| Estudios
y acceso
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| ACCESO PARA MAYORES DE
25 AÑOS. NORMATIVA
Acuerdo de la Junta de Gobierno de 04.12.1998 1. Las personas mayores de veinticinco años que no tengan la titulación exigible para entrar en la universidad podrán acceder a los estudios que se imparten en la de Alicante en la forma establecida en la presente norma. No podrán utilizar esta vía de acceso quienes hubieran aprobado el COU en elcurso 1988/89 o posteriores, que deberán superar las Pruebas de Acceso a la Universidad (selectividad).
2. La Universidad de Alicante realizará anualmente una convocatoria
de pruebas de acceso para mayores de 25 años, que se efectuarán
entre el 1 de febrero y el 31 de marzo, en el momento que resulte más
adecuado para el normal desarrollo de las actividades académicas
y docentes de los centros correspondientes.
3. Podrán realizar las pruebas todas las personas (de cualquier nacionalidad) que tengan cumplidos los 25 años antes del 1 de octubre del año en que las pruebas se celebren.
4. La valoración de la madurez e idoneidad de los candidatos y las
candidatas se hará sobre la base de su "currículum vitae"
y con ejercicios encaminados a determinar la cultura básica de los
aspirantes (referida principalmente a los contendidos académicos
de la facultad o escuela
5. Dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se hayan hecho públicos los resultados de las pruebas, quienes las hubieren superado se inscribirán en la secretaría del centro al que se desee ingresar, a fin de realizar un curso de orientación e iniciación.
6. El curso de orientación e iniciación tendrá una
duración mínima de 15 horas y habrá de finalizar antes
del comienzo del año académico siguiente. Los contenidos
del curso de orientación e iniciación
deberán estar previamente establecidos, y se deberán ajustar
al esquema que figura como anexo a la presente norma.
El curso de orientación e iniciación se organizará
procurando que la
7. Quienes, habiendo superado la prueba de acceso, no efectuasen la inscripción
al curso de orientación e iniciación o no obtuviese el certificado
por tener asistencia inferior al 75% podrán
8. La superación de las pruebas de acceso y la obtención
del certificado de asistencia al curso de orientación e iniciación
sólo facultan para efectuar la matrícula de primer curso
en el estudio elegido y no equivale, a ningún otro efecto, a la
posesión de titulación académica alguna.
9. Una vez superado el primer curso en el estudio elegido, los alumnos
y alumnas ingresados por esta vía quedarán sujetos, en cuanto
a traslados, al mismo régimen que el resto del alumnado.
Contenidos del curso de orientación e iniciación CONTENIDOS GENÉRICOS
Y CARGA LECTIVA
La facultad / escuela universitaria. Órganos de dirección y representación. Servicios para el alumnado. 1 h. El estudio. Plan de estudio. Diseño del currículum. El título. Salidas profesionales. 2 h. Técnicas de estudio. Documentación. Elaboración de trabajos. Nociones generales básicas sobre las materias propias del estudio. Bibliografía básica. 8 h.
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Última actualización: 21-Ene-1999 |