Estudios y acceso 
 
COMPLEMENTOS DE FORMACIÓN NECESARIOS PARA ACCEDER AL SEGUNDO CICLO DE: LICENCIADO EN RELACIONES PÚBLICAS  
 
Orden de 5 de junio de 1992 (BOE de 12 de junio de 1992) por la que se establecen las titulaciones y estudios previos del primer ciclo, así como los complementos de formación con los que se puede acceder a las enseñanzas del segundo ciclo, conducentes a la obtención del titulo oficial de Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas. 

Podrán acceder al segundo ciclo de la Licenciatura en Publicidad y Relaciones Públicas quienes reunan los siguientes requisitos: 

1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes cursen el primer ciclo de estos estudios. 

2.- Directamente, sin complementos de formación, quienes hayan superado el primer ciclo de: 

  • Licenciado en Periodismo
  • Licenciado en Comunicación Audiovisual.
3.- Quienes estén en posesión de un título universitario de carácter oficial o hayan superado un primer ciclo de estudios universitarios oficiales, cursando como complementos de formación, de no haberlo hecho antes: 
- 12 créditos en Publicidad y Relaciones Públicas
- 10 créditos en Teoría de la Comunicación y Teoría de la Información
- 8 créditos en Lengua.