Normativa de Referencia
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Normativa Académica

SIMULTANEIDAD DE ESTUDIOS

1. El alumnado universitario que desee iniciar otros estudios de este mismo nivel educativo en la Universidad de Alicante, simultaneándolos con los que realizan en el Centro en que figure su expediente académico, deberá proceder conforme se dispone en la presente norma.

Al alumnado que solicite cursar un "programa de estudios simultáneos", organizado por la Universidad de Alicante con el objetivo de facilitar la consecución simultánea de dos o más títulos se le exigirá como único requisito para la simultaneidad de estudios la admisión y matrícula en dicho programa. 

2. Podrán cursarse dos estudios simultáneamente, pero no más de dos.

Para poder simultanear estudios será condición indispensable que el alumno tenga completamente superado el primer curso ó 60 créditos en el caso de enseñanzas renovadas* de los que ya tenga iniciados.

3. Los alumnos efectuarán su petición de simultaneidad de estudios ante el Decano o Director del Centro al que pretendan incorporarse.

Si el segundo estudio al que se desea acceder tiene límite máximo de admisión, se tendrá que realizar la prescripción correspondiente.

4. En caso de resolución favorable, el Centro en el que figure el expediente remitirá al elegido por el alumno para simultanear estudios, copia certificada de su expediente académico personal en la que necesariamente habrán de constar los extremos relativos a su ingreso en la Universidad, acreditando en el mismo, en todo caso, a efectos de constancia de cuantas incidencias sobrevengan que pudieran surtir efectos académicos, diligencia en la que conste la apertura de nuevo expediente en el Centro elegido. Asimismo, este último comunicará al Centro de origen cuantas circunstancias puedan afectar a su expediente en aquél.

5. Se excluyen de la posibilidad de simultaneidad los estudios que se relacionan en el anexo.

* Texto modificado por la entrada en vigor del Real Decreto 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios de los estudiantes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Universidad 

ANEXO

Los alumnos y alumnas que estén cursando unos estudios incluidos en alguno de los siguientes grupos no podrán cursar simultáneamente ningún otro del mismo grupo.

 

Ingeniería técnica en Informática de sistemas
Ingeniería técnica en Informática de gestión
Ingeniería informática
Primer ciclo de licenciatura en Filología hispánica
Primer ciclo de licenciatura en Filología inglesa
Primer ciclo de licenciatura en Filología catalana
Primer ciclo de licenciatura en Filología árabe
Primer ciclo de licenciatura en Filología francesa
Primer ciclo de licenciatura en Filología inglesa
Primer ciclo de licenciatura en Traducción e interpretación. Inglés
Primer ciclo de licenciatura en Filología francesa
Primer ciclo de licenciatura en Traducción e interpretación. Francés
Diplomatura en Ciencias empresariales
Primer ciclo de licenciatura en Administración y dirección de empresas 
Primer ciclo de licenciatura en Económicas
Primer ciclo de Ingeniería química
Primer ciclo de licenciatura en Químicas