PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE OBRAS MEDIANTE CONCURSO (EXPTE.: O/14/99)

I    Elementos del contrato
II   Procedimiento y forma de adjudicación
III  Formalización del contrato
IV Ejecución del contrato
Incumplimiento contractual

Anexo 1: Modelo de oferta económica
Anexo 2: Modelo de oferta económica para empresarios no españoles de estados miembros de la comunidad económica europea
Anexo 3: Modelo de declaración de no estar sometido a incompatibilidad
Anexo 4: Más información
Pliego de prescripciones técnicas de la obra de peatonalización y nueva circunvalación junto al museo. Fases I y II (Expte.: O/14/99)
 
 

I. ELEMENTOS DEL CONTRATO

1. OBJETO DEL CONTRATO

1.1. Será objeto de este contrato la ejecución de la obra PEATONALIZACIÓN Y NUEVA CIRCUNVALACIÓN JUNTO AL MUSEO. FASES I Y II.

1.2. La obra se ejecutará según el proyecto redactado por  D. Luis Rodríguez Robles y D. Lázaro López Andrés, aprobado por el órgano de contratación con fecha 15.10.1999. El conjunto de documentos que integran el proyecto tendrá carácter contractual y podrá ser examinado en la forma que determine el anuncio de licitación.


2. NORMAS REGULADORAS

2.1. Este contrato se regirá por las cláusulas contenidas en el presente pliego, aprobado por Resolución del Rector de fecha 20.10.1999.

2.2. Para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 13/1995 de 18 de mayo de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante Ley, el Reglamento General de Contratación del Estado, en adelante Reglamento, la legislación de la Comunidad Valenciana en materia de contratación administrativa y el resto de disposiciones que regulan dicha materia.


3. PRESUPUESTO

El precio será de 119.937.385 pesetas. Y se abonará con cargo al concepto 620 del presupuesto de gastos de la Universidad de Alicante.

La aprobación del gasto se ha realizado por Resolución del Rector de fecha 20.10.1999 en las siguientes anualidades:

1999................................ 119.937.385


4. PAGO DEL PRECIO Y REVISIÓN DEL MISMO

4.1. En este contrato no procede la revisión de precios.

4.2. El pago al contratista se efectuará de acuerdo con lo determinado en los artículos 100, 145 y 148 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.


5. PLAZO

5.1. El plazo total de ejecución de las obras será de CUATRO (4) meses.

5.2. El plazo contractual solo será prorrogable cuando concurran  las circunstancias y requisitos exigidos por la legislación vigente.



II. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

6. MODALIDAD CONTRACTUAL

El sistema de adjudicación del contrato será el de Concurso público, procedimiento abierto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.


7. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

7.1. Para participar en el concurso, el licitador deberá presentar en el Registro General de la Universidad, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno la obra a la que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.

El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso el licitador justificará  la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará  a esta Universidad la remisión de la oferta mediante fax o telegrama, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.


7.2. Sobre (A) Proposición económica

Contendrá la proposición, expresada conforme al modelo que figura como anexo 1.
La oferta contemplará el abono, con cargo a los gastos generales, de todos los impuestos y tasas municipales sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que graven la obra a ejecutar, los derechos de acometidas de las Instalaciones y su legalización, los gastos derivados de la inserción de los anuncios de licitación en los Diarios y Boletines Oficiales y asimismo contemplará el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y otros gastos que le puedan ser atribuidos en otras cláusulas del presente pliego, o del pliego de prescripciones técnicas.

Los empresarios extranjeros formularán en su proposición, declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.(Modelo en anexo 2).


7.3. Sobre (B) Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos:

7.3.1. Clasificación suficiente y no caducada, expedida por el Registro Oficial de Contratistas del Ministerio de Economía y Hacienda o en su caso por el Registro Oficial de Contratistas de la Generalitat Valenciana, que habilite para contratar obras en los siguientes grupos: Grupo C, subgrupos 1 y 6, categoría e.
No obstante, para los casos en que el presupuesto de licitación sea inferior a 20.000.000 de pesetas y para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante este organismo su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme a los artículos 16, 17 y 19 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como su inscripción en el Registro al que se refiere el artículo 20.i) de la citada norma, todo ello sin perjuicio de los establecido en el artículo 80 de la misma.

7.3.2. Los empresarios deberán acreditar su personalidad. Si se trata de empresario individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañarse copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación  se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.

Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su personalidad mediante la inscripción el los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RD 390/1996 de 1 de marzo de desarrollo parcial de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos. 

Los  restantes empresarios no españoles acreditarán su personalidad mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

7.3.3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente) por cualquier organismo de la Administración de la Generalitat Valenciana, para representar a la persona o entidad a cuyo nombre se concurra ante la Universidad de Alicante, debidamente inscrito en el Registro correspondiente si se trata de una sociedad y fotocopia autenticada del DNI del apoderado.

7.3.4. Justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Los licitadores podrán acreditar estas circunstancias mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente, de acuerdo con lo establecido por el artículo 9 del RD 390/1996 de 1 de Marzo de desarrollo parcial de la Ley de contratos de las Administraciones públicas. Además deberán presentar certificación administrativa expedida por la Consellería de Hacienda de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat Valenciana.
Estas acreditaciones podrán ser sustituidas por la solicitud de las citadas certificaciones, sin perjuicio de la obligación de presentar los correspondientes certificados en caso de resultar adjudicatario.

7.3.5. Los licitadores deberán presentar garantía provisional de un 2% del presupuesto de licitación en los términos previstos en el artículo 36 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y los artículos 15 a 20 del RD 390/1996 de 1 de marzo antes citado. En caso de presentar aval bancario o contratos de seguro deberán venir legitimadas las firmas por fedatario público (Notario o Corredor de Comercio).

7.3.6. Declaración de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar que se enumeran en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, (modelo en anexo 3), que se apreciarán según lo dispuesto en el artículo 21 de esa misma ley.

7.3.7. Justificación de estar al corriente del impuesto sobre actividades económicas del epígrafe correspondiente, mediante la presentación del último recibo.


7.4. Sobre (C) Requisitos técnicos. Contendrá los siguientes documentos:

7.4.1. Certificados de obra de naturaleza análoga ejecutada dentro de los últimos 5 años, por un importe unitario no inferior al 75% del presupuesto de licitación, expedido por el arquitecto director de la misma y del que se deduzca fehacientemente haberla realizado a plena satisfacción de la Dirección Facultativa, haciendo constar expresamente:

a) Título del proyecto, localidad y provincia
b) Plazo de ejecución contractual y fechas de inicio y terminación de las obras.
c) El presupuesto de licitación, el de adjudicación y el de liquidación de las obras.
d) El precio del metro cuadrado construido.
e) En el caso de obras en ejecución, se deberá indicar el presupuesto de adjudicación, el importe de la obra ejecutada y la pendiente de ejecutar.

El certificado deberá estar visado por el Colegio de Arquitectos correspondiente, no precisándose este requisito cuando se refiera a obra ejecutada para la Administración Pública. En este último caso, deberá llevar el Visto Bueno del Arquitecto Jefe de la Unidad Técnica Provincial, o del Director Provincial correspondiente, si el arquitecto fuese el certificante.
En el caso de que no sea posible la aportación de la documentación reseñada en el párrafo anterior por ser obra ejecutada en el extranjero, la certificación aportada deberá probar indubitablemente la buena ejecución de la misma.

7.4.2. Documento en que la empresa se compromete a tener a pie de obra un Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico Obras Públicas con dedicación completa en la misma durante el tiempo que dure la ejecución de la obra, siendo además responsable de la seguridad de la misma.
En casos especiales y por razones debidamente justificadas, la empresa podrá proponer para este fin otros facultativos con titulación superior y grado medio respectivamente, en cuyo caso deberá acreditar la experiencia de los mismos en dirección de obras de naturaleza análoga.

7.4.3. Programa de construcción de las obras, que asegure su ejecución en los plazos (total y parciales) y anualidades contractuales establecidas, grafiando las previsiones de tiempo y porcentajes de la inversión sin especificación de cuantía en pesetas en un diagrama de barras, que incorpore los porcentajes mensuales, parciales y acumulados previstos, asimismo sin especificación de cuantía.
En el caso de que la empresa oferte un plazo de ejecución inferior al previsto, el programa a presentar será el que corresponda al nuevo plazo ofertado, documentado de la misma forma que se indica en el párrafo anterior y debidamente justificado.

7.4.4. Relación de equipos, maquinaria y medios auxiliares que la empresa se compromete a poner a disposición de la obra para la ejecución de distintos trabajos y compromiso de mantenerlos e incorporarlos a la misma, siempre que sean requeridos por la Dirección Facultativa.

7.4.5. La empresa licitadora deberá adjuntar una terna de empresas colaboradoras en los capítulos de instalaciones, (climatización y electricidad), y estructuras, reservándose la Universidad de Alicante, la posibilidad de exigir a la empresa adjudicataria que los trabajos correspondientes a dichos capítulos sean realizados por cualquiera de las empresas pertenecientes a dichas ternas o en su defecto, por alguna de clasificación equivalente. Si la composición de la fachada requiere de algún industrial concreto, (prefabricado de hormigón, muro cortina...) deberá adjuntarse asimismo una terna de empresas colaboradoras en dichas actividades.

7.5. El licitador deberá presentar la documentación exigida con los requisitos fijados en la normativa vigente. En caso de documentos administrativos, deberán ser presentados en original o fotocopia debidamente autenticada.

7.6. La falta de presentación de cualquiera de los documentos que deban incluirse en el sobre B será, por sí sola, causa de exclusión de la licitación. Asimismo será también causa de exclusión la falta de presentación de los documentos del sobre C a los que se refieren los apartados 7.4.2 y 7.4.3,  sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 8.1.

7.7. Si dos o más licitadores concurren habiéndose constituido en agrupación temporal de empresas, por cualquiera de los medios admitidos en Derecho, deberán cumplir, para su admisión a la licitación, todos los requisitos exigidos en la legislación vigente.


8. MESA DE CONTRATACIÓN

8.1. La Mesa de Contratación, previamente al acto de apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en los sobres B y C y si estos contienen todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la exclusión o  defectos materiales subsanables.

Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante, a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. El cómputo de dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante.

8.2. La Mesa de Contratación estará compuesta por:

Presidente: El Vicerrector de Planificación y Asuntos Económicos.
Vocales:

  • El Gerente.
  • Un representante designado por la Dirección General de Enseñanzas Universitarias e Investigación.
  • El Director de la Oficina de Planificación y Proyectos.
  • El Director del Servicio Jurídico.
  • El Director del Servicio de Gestión Económica.

  • Secretario: El Subdirector del Servicio de Gestión Económica.


    9. APERTURA DE PROPOSICIONES

    9.1. La Mesa de Contratación, el 10º día natural a contar desde el siguiente al último día de presentación de proposiciones, en acto público, procederá a dar cuenta de las empresas excluidas y la causa de su exclusión, caso de ser sábado, se pasará al día hábil inmediatamente siguiente. Antes de la apertura de la primera proposición económica se invitará a los asistentes a que manifiesten las dudas que se le ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes. Acto seguido se dará lectura a las proposiciones admitidas.

    9.2. Contra la exclusión de la Mesa de Contratación, podrá interponerse reclamación ante el Rector en el plazo de 15 días naturales.


    10. COMISIÓN CALIFICADORA

    Con el fin de evaluar la documentación técnica presentada por los licitantes, se constituirá una Comisión Calificadora que estará compuesta por los siguientes miembros:

    Presidente:  El Gerente.
    Vocales:
      El Facultativo redactor del proyecto.
      El Arquitecto de la Oficina de Planificación y Proyectos.
      El Ingeniero de la Oficina de Planificación y Proyectos.
      El Arquitecto Técnico de la Oficina de Planificación y Proyectos.
      Un representante del Consejo de Alumnos.
    Secretario: El Secretario de la Mesa de Contratación

    Si se considera conveniente dicha Comisión podrá recabar los informes que estime pertinentes del Arquitecto autor del proyecto o de otros facultativos que no tendrán en ningún caso la condición de miembros de la Comisión Calificadora.

    La Comisión Calificadora, terminada su actuación, presentará a la Mesa de Contratación, informe suficientemente razonado y elaborado de acuerdo con los criterios de valoración que figuran en este Pliego. Dicho informe debe de permitir fundamentar la propuesta de adjudicación que ha de realizar la Mesa de Contratación.


    11. CRITERIOS DE VALORACIÓN

    Para la valoración de las propuestas de los licitantes se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

    A) Hasta 40 puntos

    Se asignarán 40 puntos a la oferta económica que coincida con la media aritmética de las ofertas presentadas.
    La puntuación correspondiente a las ofertas de cuantía inferior a la media se obtendrá a partir de ésta por la fórmula: Puntos = (oferta/media)x40.
    La puntuación correspondiente a las ofertas de cuantía superior a la media se obtendrá a partir de ésta por la fórmula: Puntos = (2-(oferta/media))x40x0,95.

    B) Hasta 25 puntos

    B1) Puntuación máxima: 20 puntos.
    Programa de construcción. Se valorará que garantice su correcta ejecución en los plazos totales y parciales y anualidades contractuales. Se deberá aportar diagrama de barras y su justificación técnica basada en el análisis del sistema constructivo de las soluciones desarrolladas en el proyecto. Se valorará la reducción del plazo de ejecución sin menoscabo de la calidad de la obra, admitiéndose hasta un 20% de reducción fijado por la Administración. Todo lo que exceda de dicha reducción se considerará temerario.

    B2) Puntuación máxima: 5 puntos.
    Equipo humano técnico y administrativo ofertado por la empresa permanente en obra hasta el final de la misma. Medios Auxiliares ofertado por la empresa como caseta de obra para la empresa, caseta de obra para la Dirección Facultativa, teléfono y fax, ordenador. En el caso del Jefe de obra se puntuará en función de las obras análogas en que haya participado con el mismo cometido que se requiere en el presente concurso. En el caso del resto del equipo humano su preparación y dedicación a la obra. En todos los casos se aportará Curriculum Vitae de los seleccionados.


    C) Hasta 25 puntos

    Justificación de la oferta económica mediante el estudio detallado del proyecto.

    C1) Se indicarán aquellas unidades de obra que presenten diferencias sustanciales de medición y en qué cantidad respecto a lo indicado en proyecto.
    También se valorarán las inclusiones de las unidades no previstas en el Proyecto y necesarias para la ejecución de la obra y el buen funcionamiento de la misma. La empresa constructora asumirá en su oferta la ejecución de estas diferencias salvo que indique lo contrario.
     

    C2) Se admitirán mejoras técnicas al proyecto adjuntando su correspondiente valoración económica que presentará los mismos precios del proyecto en el caso de unidades análogas y precios nuevos en el caso de unidades distintas, asumiendo por parte de la empresa su correcta ejecución incluyéndolas en su oferta económica salvo manifestación expresa en sentido contrario. Este apartado se valorará proporcionalmente con relación a la oferta máxima presentada entre los licitadores.
     

    D) Hasta 10 puntos
    D1) Puntuación máxima: 5 puntos.
    Obras de naturaleza análoga. Se entenderá por obra análoga aquella que sea de similar tipología a la objeto del concurso.
    D2) Puntuación máxima: 5 puntos.
    Calidad de la obra ejecutada en la Administración de la Generalitat Valenciana.
    Las empresas que no hayan trabajado en la Universidad obtendrán 2 puntos.

    12. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

    12.1. La Mesa de Contratación, a la vista de las valoraciones realizadas por la Comisión Calificadora, formulará propuesta de adjudicación del Concurso, o de declararlo desierto si ninguna de las ofertas presentadas reuniese los requisitos exigidos.


    13. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO

    La resolución del Concurso, a la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, será dictada por el órgano de contratación, dándosele la publicidad que corresponda de acuerdo con el artículo 94 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.



    III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

    14. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

    Acusado recibo de la notificación de adjudicación definitiva, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días naturales, deberá aportar los siguientes documentos:

    a) Compromiso expreso del pago de los Impuestos Municipales sobre Construcciones, Instalaciones y Obras necesarias para la consecución de la licencia de obras correspondiente, como sujeto pasivo sustituto, de acuerdo al artículo 102 punto 2 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre de Haciendas Locales.

    b) Certificación del Registro Mercantil que acredite la subsistencia de los poderes del oferente, cuando el adjudicatario hubiere licitado mediante representación.

    c) Documento en que se adscriba nominativamente a la obra un Delegado con titulación profesional, de acuerdo con lo indicado en el punto 7.4.2, con dedicación plena y capacidad suficiente para representar a la Empresa en todo cuanto afecte a su correcta ejecución.

    d) El documento que acredite haber constituido a disposición de la Universidad de Alicante garantía definitiva por importe del 4% del presupuesto de licitación, en cualquiera de las modalidades legalmente admitidas.

    e) Los documentos a que se refieren los artículos 7, 9 y 10 del Real Decreto 390/1996 antes citado, si para acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales se hubiere adoptado inicialmente por la presentación de una declaración responsable.


    15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

    15.1. La formalización del contrato se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación definitiva y de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

    15.2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato, procederá, en los términos previstos en el artículo 55 apartado 3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la incautación de la garantía provisional y la indemnización a la Universidad de los daños y perjuicios ocasionados.

    15.3. Serán de cuenta del contratista los gastos de la publicación de anuncios en la prensa y en los diarios o boletines oficiales, así como los demás gastos a los que se refiere el artículo 13 del Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado y los tributos o precios públicos que incidan sobre las obras y demás derivados de las obligaciones del contrato a los que se refiere el artículo 68.1.a del Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, que aprueba el Reglamento General de Contratación del Estado. 


    16. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO

    16.1. Dentro de los veinte (20) días siguientes a la formalización del contrato se practicará el acto de comprobación del replanteo previo de las obras, extendiéndose acta de su resultado.

    16.2. Cuando las obras hayan sido declaradas de urgencia, la comprobación del replanteo se realizará dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la adjudicación definitiva.

    16.3. No podrán iniciarse las obras sin que se haya extendido acta favorable de comprobación del replanteo. Cuando se hagan constar en ella reservas que se estimen fundadas, se suspenderá su iniciación hasta que se dicte Resolución ordenando su iniciación o la suspensión definitiva.


    17. PROGRAMA DE TRABAJO Y DOCUMENTACIÓN GRÁFICA

    17.1. Dentro del mes siguiente al día en que deba iniciarse la obra, el contratista está obligado a:

    a) Presentar el programa de trabajo aceptado en la adjudicación, ajustado a las fechas reales de obra y adecuándolo al presupuesto, anualidades y plazos previstos, y, en su caso, a las determinaciones y condiciones que en esta materia establezca el proyecto en sus distintos documentos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento General de Contratación del Estado.

    b) Aceptar como Plan de Seguridad e Higiene para la obra el estudio que sobre este tema figure en el proyecto adjudicado o, en su defecto, proponer su propio Plan de Seguridad a la Dirección Facultativa.

    c) Colocar en el lindero del solar, que fije el Arquitecto Director, un cartel, como mínimo, ajustado al formato establecido por la Consellería de Educación y Ciencia.

    17.2. Con la última certificación ordinaria de obra se presentarán en el órgano de Contratación, tres fotografías en color, de tamaño 18x24 cms., dos de ellas del exterior de la construcción y la tercera del interior.



    IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

    18. NORMAS GENERALES

    18.1. En todo lo relativo a exigencia de derechos y cumplimiento de obligaciones, incidencias y modificaciones contractuales, extinción y liquidación del Contrato se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratación administrativa.

    18.2. El contratista se somete expresamente a la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

    18.3. En todo caso las obras se ejecutarán con estricta sujeción a sus proyectos, a las cláusulas del presente pliego y siguiendo las instrucciones que, en interpretación de aquel, diere al contratista el Facultativo director de la misma. 


    19. RECEPCIÓN

    19.1. El contratista comunicará por escrito al facultativo Director de la obra, la fecha prevista para su terminación con una antelación mínima de cuarenta y cinco (45) días.

    19.2. La recepción de las obras se realizará como máximo dentro del mes siguiente a la terminación del plazo contractual incluidas, en su caso, las prórrogas legalmente concedidas, en la forma que determina el artículo 147 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.


    20. PLAZO DE GARANTÍA

    20.1. El plazo de garantía mínima se fija en doce meses a contar desde la recepción de las obras, pudiendo los licitadores fijar otros mayores.

    20.2. Durante el plazo de garantía el contratista estará obligado a la guarda, conservación y mantenimiento de las obras e instalaciones, siendo responsable de los daños intrínsecos que en ellas se produzcan, siguiendo, en su caso, las instrucciones que reciba del Facultativo director.

    20.3. Si las obras se deteriorasen por incumplimiento de esta obligación, los trabajos necesarios para su reparación se ejecutarán por la Administración contratante a costa del contratista, previa audiencia de éste y con los plazos establecidos en el artículo 26 del RD 390/1996 de 1 de marzo (BOE del 21.03.1996)

    20.4. Vencido el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista, se procederá a la devolución de la garantía definitiva.


    21. LIQUIDACIÓN

    Dentro del plazo de seis meses a contar desde la fecha del acta de recepción deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente. El Facultativo Director realizará dicha liquidación de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 7.2 del presente pliego.



    V. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

    22. INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

    Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora de los plazos parciales de manera que haga presumir racionalmente la imposibilidad de cumplimiento del plazo final o éste hubiera quedado incumplido, la Administración contratante de acuerdo con el artículo 96.3 de la ley 13/1995, podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de la garantía  o por la imposición de las penalidades establecidas en la legislación vigente.


    23. NORMA GENERAL

    El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva, previa audiencia al contratista.


    24. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

    El contratista responderá civil y, en su caso, penalmente de los daños causados a la Administración contratante como consecuencia de los vicios ocultos de las obras.


    25. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

    25.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar, por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Reglamento General de Contratación del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la citada ley.

    Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe del Servicio Jurídico, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.

    25.2. De acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los que se podrá formular, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    25.3. Cualquier contradicción o duda que, sobre el contenido o interpretación pudiera plantearse entre las cláusulas del pliego de prescripciones técnicas y las del pliego de cláusulas administrativas, se resolverá por el órgano de contratación, previo informe de los servicios correspondientes, con los efectos señalados en los párrafos anteriores de esta cláusula.
     
     

    Conocido y aceptado en su totalidad.

    El contratista.
     
     
     

    ANEXO 1

    MODELO DE OFERTA ECONÓMICA

    D. ________________________________________, vecino de _______________ provincia de ________________, con domicilio en ______________, calle __________________________ número ______, (en el caso de actuar en representación: como apoderado de ________________________________ con domicilio en ____________________, calle ______________________________ número _____, teléfono ________________CIF o DNI núm. ________________________), enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al concurso de la obra de ___________________________________________________________________
    ___________________, cree que se encuentra en situación de acudir como licitador de la misma.
    A este efecto hace constar que conoce el proyecto completo y el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas que sirven de base a la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la administración, y se compromete en nombre _______________________________________ ___________________ (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo la mencionada obra con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio total de _____________________________________________________________ (en letra) pesetas, en el que se incluye la cantidad correspondiente al impuesto sobre el valor añadido (IVA).

    (fecha y firma del proponente)
     
     
     
     
     

    ANEXO 2

    MODELO DE OFERTA ECONÓMICA PARA EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ECONÓMICA EUROPEA

    D. _____________________________________________, con domicilio en _______________, provincia de ___________________, calle ___________________________________________, CIF o DNI número ____________________, enterado del anuncio inserto en el _____________ número _________, del día ____ de _______________ de _________, y de las condiciones y requisitos para concurrir al Concurso abierto de las obras de ____________________________________________ ________________________________ se encuentra en situación de acudir como licitador el mismo, al no estar comprendido en ninguna de las circunstancias determinadas en el art. 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas vigente.

    A este efecto hace declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.

    Así mismo hace constar que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas que sirven de base a la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre ________ ____________________________________ (propio o de la Empresa) a realizar el proyecto y a tomar a su cargo las mencionadas obras, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones por el precio total de __________________________________________________ ______________________ (en letra) pesetas, en el que se incluye la cantidad correspondiente a todas las tasas e impuestos que graven la obra a ejecutar en la localidad mencionada, incluido el impuesto sobre el valor añadido.

    (fecha y firma del proponente)
     
     
     

    ANEXO 3

    MODELO DE DECLARACIÓN DE NO ESTAR SOMETIDO A INCOMPATIBILIDAD

    D. ____________________________________________________ con documento nacional de identidad número __________________, expedido en ___________________ el día ________ de _________________ de 19__, actuando en nombre de ________________________________ con domicilio en _______________________ calle _______________________________, según poder otorgado ante el notario de ______________ D. _________________________________, con fecha ____________________, bajo el número  de protocolo ______________.

    DECLARA BAJO SU RESPONSABILIIDAD que la empresa __________________________
    no se halla incursa en ninguna de las circunstancias o causas de prohibición, incompatibilidad o incapacidad para contratar con la Administración, previstas en el art. 20 de la Ley 13/1995 de 18 de mayo de Contratos de las Administraciones Públicas.
     
     

    Alicante, ______ de _______________ de 19__
     
     
     
     
     

    ANEXO 4

    ANUNCIO DEL CONCURSO EN EL BOE núm. 260 de fecha:
    30 de octubre de 1999.

    IMPORTE ANUNCIO BOE A CARGO DEL ADJUDICATARIO:
    283.040 PTA.

    FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
    El 25 de noviembre de 1999, hasta las catorce horas, en el Registro General.

    APERTURA DE LAS OFERTAS:
    El 9 de diciembre de 1999, a las doce horas, en la Sala de Juntas del Nuevo Edificio de Rectorado y Servicios Generales.

    CONSULTAS SOBRE EL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS:
    Negociado de Contratación. Tfno.: 96 590 34 00. Ext.: 3052.     Fax: 96 590 39 23
    E-mail: sdir.contracta@ua.es

    CONSULTAS SOBRE PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS:
    Oficina de Planificación y Proyectos. Tfno.: 96 590 34 91 (Antonio Morata)

    EL PROYECTO ESTARÁ A DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS EN:
    COPISTERÍA HELIOSERVI, S.L.
    Centro de Servicios.(Universidad de Alicante. Ctra. San Vicente, s/n. 03690 San Vicente) Tfno.: 96 590 93 99


    Compruebe la documentación que ha de ser incluida en los sobres antes de su presentación.

    La carencia de documentación requerida en el pliego de condiciones puede suponer la exclusión de la empresa licitadora.

    Todos los documentos presentados deber ser originales o copias AUTENTICADAS.
    La oferta económica únicamente debe hacerse constar en el sobre A.

    DOCUMENTACIÓN SOBRE B

  • Escritura de Constitución.
  • DNI del apoderado o empresario individual.
  • Escritura de poderes.
  • Bastanteo de poderes por cualquier organismo de la Administración de la Generalitat Valenciana.
  • Impuesto de Actividades Económicas.
  • Garantía provisional. En caso de presentar aval bancario o contratos de seguro deberán venir legitimadas las firmas por fedatario público (Notario o Corredor de Comercio).
  • Declaración de que no se encuentran incursos en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con la Administración y que se enumeran en el art. 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
  • Clasificación ( únicamente es obligatoria su presentación si se exige en el pliego)
  • Certificación de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
  • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Generalitat Valenciana.

  • DOCUMENTACIÓN SOBRE C
    Requisitos técnicos especificados en el apartado 7.4.

     
     
    PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE LA OBRA DE PEATONALIZACIÓN Y NUEVA CIRCUNVALACIÓN JUNTO AL MUSEO. FASES I Y II. (EXPTE.: O/14/99)

    La oferta de la empresa constructora englobará aparte de los conceptos ya reseñados en el proyecto, los siguientes:

    1. Suministro eléctrico provisional, incluida acometida, si procede para lo cual la empresa adjudicataria colocará a su cargo los correspondientes contadores.
    2. Suministro de agua, incluida acometida, si procede para lo cual la empresa adjudicataria colocará a su cargo los correspondientes contadores.
    3. Vallado de obras tipo móvil, zanjas y señalización de las mismas.
    4. Medidas de seguridad y salud necesarias para el desarrollo de la obra.
    5. Licencia de obras.
    6. Cualquier tipo de tasa exigible por la administración en Consellería de Industria u otros organismos oficiales.
    7. Control de calidad por importe de 800.000 pesetas, IVA incluido.

    No se incluyen en el precio de la licitación los honorarios correspondientes a proyecto, y dirección facultativa por parte de los técnicos, ni los correspondientes visados.

    La empresa adjudicataria deberá contratar a su costa un seguro todo riesgo-construcción que se presentará a la semana siguiente de haber firmado el contrato de adjudicación de obra teniendo como beneficiaria a la propia Universidad de Alicante.

    La empresa adjudicataria está obligada a respetar las infraestructuras y elementos de jardinería tanto en edificaciones como en urbanización existentes en la Universidad de Alicante, estando obligada a la reposición de las mismas a su cargo, en caso de rotura o deterioro.

    En caso de incompatibilidad o contradicción entre los documentos del Proyecto, prevalecerá el siguiente orden: 1-Memoria 2-Planos 3-Pliego 4-Mediciones y Presupuesto. En cualquier caso estos documentos tienen preferencia sobre los Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales de la Edificación.
     

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    Última actualización: 03-Nov-1999 
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