| Convocatorias propias del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación |
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AYUDAS PARA VISITAS DE INVESTIGADORES AJENOS A LA UNIVERSIDAD Este subprograma permite la posibilidad de que investigadores ajenos a la Universidad de Alicante puedan venir a nuestra Universidad para interaccionar con grupos de investigación que tienen proyectos de convocatorias públicas vigentes en el momento de la convocatoria o contratos privados de especial relevancia. BASES DE LA CONVOCATORIA
Cuantía de las ayudas La cuantía máxima
que se puede percibir por proyecto es:
El montante del subprograma dependerá del número de proyectos públicos vigentes y de las solicitudes que se realicen. Gastos subvencionables - Bolsa de viaje:
- Pago por conferencia/seminario/curso... Se pagará a través de colaboración docente. - Otros gastos relacionados
con la estancia debidamente justificados.
Solicitantes Podrá solicitar esta ayuda cualquier miembro del personal docente e investigador perteneciente a la plantilla de la Universidad de Alicante, que sea investigador principal de proyectos de investigación subvencionados en convocatorias públicas competitivas, de alcance nacional o europeas o contratos privados de especial relevancia y que se encuentren vigentes en el momento de la solicitud. Documentación a aportar Impreso
normalizado de solicitud Plazo y lugar de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán
en el Registro General de la Universidad que las remitirá al Vicerrectorado
de Investigación, Desarrollo e Innovación hasta el 30 de
Noviembre de 2005, entre un mes y una semana antes de la realización
de la estancia del investigador invitado.
Obligaciones de los investigadores principales Una vez finalizada la estancia del investigador invitado, el investigador principal del proyecto deberá presentar, en el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en un plazo máximo de 2 semanas, un breve informe científico de la actividad desarrollada y un informe económico (adjuntar extracto de la aplicación presupuestaria) indicando todos los gastos que ha realizado durante la estancia del investigador. Si quedaran fondos sin gastar, éstos revertirán en los fondos del Vicerrectorado. El Vicerrector de Investigación,
Desarrollo e Innovación autorizará la concesión de
las ayudas en todos aquellos casos que reúnan los requisitos de
la convocatoria.
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mantenida por el Negociado de Convocatorias Públicas y Becas de
Investigación
Última actualización: 14-Feb-2005 |