| BOLSAS DE VIAJE AL EXTRANJERO PARA PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE |
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2ª CONVOCATORIA 1999
1. OBJETIVO A) Facilitar los primeros
contactos de profesores de la U.A. con Universidades y Centros de Investigación
extranjeros para el intercambio de experiencias docentes y/o científicas.
2. SOLICITANTES Profesores de la Universidad
de Alicante.
3. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE DISFRUTE 3.1. El desplazamiento se realizará entre el 1º de octubre de 1999 y el 31 de diciembre del año 1999, con una duración máxima de 15 días. Excepcionalmente se considerarán aquellos desplazamientos, que por sus especiales características, justificadas documentalmente, deban realizarse en un período y duración distintos a los referidos. 3.2. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda económica percibida específicamente con el mismo fin. Destinado principalmente
a profesores pertenecientes a grupos emergentes precompetitivos.
4. DOTACIÓN DE LAS AYUDAS El importe de estas
bolsas será estimado por una Comisión creada al efecto, en
función del país y duración del desplazamiento.
5. DOCUMENTACION Y FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES (Nota: Las solicitudes desestimadas
en la convocatoria de junio, por corresponder la fecha del desplazamiento
a la presente convocatoria, pueden volver a presentarse, sin incluir curriculum
u otra documentación anteriormente requerida.
5.1. Impresos: Documento nº
1: Solicitud con visto bueno del Departamento o Centro (impreso nº
1, con 6 apartados: 1: datos del solicitante, 2:datos del Viaje, 3: Objetivos
del desplazamiento 4: Proyectos de Investigación en los que participa
el solicitante, 5: Bolsas de Viaje concedidas y disfrutadas en los últimos
tres años y 6: Informe positivo del Departamento)
5.2. Los impresos de solicitud se encontrarán a disposición de los interesados en la siguiente dirección de la Universidad de Alicante: a)REGISTRO GENERAL
5.3. Las solicitudes serán presentadas en la siguiente dirección: UNIVERSIDAD DE ALICANTE
5.4. Plazos de presentación
de solicitudes:
6. EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN 6.1. Se creará una comisión encargada de llevar a cabo el proceso selectivo que estará formada por: El Vicerrector de Ordenación Académica; la Vicerrectora de Relaciones Institucionales e Internacionales; el Vicerrector de investigación; un representante en Junta de Gobierno del Profesorado y un representante en Junta de Gobierno de Departamentos. 6.2. La Comisión
tomará su decisión, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
6.3. La ocultación de datos, su alteración o cualquier manipulación de la información solicitada será causa de desestimación de la solicitud. 6.4. Solo se admitirá
la solicitud de un candidato por Departamento para asistir al mismo centro
Universitario, y/o con el mismo objetivo.
7. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS 7.1. Cumplir con el plan de trabajo previsto en la solicitud. 7.2. Toda alteración de las condiciones iniciales por las que se otorgó la subvención deberá ser comunicada al Vicerrectorado de Relaciones Insttucionales e Internacionales y podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. 7.3. El incumplimiento por parte de los perceptores de las obligaciones enunciadas supondrá, hasta que se subsane, la inhabilitación para la percepción de cualquier otra ayuda o subvención del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales e Internacionales, sin perjuicio de la obligación de devolución pertinente. 7.4. Presentación de los siguientes documentos justificativos del desplazamiento en el Vicerrectorado de Relaciones Institucionales e Internacionales: - Memoria justificativa de las actividades realizadas durante el desplazamiento y acciones derivadas del mismo (proyectos conjuntos, intercambio de profesores, etc...) - Si la ayuda se concedió para los gastos de desplazamiento deberá presentar billete/s original/es o, en su caso, justificante del uso del vehículo particular. - Si la ayuda se concedió para los gastos de estancia deberá presentar factura/s del gasto realizado. - Certificado de asistencia, extendido por el Centro extranjero o en su caso, por el Decano o Director del Centro. (modalidad A) - Fotocopia de las actas del Congreso. (modalidad B) 7.5. La aceptación
de la Ayuda por parte del beneficiario, implica la de las normas fijadas
en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en
la misma.
8. FORMA DE PAGO Al finalizar la actividad
previa presentación de un informe final en el Vicerrectorado de
Relaciones Institucionales e Internacionales.
Alicante, 26 de mayo de 1999
Ana Laguna Pérez
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Última actualización: 8-Oct-1999 |