Estando ya muy próximos los exámenes queremos recordar desde el Secretariado de Asuntos Sociales la pautas de adaptación que en su día fueron aprobadas por la Junta de Gobierno de la Universidad.

RECOMENDACIONES SOBRE ADAPTACIONES DE EXÁMENES PARA ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ASOCIADAS A CONDICIONES DE DISCAPACIDAD.  (Texto aprobado en Junta de Gobierno de la Universidad de Alicante con fecha 28 de febrero de 1997.)

1.- Déficit auditivo.

1.a ) Se recomienda un 25%  adicional de duración de la prueba.
1.b) Las instrucciones que se den sobre la prueba deberán ser escritas, de forma que sean perfectamente comprendidas por el alumno.
1.c) En el caso de pruebas orales, el profesor ha de procurar que el alumno tenga una correcta visualización del examinador, para una posible lectura de labios. En función de las disponibilidades, se puede contar con un intérprete de lenguaje de signos así como de material de ayuda a la audición.

2.- Déficit visual.

2.1. Ceguera total:
2.1.a) Traducción a Braille de la prueba
2.1.b) Se recomienda un 50% adicional de duración de la prueba
2.1.c) En caso de utilizar una máquina de Braille, se procurará situar al alumno de manera que no moleste a sus compañeros.
2.1.d) Cuando la prueba requiera diapositivas, gráficos, etc.... es aconsejable buscar alternativas a la misma.  En todo caso el profesor debe ayudar a la persona discapacitada.
2.1.e) Realización de un examen oral.

2.2. Déficit visual agudo:
2.2.a) Se ampliarán los textos de la prueba de forma que sean claramente legibles para el estudiante.
2.2.b) Se recomienda un 50% adicional de duración de la prueba.
2.2.c) Se permitirá la utilización de medios y materiales que el alumno emplee de forma habitual como lápices, rotuladores especiales.... Asimismo, se asegurará una buena iluminación durante la realización de la prueba.
2.2.d) Realización de un examen oral.

3.- Déficit motor.

3.a) Se deberá situar al alumno en un lugar del aula al que tenga fácil acceso.
3.b) Si el problema motor afecta a la movilidad de las manos, se deberá proveer al alumno de los medios técnicos necesarios, o permitirle el uso de los que habitualmente utiliza (ordenador con impresora, máquina de escribir...)  Cuando estos medios técnicos puedan molestar al resto de los compañeros se deberá proporcionar un cierto aislamiento.
3.c) El horario de la prueba podrá ser ampliado en función de la dificultad motora.
3.d) Realización de un examen oral.
 

Observaciones a las anteriores recomendaciones de la Junta de Gobierno:

Respecto a los déficits auditivos:

 El alumno o alumna sordos, aunque sólo lo sea parcialmente,  la información que capta por vía auditiva es muy limitada y confusa (percibe sonidos, pero no distingue palabras) como ocurre cuando oímos hablar en un idioma desconocido e incluso menos. Por ello es imprescindible que, estando en primeras filas, se le hable de frente y con muy buena vocalización; incluso en voz baja pero con vocalización exagerada.
 Si a mitad de un examen hay que hacer cualquier observación  - anular una pregunta, enfoque de alguna otra, etc. – hay que tener en cuenta que al alumno/a sordos no le valdrá la información facilitada en alta voz (puede interpretar que se está llamando la atención a alguien, o que se anuncia el tiempo transcurrido, etc.). Para que ellos se enteren de tal aviso habrá que acercarse expresamente a ellos y darles las observaciones de forma expresa, por escrito o con la vocalización indicada antes.
 En ocasiones puede no entender la observación o aclaración que se le hace no porque no sepa la materia en cuestión, sino porque no capta alguna palabra clave. El uso de sinónimos o paráfrasis es muy útil para facilitar la comprensión.

Respecto a los déficits visuales:

 En caso de ser necesario la transcripción al sistema Braille el Centro de Recursos Espíritu Santo de la O.N.C.E. se compromete a hacerla si se le facilita con dos horas de antelación.


Para cualquier aclaración o ayuda podéis dirigiros al Secretariado de Asuntos Sociales. 
 
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Última actualización: 23-Nov-1998 
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