La dudosa regulación que el
Decreto 74/2000, de 21 de enero, por el que se modifica parcialmente el
Real Decreto 1086/1989, sobre retribuciones del profesorado, hace de la
posible acumulación del tiempo de servicios prestados a la docencia
en el ámbito no universitario, llevó a plantear la posibilidad
de completar el primer tramo de evaluación docente universitaria
con años de servicio del citado ámbito no universitario.
Siendo esa la interpretación
que se hace por la dirección General de Universidades del Ministerio
de Educación y Cultura, complementando la información publicada
al respecto, se indica que aquellos profesores que hubieran desempeñado
servicios docentes en el ámbito público no universitario
no reconocidos, pueden presentar la documentación pertinente a fin
de que se actualice el vencimiento de sus componentes del complemento específico
por actividad docente.
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