convocatoria, en la unidad de becas de
la universidad, quien lo remitirá a la Dirección
General de Formación y Orientación Universitaria para dar
por finalizado el procedimiento. Esta
certificación surtirá los efectos de
justificación de la subvención concedida previstos en la
Ley 38/2003, General de Subvenciones.
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