| Estudios
y acceso
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| 1. INGRESO EN LA UNIVERSIDAD DESDE
LA FORMACIÓN PROFESIONAL.
Los estudiantes provenientes de formación profesional (formación profesional de 2º grado, módulos profesionales de nivel III o ciclos formativos de grado superior) pueden acceder a los estudios universitarios de nivel medio (diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o maestro) que se correspondan con la rama o especialidad cursada. Los que hayan cursado determinados ciclos formativos de grado superior también pueden acceder a los estudios universitarios de nivel superior que se correspondan con la especialidad del ciclo cursado. Pinche aquí para conocer la oferta de estudios universitarios para el curso 98/99. 1.1 Admisión en estudios con límite de plazasLas universidades reservarán un porcentaje de las plazas ofertadas (mínimo 30%) en aquellos estudios a los que tienen acceso para adjudicarlas entre los solicitantes provenientes de formación profesional.Para la adjudicación de las plazas se tendrá en cuenta la calificación que corresponda según se trate de:1.1.1 En estudios de las universidades de la Comunidad Valenciana1.1.1.a) Alumnos pertenecientes al distrito de la Comunidad ValencianaA efectos de ingreso en centros con límite de plazas, las cinco universidades de la Comunidad Valenciana (Alicante, Politécnica de Valencia, Jaume I de Castellón, Miguel Hernández de Elche y Valencia Estudi General) forman un DISTRITO ÚNICO, lo cual significa que los interesados que hayan cursado la formación profesional en centros radicados en la Comunidad Valenciana o residan en algún municipio de la Comunidad Valenciana, podrán solicitar estudios en todas estas universidades en igualdad de condiciones. Para ello, deberán cumplimentar un único impreso de preinscripción en el que relacionarán, por orden de preferencia, los estudios con límite de plazas en los que estén interesados de una o varias de las universidades anteriores. (Ver instrucciones de preinscripción para el curso 98-99).1.1.1.b) Alumnos pertenecientes a otros distritos Los alumnos pertenecientes a otros distritos que soliciten iniciar estudios en universidades de la Comunidad Valenciana por no ser impartidos éstos en su universidad o distrito de origen, o siendo impartidos justifiquen debidamente un cambio de residencia, y los que acrediten su residencia en Ceuta o Melilla y hayan superado el COU en Centros ubicados en una de estas dos ciudades pueden solicitar los estudios correspondientes en las mismas condiciones descritas en el punto 1.1.1a). Por el contrario los alumnos interesados en acceder a estudios del distrito de la Comunidad Valenciana que sí se imparten en su universidad o distrito de origen y no justifiquen debidamente un cambio de residencia, deberán solicitar plaza por la modalidad de DISTRITO COMPARTIDO. 1.1.2 En estudios de otras universidades o distritos.Los interesados en iniciar estudios que no se imparten en la universidad o distrito de origen pueden solicitarlos en las universidades o distritos que los ofrezcan (excepto en algunos estudios de Madrid y Cataluña) a través del procedimiento de Distrito Propio de la respectiva universidad o distrito. (ver plazos de preinscripción de todas las universidades).Las universidades considerarán estas solicitudes en igualdad de condiciones que las de los alumnos que les correspondan. Por el contrario los interesados en realizar en otras universidades estudios que sí se imparten en su universidad o distrito de la Comunidad Valenciana y no justifican debidamente un cambio de residencia deberán solicitar plaza por la modalidad de DISTRITO COMPARTIDO. 1.2 Admisión en estudios sin límite de plazasLos interesados en iniciar estudios que no tengan establecido límite máximo de plazas, se deben dirigir directamente a la Secretaría de la Facultad o Escuela que organice dichos estudios en el plazo de matrícula que cada universidad haya fijado. |