Al
comienzo de cada curso académico, se elaborará un catálogo
que determinará las materias y demás actividades académicas
que constituyan el objeto de la libre elección del estudiante.
ELABORACIÓN DEL CATÁLOGO DE LIBRE ELECCIÓN
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Los centros, en coordinación con los departamentos, y mediante
la aplicación informática establecida, elaborarán
la relación de asignaturas que ofertan para la libre
elección de los alumnos, con indicación del número
de plazas, el horario de docencia, el aula y profesor de la asignatura.
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Los departamentos elaborarán un informe indicando si imparten
docencia en más de un plan de estudios o no, y en caso
afirmativo, si alguna de las materias o asignaturas de esos planes de
estudios son idénticas o muy similares o se pueden considerar
subsumidas en otra, con el fin de suprimirlas de la oferta de libre
elección en alguna o algunas de las titulaciones. Los
departamentos remitirán este informe al Servicio de
Coordinación e Información.
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Se elaborará un catálogo con todas las asignaturas
ofertadas, con carácter general y para cada uno de los estudios
concretos, que deberá estar disponible para su difusión
entre el alumnado antes del inicio del proceso de matrícula.
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Para que una asignatura pueda ser incluida en el catálogo de
libre elección, es requisito indispensable que tenga asignado
horarios, aula y fecha de examen.
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