Estudios y acceso 
 
DISTRITO ÚNICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 

PREINSCRIPCIÓN CURSO 98/99

INDICE
1. Qué es la Preinscripción en el Distrito Único de la Comunidad Valenciana 

2. Aspectos de interés sobre la preinscripción: preguntas clave sobre la misma

3. Normativa y procedimiento para solicitar plaza  4. Instrucciones para cumplimentar el impreso de Preinscripción 
 

1. ¿QUÉ ES LA PREINSCRIPCIÓN EN EL DISTRITO ÚNICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA? 

El Consejo Interuniversitario de la Comunidad Valenciana, acordó en su reunión del 24 de enero de 1992 la implantación del Distrito Universitario Único de la Comunidad Valenciana a efectos de admisión de alumnos. 

El objetivo primordial de este Acuerdo fue unificar el tramite de solicitud previa de admisión de los alumnos en los diferentes centros universitarios de la Comunidad Valenciana. Ello permitía, por un lado, efectuar una oferta global de las plazas existentes, y por otro, agilizar y simplificar el procedimiento establecido por el R.D. 1005/91, de 14 de junio, por el que se regulan los procedimientos para el ingreso en centros universitarios. 

En base a lo anterior, y según la disposición adicional primera del Real Decreto 1005/91, se subscribió el Convenio entre la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia y las universidades de la Comunidad Valenciana sobre el proceso de admisión de alumnos. 

   Los puntos sobre los que versa el Convenio se resumen según lo siguiente: 

    - Para solicitar el ingreso en los centros universitarios de la C.V. en los que la demanda de plazas sea superior a su capacidad, los alumnos relacionarán, por orden de preferencia y en una sola solicitud, los centros o estudios en los que deseen ser admitidos, de entre los existentes en cualquiera de las universidades valencianas. 

    - Se considerarán prioritariamente, y en pie de igualdad entre ellas, las solicitudes de aquellos estudiantes que hayan superado las pruebas de aptitud en cualquiera de las universidades de la Comunidad Valenciana, con independencia de la universidad a la que pertenezca el centro o estudio solicitado. 

    - Las solicitudes serán atendidas de acuerdo con las fases y criterios de valoración establecidos en el Real Decreto 1005/91, de 14 de junio, y las universidades gestionarán las solicitudes de ingreso siguiendo el procedimiento común a todas ellas.

 
2. ASPECTOS DE INTERÉS SOBRE LA PREINSCRIPCIÓN. PREGUNTAS CLAVE SOBRE LA MISMA 
 
¿Quiénes pueden solicitar plaza en el DISTRITO ÚNICO de la Comunidad Valenciana? 

Todos los alumnos que deseen acceder a estudios con limitación de plazas en las universidades de la Comunidad Valenciana deberán presentar UNA SOLA SOLICITUD de preinscripción según el procedimiento explicado en estas instrucciones. 
 
    1.- Pueden presentar solicitud de preinscripción en el plazo de junio (Fase A de preinscripción) ver  PLAZO en Procedimiento: 

    - Todos los alumnos que hayan superado las pruebas de Selectividad en Junio de 1998 o años anteriores que, además, estén en alguna de las circunstancias descritas en el apartado REQUISITOS

    - Los alumnos que hayan superado los estudios de FP, Módulo III, Ciclo Formativo Grado Superior o estén en posesión de titulación superior antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

 2.- PLAZO DE OCTUBRE  (Fase B de preinscripción) ver PLAZO en Procedimiento: 
    - Alumnos que no han presentado preinscripción en el plazo anterior, o que habiéndola presentado, no hayan sido admitidos en ninguno de los estudios solicitados y que solamente podrán hacerlo en los estudios donde hayan resultado plazas vacantes, una vez atendidas todas las solicitudes presentadas en la Fase A. (Ver el apartado REQUISITOS).
¿Cuál es el criterio para la adjudicación de plaza? 
 
Según establece el Real Decreto 1005/91 las universidades considerarán prioritariamente las solicitudes de aquellos estudiantes a los que corresponda iniciar estudios en cada una de ellas, esto es, las de aquellos estudiantes del propio distrito universitario. En pie de igualdad con éstas, se considerarán las de aquellos estudiantes que justifiquen debidamente un cambio de residencia, o las de aquellos que soliciten estudios que no se imparten en la universidad que les corresponda. 

    No obstante lo anterior, las solicitudes serán atendidas con el siguiente orden de prelación: 

    1º. Alumnos que han superado las pruebas de acceso a la universidad en la convocatoria de junio del año en curso, o en años anteriores (se incluyen a estos efectos los restantes estudios equivalentes a las PAU: Preuniversitario, COU anterior al curso 74-75, Ciclo Formativo Grado Superior (según ciclo), exclusivamente para Estudios de Primer Ciclo, alumnos de FP II o Módulo III. 

    2º. Alumnos que hayan aprobado las pruebas de acceso en la convocatoria de septiembre del año en curso y alumnos que hayan superado el Ciclo Formativo Grado Superior (según ciclo) en convocatoria de septiembre del año en curso. 

    3º. Alumnos que hayan aprobado COU, Bachiller Experimental o Bachiller LOGSE, en la convocatoria de junio o años anteriores (solamente para acceder a Estudios de Primer Ciclo). 

    4º. Alumnos que hayan aprobado COU, Bachiller  Experimental, Bachiller LOGSE, Ciclo Formativo Grado Superior o Formación Profesional de 2º Grado, en la convocatoria de septiembre del año en curso.

En todo caso, y dentro de este orden de prioridad, tendrán preferencia las solicitudes de aquellos alumnos que deseen iniciar estudios que se correspondan con la opción cursada en COU, Bachiller Experimental o con la opción LOGSE superada en las P.A.U.. 

El orden de las solicitudes para adjudicar las plazas disponibles, una vez atendidos los criterios expuestos anteriormente, se hará atendiendo a las calificaciones definitivas obtenidas en las pruebas de aptitud, o a las notas medias de expediente en los demás casos (Art. 5 del R.D. 1005/91 de 14 de junio). 

Lo criterios de ordenación y adjudicación de las plazas se llevarán a cabo por las universidades, teniendo en cuenta la reserva de porcentajes en el número de plazas previstas en el art. 7 del R.D. 1005/91 de 14 de junio, destinadas a los solicitantes extranjeros (5 %), titulados superiores (5 %), FP de 2º Grado, Módulos III y Ciclos Formativos de Grado Superior (30%), minusválidos (3 %) (R.D. 1060/92 de 4 de septiembre), discapacitados (3 %) (R.D. 696/95 de 28 de abril) y deportistas de alto nivel (3 %) (R.D. 1856/95 de 17 de noviembre), incluidos en la relación publicada en el BOE. 
En ningún caso, los titulados superiores podrán acceder por un cupo distinto al dispuesto en el artículo 7.1.b) del decreto 1005/91. 

¿Cuantas preinscripciones puedo presentar? 

El alumno en el Distrito Único de la Comunidad Valenciana, para solicitar plaza en una o varias de las universidades, deberá PRESENTAR UNA SOLA SOLICITUD, puesto que el procedimiento es único y la duplicidad de solicitudes CONLLEVARÁ LA NULIDAD DE LAS MISMAS. 

El alumno podrá presentar cuantas solicitudes de preinscripción considere oportuno, en aquellas universidades españolas cuya oferta de estudios sea de su interés. No obstante lo anterior, se deberá tener en cuenta que cada universidad señala sus propios plazos y procedimientos, dentro del marco legal establecido. 

Además, el propio alumno podrá, por Distrito Compartido, en el plazo y condiciones que se establezca, solicitar plaza en una universidad distinta de aquella en la que haya superado las pruebas de acceso. 

¿Cómo y cuando puedo conocer el resultado de mi solicitud? 

La relación de admitidos se publicará en la universidad y en la prensa la segunda quincena del mes de julio. 

Las listas de espera se podrán consultar en los lugares que determine cada universidad, y en las páginas web de cada universidad: 

                Universidad Politécnica de Valencia: www.upv.es 
                Universidad de Valencia: www.uv.es 
                Universidad Jaume I de Castellón: sic.uji.es/siae/estudis/matricula/torn.htm 
                Universidad Miguel Hernández de Elche: www.umh.es 
                Universidad de Alicante: www.ua.es 

Además, existe la posibilidad de pedir información al teléfono 900 21 07 38. 
 
¿Qué debo hacer si he sido admitido en los estudios solicitados en 1ª opción? 

El alumno admitido en primera opción deberá formalizar su matrícula en los estudios correspondientes EN EL PLAZO QUE CADA UNIVERSIDAD FIJE para ello. 
 
Una vez transcurrido dicho plazo sin que el alumno se hubiese matriculado PERDERÁ TODO DERECHO a la plaza adjudicada, puesto que ésta será ofertada a los alumnos en lista de espera y por riguroso orden dentro de la misma. 

¿Qué debo hacer si he sido admitido en la 2ª o posteriores opciones? 

En caso de ser admitido en la segunda, tercera o posteriores opciones el alumno deberá: 

    1º. Formalizar matrícula en los estudios donde ha sido admitido. En caso contrario perderá la plaza. 
     
    2º. Atender a la llamada para cubrir vacantes en las opciones superiores donde figurará en lista de espera, lo cual ocurrirá inmediatamente después de que finalice el plazo de matrícula fijado por cada universidad. En caso de ser admitido en el llamamiento de vacantes, inmediatamente ANULARÁ la matrícula que anteriormente había efectuado y se matriculará en el Centro donde ha sido admitido. 

    Ejemplo:

      Un alumno solicitó: 

      1º. Medicina. Valencia 
      2º. Óptica. Alicante 
      3º. Ing. Técnica en Diseño Industrial. Castellón

      Ha sido admitido en en la E.U. de Óptica de Alicante. Por lo tanto su 3ª opción ha sido eliminada y figura en la lista de espera de Medicina de Valencia. 

      Deberá formalizar su matrícula en la E.U. de Óptica de Alicante puesto que si no lo hace en el plazo de matrícula, perderá la plaza. Si con posterioridad fuera admitido en el llamamiento a lista de espera que se efectúe en la Fac. de Medicina de Valencia, inmediatamente deberá ANULAR su matricula en la E.U. de Óptica de Alicante y formalizarla en la Facultad de Medicina de Valencia.

¿ Que debo hacer si no he sido admitido en ninguno de los estudios solicitados? 

En el caso de no haber sido admitido en ninguno de los estudios solicitados, el alumno estará en la LISTA DE ESPERA de todos ellos. Deberá permanecer atento al llamamiento a vacantes que será fijado por cada una de las universidades en función del plazo de matrícula y a continuación del mismo. Es importante tener en cuenta que los plazos son DISTINTOS EN CADA UNA DE LA UNIVERSIDADES Y, POR TANTO, NO HAY UN PLAZO ÚNICO DE MATRÍCULA NI DE LLAMAMIENTO A LISTA DE ESPERA PARA CUBRIR VACANTES. 

Si a pesar de ello el alumno no obtuviera plaza en ninguno de los estudios solicitados, PODRÁ REPETIR SU SOLICITUD EN EL PLAZO DE OCTUBRE (Fase B) para aquellos estudios donde hubiesen quedado plazas vacantes una vez atendidas todas las solicitudes presentadas en la Fase A de preinscripción. 

¿Cómo y cuándo puedo reclamar contra los resultados de las listas? 

El alumno podrá presentar su reclamación en los lugares que se indican en el apartado RECLAMACIONES

No obstante, NO SE ADMITIRÁN MODIFICACIONES sobre la solicitud presentada y correctamente tramitada. 
 

3. NORMATIVA Y PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PLAZA 

    A) NORMATIVA 

El procedimiento para el ingreso a la Universidad, se encuentra regulado por el Real Decreto 1005/91 de 14 de junio y por el convenio suscrito entre la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia y las universidades de la Comunidad Valenciana. 
 

    B) PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PLAZA 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 
 
Para solicitar plaza en estudios universitarios de la COMUNIDAD VALENCIANA CON LÍMITES de admisión, es necesario cumplimentar la solicitud adjunta. 

Se presentará UNA SOLA SOLICITUD POR ALUMNO.  La duplicidad de solicitudes COMPORTARÁ LA  ANULACIÓN de las mismas. 

La oficina receptora de la solicitud de preinscripción, conservará únicamente el ejemplar “PARA LA UNIVERSIDAD”,  y sellará el ejemplar “PARA EL INTERESADO”,  que le será entregado a éste como justificante. 

NOTA IMPORTANTE: 

UNA VEZ PRESENTADA LA SOLICITUD NO PODRÁ SER OBJETO DE MODIFICACIÓN POR PARTE DEL INTERESADO. 

PLAZOS: 

Con carácter general, del 15 de junio al 3 de julio todos los colectivos excepto aquellos que superen las PAU en la convocatoria de junio, y que tendrán como plazo de entrega las fechas comprendidas entre el 29 de junio y el 3 de julio
 

Fase A de preinscripción. 

En caso de resultar plazas vacantes, después de efectuar la matrícula de los admitidos y el llamamiento y posterior matrícula de los alumnos en lista de espera de la Fase A, las universidades harán público un NUEVO PLAZO DE PREINSCRIPCIÓN, específico para los estudios a que correspondan esas plazas, que se fijará oportunamente en los PRIMEROS DÍAS DE OCTUBRE y que constituye la: 

Fase B de preinscripción. 

En este segundo plazo, podrán presentar solicitud los alumnos que se encuentren en alguno de los casos que específicamente se detallan en el apartado correspondiente del punto "REQUISITOS". 
 

LUGAR DE PRESENTACIÓN 

Los alumnos que hayan superado las pruebas de acceso a la universidad en junio de 1998 (ante Tribunales de la Comunidad Valenciana), PRESENTARÁN SU SOLICITUD EN EL INSTITUTO O COLEGIO DONDE HAYAN CURSADO EL COU, o bachiller LOGSE. 

    Los restantes alumnos: 

     a) Que hayan superado las pruebas de acceso a la universidad en años anteriores, o tengan estudios equivalentes (Preuniversitario, COU anterior al 74-75, bachiller con examen de estado, etc.), o bien 
     
     b) Que hayan finalizado FP2º Grado, Módulo III o Ciclo formativo Grado Superior, en junio de 1998 o en años anteriores, o bien 

     c) Que estén en posesión de titulación superior,

todos ellos presentarán su solicitud de preinscripción en cualquiera de las universidades, y concretamente, en los siguientes lugares: 
    •  UNIVERSIDAD DE ALICANTE: En el Servicio de Asuntos Generales y Alumnado. Campus Universitario de San Vicente del Raspeig.
    •  UNIVERSIDAD JAUME I (CASTELLÓN): En la Secretaría de Gestión de Estudiantes. Campus de la Penyeta Roja.
    •  UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE: En la Secretaría de cualquiera de los campus de la Universidad y en el Servicio de Alumnado y Asuntos Generales.
    •  UNIVERSIDAD DE VALENCIA: En la Secretaría del centro correspondiente a la primera preferencia.
    •  UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA: En la Secretaría del centro correspondiente a la primera preferencia.
No obstante lo anterior, las solicitudes que se quieran tramitar ante cualquiera de las universidades distintas a la propia, podrán ser remitidas por correo. 
 

REQUISITOS 

Fase A de preinscripción. 

Podrán presentar solicitud de preinscripción en los plazos indicados, los alumnos que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: 

    a) ALUMNOS QUE HAYAN SUPERADO LAS PRUEBAS DE ACCESO a la Universidad en la convocatoria de JUNIO de 1998 o en convocatorias de junio o septiembre de años anteriores. 

    b) Alumnos que hayan superado estudios equivalentes a los anteriores, a saber: 

      •  Bachiller con examen de estado.
      •  Preuniversitario.
      •  COU anterior al curso 1974-75.
     
    c) Titulados Universitarios o equivalentes que faculten para el ingreso en la Universidad. 

    d) Alumnos que hayan superado el Ciclo Formativo de Grado Superior, y únicamente para los estudios que se correspondan con el ciclo formativo, según las Tablas que figuran en estas instrucciones. 

    e) EXCLUSIVAMENTE PARA ESTUDIOS DE PRIMER CICLO, los alumnos que hayan obtenido el Título de Formación Profesional de 2º Grado y/o Módulo III, en la convocatoria de junio de 1998 o años anteriores, y únicamente para los estudios que se correspondan con la rama o módulo profesional cursado, según las Tablas que figuran en estas instrucciones.

Fase B de inscripción. 

Podrán presentar solicitud en el plazo específico de octubre, que será fijado oportunamente, los alumnos que se encuentren en algunas de las situaciones siguientes: 

    a) Que no hayan sido admitidos en ninguno de los estudios solicitados en la fase correspondiente al mes de julio. 

    b) Que habiendo superado las PAU en la convocatoria de junio, no efectuaron preinscripción. 

    c) Que hayan superado las PAU en la convocatoria del mes de septiembre del actual curso; el COU, Bachiller Experimental o Bachiller LOGSE en las convocatorias de junio o septiembre del actual curso académico o en cursos anteriores, así como los procedentes de Ciclo Formativo de Grado Superior, Formación Profesional de 2º Grado o Módulo III, de la convocatoria de septiembre de 1998. 

    d) Que, en cualquier caso, reuniendo los requisitos para solicitarlo, no lo hubiesen hecho en el plazo anterior.

Con carácter general, se estará a lo previsto en el Real Decreto 1005/91 de 14 de junio que dispone que, a efectos de admisión, se estimarán primeramente las solicitudes de los alumnos del propio Distrito Universitario (el de la universidad donde ha superado las PAU, en este caso, las de la Comunidad Valenciana indistintamente respecto al Distrito Unico), así como las de aquellos estudiantes que, aún correspondiéndoles otra universidad, justifiquen debidamente un cambio de residencia o, que soliciten estudios que no son impartidos en la universidad que les corresponde (Arts. 3 y 4  del R.D.1005/91). 

A estos efectos, se considerará imprescindible, la justificación fehaciente de traslado de residencia, detallada en el apartado "DOCUMENTACIÓN". 

DOCUMENTACIÓN 

Alumnos que acceden con pruebas de acceso a la universidad (incluidos los de la UNED, Bachillerato Experimental, etc.): 

    - Fotocopia de la tarjeta de selectividad.

Alumnos que no tengan superadas las pruebas de acceso a la universidad (COU, COU anterior al curso 1974-75, Preuniversitario, Bachillerato anterior al Plan 57, etc.): 
 

    - Fotocopia del Libro de Escolaridad (BUP y COU) o certificado de estudios realizados que incluya calificaciones.

Alumnos que acceden por FP 2º Grado, Módulo III o Ciclo Formativo de Grado Superior: 

    - Certificado académico. 
    - Fotocopia del Título o, en su caso, del depósito del mismo.
Titulados: 
    - Certificado académico y fotocopia del título o, en su caso, del depósito del mismo.
Todos los alumnos que hayan realizado traslado de residencia, aportarán justificante de traslado de residencia familiar (certificado de empadronamiento con un mínimo de 3 meses, anteriores al 1 de julio de 1998), correspondiente al solicitante y demás miembros de la unidad familiar. 

Se exceptúan los casos de traslado laboral forzoso del cabeza de familia, o del propio solicitante, para lo cual deberá acompañarse certificación acreditativa de este extremo, así como justificación del alta en la Seguridad Social. 

Los alumnos solicitantes que tengan reconocido un grado de  MINUSVALIA, igual o superior al 65%, o con menoscabo total del habla o pérdida total de audición, deberán acreditarla mediante certificado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o Consellería de Trabajo y Seguridad Social. 

Los alumnos con discapacidades habrán de acreditarla de acuerdo con el dictamen de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica de los centros de educación secundaria en que hubieran estado escolarizados. 

Importante: 

Las fotocopias de los documentos indicados en este apartado, deberán estar debidamente compulsadas o, en su defecto, los interesado deberán exhibir para su presentación junto con éstas el original correspondiente. 
 

PUBLICACIÓN DE LISTAS DE ADMITIDOS 

Los resultados de este proceso, previstos para la segunda quincena de julio, se considerarán públicos a todos los efectos con su inserción en los tablones oficiales de anuncios de las respectivas universidades, por lo que las reclamaciones que pudieran presentarse deberán tomar como referencia, la fecha de publicación de los mismos. No obstante lo anterior, las universidades publicarán en la prensa de las tres provincias las listas provisionales de admitidos en  todos los estudios del Distrito Único de la Comunidad Valenciana. 

Exclusivamente serán remitidas acreditaciones de admisión, a efectos de traslado de expediente, a los alumnos procedentes de otros distritos universitarios. 

La adjudicación de la plaza quedará condicionada, en cualquier caso, al cumplimiento por parte del alumno de los requisitos exigidos para su admisión en el R.D. 1005/91 de 14 de junio y en las presentes instrucciones, así como en la normativa que regula el régimen de permanencia en cada Universidad, y en la relativa al cómputo de convocatorias para los alumnos que ya hubiesen iniciado estudios universitarios. 
 

RECLAMACIONES 

El plazo de presentación de reclamaciones será en la Fase A, durante los días 27, 28 y 29 de julio, ante la universidad de la que dependa el instituto de bachillerato o colegio correspondiente en la que presentó la preinscripción (para los alumnos de COU y Bachiller LOGSE del curso 1997-98), o directamente ante la universidad en que hubiesen presentado la solicitud (para los restantes casos). El plazo de presentación de reclamaciones para la Fase B (octubre) se hará público junto con el listado de admitidos. 

No se admitirán reclamaciones que impliquen MODIFICACIÓN sobre las solicitudes que hayan sido correctamente tramitadas. 
 
4. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR  EL IMPRESO DE PREINSCRIPCIÓN 
 
I DATOS PERSONALES 

Cumplimentar los apartados correspondientes a DNI, nombre y apellidos, domicilio, etc., con letras mayúsculas. Para consignar los códigos correspondientes, consultar las Tablas que están en estas Instrucciones y que detallan la codificación por: 

    (1) Indicar con una cruz si se aporta certificado de residencia en la casilla correspondiente. 
 

II ORDEN DE PREFERENCIA. ESTUDIOS SELECCIONADOS 
 
(2) Consultar con atención las tablas de estudios impartidos por Centros tanto PÚBLICOS como PRIVADOS adscritos a las Universidades de la Comunidad Valenciana. 

Seleccionar en primer lugar la universidad donde desea solicitar plaza. 
 
Una vez seleccionada la universidad, SELECCIONAR LOS ESTUDIOS ELEGIDOS Y CONSIGNAR EL CODIGO CORRESPONDIENTE. 
 
Indicar claramente en la casilla, POR ORDEN DE PREFERENCIA, los estudios elegidos que se solicitan debidamente codificados y en el apartado correspondiente, la universidad donde se imparten. 
 
III ESTUDIOS Y CALIFICACIONES 
 
(3) Cumplimentar únicamente los campos correspondientes a los estudios de mayor nivel cursados por el alumno (ej. El alumno con PAU superadas cumplimentará la casilla 2 “PRUEBAS DE ACCESO” y no cumplimentará la casilla 1 correspondiente a BUP y COU; el solicitante que accede por “TITULADOS UNIVERSITARIOS” cumplimentará la casilla 4 y no la 2 “PRUEBAS DE ACCESO”). 

 (4) Indicar la calificación correspondiente, con precisión de centésimas (excepto alumnos procedentes  de Ciclo Formativo de Grado Superior) teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: 

    a) Las puntuaciones medias para curso de BUP, Bachiller Experimental o Bachiller LOGSE (casillas 1 y 8), se obtendrán aplicando las siguientes equivalencias:
      · SUFICIENTE, APROBADO O CONVALIDADO 5,50 puntos 
      · BIEN 6,50 puntos 
      · NOTABLE 7,50 puntos 
      · SOBRESALIENTE 9 puntos 
      · MATRICULA 10 sólo titulados
    No será considerada puntuación alguna para las asignaturas "suspendidas o no presentadas".
    b) PRUEBAS DE ACCESO - casilla 2 -: debe indicar la  "CALIFICACIÓN DEFINITIVA".
    c) COU anterior al curso 1974-75, Preuniversitario, Bachillerato anterior a 1957 -casilla 3-: deben indicar como media la correspondiente al examen del ultimo curso realizado, junto a los dos cursos de bachillerato superior.
    d) TITULADOS UNIVERSITARIOS - casilla 4 -: Indicar la nota media aritmética ponderada en los planes de estudios estructurados en créditos de los cursos de carrera, en el caso de que exista calificación numérica. De no existir esta, deberá aplicarse la calificación cuantitativa de la tabla de equivalencia antes indicada. 

    e) Alumnos de FP 2 Régimen de enseñanzas Especializadas y Régimen General - casilla 5 -: deben cumplimentar las casillas de calificaciones correspondientes a cada uno de los tres cursos y los procedentes de FP 2 Régimen General, las correspondientes a 1º y 2º cursos. A efectos de poder establecer el orden de admisión en el caso de que existan alumnos con idéntica nota final, se indicará necesariamente una segunda puntuación que se obtendrá con arreglo al siguiente procedimiento:

      · Alumnos procedentes de FP Régimen General: se indicará la media de la totalidad de las materias o asignaturas incluidas en el Área de Organización de la Empresa y de Conocimientos Tecnologicos-Practicos. 
       
      · Alumnos procedentes de FP Régimen Enseñanzas Especializadas: media de la totalidad de las materias o asignaturas incluidas en el Area de Ampliación de Conocimientos. 
          A efectos de equiparar las calificaciones de FP 2º Grado a las de Módulos III y Ciclos Formativos de Grado Superior se aplicará a la nota final de cada curso y a la segunda nota media la siguiente fórmula: 

                                  Nota actual=(((Nota Anterior-2)*5)/3,5) 
       
      · Modulo III: media de la totalidad de las materias incluidas en el Módulo. 
       
      · Ciclo Formativo de Grado Superior: media de la totalidad de las materias incluidas en el Ciclo.

    f) Alumnos procedentes de Módulo III - casilla 5, apartado Módulo III -: deberán indicar la calificación final del Módulo.
    g) Extranjeros (excepto C.E.E.), con pruebas de acceso - casilla 6 -: deben indicar la calificación definitiva de las pruebas de acceso. 
     
    h) Ciclo Formativo de Grado Superior - casilla 7 -: deberán expresar la calificación correspondiente a la evaluación final del ciclo formativo, con expresión de dos decimales. 
     
    i) Bachiller Experimental con pruebas de acceso -casilla 9 -: deben indicar la calificación definitiva de las pruebas de acceso. 

    j) Bachiller LOGSE con pruebas de acceso -casilla 9 -: deben indicar la calificación definitiva de las pruebas de acceso.

(5) Se señalará lo que proceda: 
    1. Convocatoria de junio, curso 1997-98. 
    2. Convocatoria de septiembre, curso 1997-98. 
    3. Convocatoria de los cursos 1988-89 a 1996-97, ambas inclusive. 
    4. Convocatorias anteriores al curso 1988-89.
(6) Se señalará lo que proceda: 
    1. Convocatoria de junio, curso 1997-98. 
    2. Convocatoria de septiembre, curso 1997-98. 
    3. Convocatorias años anteriores.
(7) Se indicara la opción cursada durante el COU (A, B, C, D), o en su caso, durante el Bachiller Experimental (E, F, G, H, I, J) 
    A. Científico Tecnológica. 
    B. Biosanitaria. 
    C. Ciencias Sociales. 
    D. Humanistico-Linguistica. 
    E. Bachillerato Lingüístico. 
    F. Bachillerato de Ciencias Humanas y Sociales. 
    G. Bachillerato de Ciencias de la Naturaleza. 
    H. Bachillerato Técnico Industrial. 
    I. Bachillerato de Administración y Gestión. 
    J. Bachillerato de Artes Plásticas y Diseño.
Los alumnos que se acojan al régimen general, la opción "Ciencias" se corresponde con los estudios universitarios vinculados con las opciones A y B del régimen general de C.O.U. y la opción "Ciencias Sociales-Humanidades" con las C y D de dicho régimen. Por tanto, para el procedimiento de adjudicación de plazas en los estudios universitarios vinculados con la opción correspondiente, los alumnos de la  opción "Ciencias" elegirán entre la opción A o B, y los de la opción "Ciencias Sociales-Humanidades", entre la C o D. 
 

(8) Se indicará el Código correspondiente a las asignaturas optativas 1ª y 2ª , según la opción cursada en COU, si se ha realizado entre los cursos 1988-89 y 1997-98, ambos inclusive (ver tabla de códigos). 

(9) Se indicará la rama de FP, Ciclo Formativo de Grado Superior o Modulo III cursada (ver tablas de códigos). 

(10) Los alumnos que tengan RECONOCIDO UN GRADO DE MINUSVALIA IGUAL O SUPERIOR AL 65 %, o con menoscabo total del habla o pérdida total de audición y los DISCAPACITADOS, deberán cumplimentar el apartado correspondiente a sus estudios y justificarlo mediante el certificado detallado en el apartado DOCUMENTACIÓN. Deberán señalar con una cruz la casilla 10. 

(11) Los alumnos deportistas de élite habrán de acreditarlo mediante fotocopia del BOE donde aparece la relación anual de deportistas de alto nivel. 

(12) Se indicará la modalidad de Bachillerato LOGSE cursada: 

    1. Modalidad Tecnológica. 
    5. Modalidad Artes. 
    6. Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud. 
    7. Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales.
(13) Se indicará la opción de PAU elegida en el Bachiller LOGSE: 
    1. Opción Científico-Técnica. 
    2. Opción Ciencias de la Salud. 
    3. Opción Humanidades. 
    4. Opción Ciencias Sociales. 
    5. Opción Artes. 
    6. Opción Científico-Técnica y Ciencias de la Salud. 
    7. Opción Humanidades y Ciencias Sociales.
 
EJEMPLO DE CÓMO CUMPLIMENTAR UNA SOLICITUD DE PREINSCRIPCIÓN 

Alumna que ha superado las pruebas de acceso a la universidad en junio de 1998 cuyos datos personales y académicos son los siguientes: 

      D.N.I.: 17345620 
      NOMBRE Y APELLIDOS: María López Ruiz 
      DOMICILIO: C/ Pedro III, núm. 10 
      UNIVERSIDAD DONDE HA SUPERADO LAS PAU: Valencia 
      OPCIÓN CURSADA EN COU: B 
      ASIGNATURAS OPTATIVAS CURSADAS: Matemáticas y Física 
      CALIFICACIÓN DEFINITIVA DE LAS PAU: 6,54 
      ESTUDIOS QUE SOLICITA POR ORDEN DE PREFERENCIA: 
        1. LICENCIADO EN ODONTOLOGÍA 
            UNIVERSIDAD DE VALENCIA 
        2. LICENCIADO EN VETERINARIA 
            UNIV. POL. VALENCIA, CEU SAN PABLO MONCADA 
        3. ING. TÉCNICA AGRÍCOLA 
            UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA 
        4. LICENCIADO EN CIENCIAS ECONÓMICAS 
            UNIVERSIDAD DE ALICANTE 
        5. ING. INDUSTRIAL 
            UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE 
        6. LICENCIADO EN CIENCIAS QUÍMICAS 
            UNIVERSIDAD JAUME I DE CASTELLÓN