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  Negociado de Becas


BECA DE LA GENERALITAT VALENCIANA


CURSO 2010-2011

BECA DE LA GENERALITAT VALENCIANA



  
Información

        Becas para la realización de estudios universitarios
de 1º, 2º Ciclo y Máster Oficial en universidades públicas de la Comunidad Valenciana, cuya concesión dependerá del cumplimiento de los requisitos económicos, patrimoniales y académicos establecidos en la convocatoria, y que tendrá como cuantía máxima el importe correspondiente a las tasas por servicios académicos.
      


Legislación       

        ORDEN 76/2010 de 3 de agosto de 2010, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2010/2011 en las universidades de la Comunidad Valenciana

       Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el sistema de becas y otras ayudas al estudio personalizadas.


Requisitos Académicos

      Los solicitantes de beca que cursen estudios de Primer o Segundo Ciclo deberán estar matriculados en un número mínimo de créditos, así como no haber suspendido en el curso anterior más del 45% de los créditos matriculados en el caso de enseñanzas técnicas y del 25% en las demás enseñanzas universitarias. Número mínimo de créditos curso 2010-11 para Grado, 1º y 2º ciclo (para ampliar información consultar la convocatoria).

        Los solicitantes de beca que cursen primer curso de un Máster Oficial deberán haber obtenido una nota media de 6,00 puntos en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso a los mismos; la nota media de los estudios de enseñanzas técnicas se multiplicará por el coeficiente 1,17. Y matricularse de un mínimo de 60 créditos.

        En los casos en que el número de créditos a superar para la obtención del título oficial de Máster sea superior a 60, la continuación de la condición de becario en un segundo año exigirá haber superado todos los créditos de que se hubiera matriculado en el primer año y quedar matriculado en todos los créditos que resten para obtener la titulación (para ampliar información consultar la convocatoria).

Solicitud      

     El impreso de solicitud de beca se encuentra publicado en la página web de la Generalitat Valenciana  http://www.edu.gva.es, también puedes obtenerlo pinchando en el siguiente enlace, solicitud . .

Junto con el impreso deberán adjuntar la siguiente documentación:

  • Certificado de empadronamiento del solicitante
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  • Documentación acreditativa de que concurre en el solicitante alguna de las circunstancias que dan derecho a deducciones en la renta familiar (Familia Numerosa, certificados de minusvalía, Hermanos universitarios estudiando fuera ....).
  •   En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, se entenderá no probada la independencia, por lo que para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia.

    Tratándose de estudiantes independientes, se entenderá por domicilio familiar el que el alumno habita durante el curso escolar por lo que no procederá la concesión del componente de residencia ni de las becas de movilidad.

 
Los alumnos extranjeros deben adjuntar:
  • Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar su condición de residentes (N.I.E. con registro de residencia), quedando excluidos de concurrir a estas becas quienes se encuentren en situación de estancia.
  • Si los ingresos proceden de un país extranjero, certificación de los mismos por el órgano competente.
  • Cumplir los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 4 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre (puedes consultarlo en ésta misma página en el apartado legislación). A estos efectos, el requisito del trabajo en España se aplicará tanto al alumnado comunitario como no comunitario y se referirá al ejercicio de 2007.

Plazo       

        El plazo legal establecido para la presentación de la solicitud de beca finalizará el 31 de octubre de 2010. Se recomienda la presentación antes del día 15 de octubre, para poder solicitar al mismo tiempo la beca del Ministerio de Educación y Exención de Tasas de la Universidad de Alicante, en su caso. La solicitud de beca se presentará en la Unidad de Becas.

        Podrán presentarse solicitudes de beca después del 31 de octubre en los casos siguientes: 
  • En caso de que el plazo de matrícula sea posterior al 31 de octubre (deberá justificarlo).
  • En caso de fallecimiento o jubilación forzosa (no por cumplir la edad reglamentaria) del sustentador principal de la familia ocurridos después de finalizado del plazo de presentación.
  • En caso de estudiantes cuya situación económica se viera gravemente afectada por causa justificada.
  • Podrán presentarse solicitudes de beca para la realización del Proyecto de fin de carrera durante el mes siguiente a la fecha de formalización de la matrícula, y en todo caso, antes del 14 de marzo de 2011 (sólo alumnos de Ingeniería Técnica de Obras Públicas).

Estado de Tramitación

   El alumno podrá consultar el estado de tramitación de su beca en la página web de la Generalitat Valenciana http://www.edu.gva.es .

  Curso 2009-2010
 

Reclamaciones

        Contra la publicación de las relaciones provisionales de concesiones y denegaciones se podrán presentar las alegaciones en el plazo de 10 días.     
      
  Curso 2009-10

  • Plazo: de presentación de alegaciones del 2 al 13 septiembre 2010 ambos incluidos. Las alegaciones irán dirigidas al Director General de Universidad y Estudios Superiores.
  • Lugar de presentación: Registro General de la Universidad.
  • Impreso de Alegación .

        Contra la publicación de las relaciones definitivas se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el DOGV o bien interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

        Las Solicitudes de Reclamación, se presentarán en el registro General de la Universidad, pudiendo utilizar el impreso normalizado que se encuentra disponible en el propio registro.

     





 

Universidad de Alicante. Negociado de Becas (Pabellón de Alumnado)
Carretera San Vicente del Raspeig s/n
03690 San Vicente (Alicante)
Fax: 965909902 Teléfono: 965903736 965903400 ext. 3397
Mail: beques@ua.es
 
 
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Última actualización: 14-diciembre-2010
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