PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA 
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
 

I. ELEMENTOS DEL CONTRATO

1. OBJETO DEL CONTRATO

1.1. Se contrata el Servicio de Cafetería en sus diferentes vertientes para la Facultad de Ciencias de esta Universidad, extensivas a las demandas puntuales de otros centros del Campus de San Vicente del Raspeig.

1.2. El adjudicatario se compromete a abastecer y servir el comedor del edificio de Servicios Generales en caso de que sea requerido en tal sentido, manteniendo los mismo precios que en su local.

2. NORMAS REGULADORAS

2.1. Este contrato se regirá por las cláusulas contenidas en el presente pliego, aprobado por Resolución del Rector de fecha 05.11.1999.

2.2. Para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 13/1995 de 18 de mayo de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante Ley, el Reglamento General de contratación del Estado, en adelante Reglamento, la legislación de la Comunidad Valenciana en materia de contratación administrativa y el resto de disposiciones que regulan dicha materia.

3. PRESUPUESTO Y PAGO DEL PRECIO

3.1. El canon estará libre de pago el primer año como ayuda del capital invertido en las instalaciones que aporte el adjudicatario. A partir de dicho plazo las instalaciones pasarán a ser propiedad de la Universidad y el canon mínimo será de 125.000 pesetas/mes.

3.2. Se exceptuará del pago del canon el período de vacaciones de verano, en el que el servicio, se interrumpa, previa petición que se efectuará con tres meses de antelación a la Gerencia de la Universidad.

3.3. El canon y las listas de precios se incrementarán cada año en el mes de octubre aplicando la variación interanual del IPC. En el caso de que dicha variación fuera inferior al 3% se aplazará la variación acumulada al año siguiente.
El pago del canon se efectuará por mensualidades anticipadas en la cuenta que la Universidad tiene abierta en la oficina de la CAM del Campus, nº cta. 0540002-78.
 
 

4. PLAZO

La duración inicial del presente contrato será del 01.01.2000 al 31.12.2003. Esta Universidad podrá acordar hasta 2 prórrogas anuales de dicho plazo, siempre y cuando el adjudicatario solicite expresamente dichas prórrogas con un mes de antelación al vencimiento del contrato o la prórroga en su caso. Cuando el inicio en la prestación del servicio se retrase como consecuencia de las instalaciones, la duración del contrato será de cuatro años desde la entrada en funcionamiento.

II. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

5. MODALIDAD CONTRACTUAL

El sistema de adjudicación del contrato será el de Concurso público, procedimiento abierto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

6. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

6.1. Para participar en el concurso, el licitador deberá presentar en el Registro General de la Universidad, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, dos sobres cerrados (A y B), con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno el concurso a que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a esta Universidad la remisión de la oferta mediante fax o telegrama, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.

6.2. Sobre (A) Proposición económica

Contendrá la proposición, expresada conforme al modelo que figura como anexo 1, incluyéndose en el precio ofertado el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Se adjuntarán asimismo todos los documentos acreditativos de los extremos contemplados en los criterios de valoración (cláusula 10). Se admiten hasta un máximo de tres variantes.
Los empresarios extranjeros formularán en su proposición, declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.

6.3. Sobre (B) Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos.

6.3.1. Clasificación suficiente y no caducada, expedida por el Registro Oficial de Contratistas del Ministerio de Economía y Hacienda o en su caso por el Registro Oficial de Contratistas de la Generalitat Valenciana, que habilite para contratar servicios en los siguientes grupos: Grupo __, subgrupos _________, categoría __
No obstante, para los casos en que el presupuesto de licitación sea inferior a 20.000.000 de pesetas y para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante este organismo su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme a los artículos 16, 17 y 19 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como su inscripción en el Registro al que se refiere el artículo 20.i) de la citada norma, todo ello sin perjuicio de los establecido en el artículo 80 de la misma.

6.3.2. Los empresarios deberán acreditar su personalidad. Si se trata de empresario individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañarse copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su personalidad mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RD 390/1996 de 1 de marzo de desarrollo parcial de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos.
Los restantes empresarios no españoles acreditarán su personalidad mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

6.3.3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trata de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente) por cualquier organismo de la Administración de la Generalitat Valenciana, para representar a la persona o entidad a cuyo nombre se concurra ante la Universidad de Alicante, debidamente inscrito en el registro correspondiente si se trata de una sociedad, y fotocopia autenticada del DNI del apoderado.

6.3.4. Justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Los licitadores podrán acreditar estas circunstancias mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente, de acuerdo con lo establecido por el artículo 9 del RD 390/1996 de 1 de marzo de desarrollo parcial de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Además deberán presentar certificación administrativa expedida por la Consellería de Hacienda de hallarse la corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat Valenciana.
Estas acreditaciones podrán ser sustituidas por la solicitud de las citadas certificaciones, sin perjuicio de la obligación de presentar los correspondientes certificados en caso de resultar adjudicatario.

6.3.5. Los licitadores deberán presentar garantía provisional de 120.000 pesetas en los términos previstos en el artículo 36 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y los artículos 15 a 20 del RD 390/1996 de 1 de marzo antes citado. En caso de presentar aval bancario o contratos de seguro deberán venir legitimadas las firmas por fedatario público (Notario o Corredor de Comercio).

6.3.6. Declaración de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar que se enumeran en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que se apreciarán según lo dispuesto en el artículo 21 de esa misma ley.

6.3.7. Justificación de estar al corriente del impuesto sobre actividades económicas del epígrafe correspondiente, mediante la presentación del último recibo.

6.3.8. Se incluirá asimismo en este sobre (B) una relación de los trabajos realizados en los últimos tres años, con indicación de importes, fechas y beneficiarios de los mismos, que constituirán, junto con la proposición económica y el resto del material curricular que pudiera aportarse, los elementos a valorar de cara a la adjudicación.

7. MESA DE CONTRATACIÓN

7.1. La Mesa de Contratación, previamente al acto de apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el sobre B y si éste contiene todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la exclusión o defectos materiales subsanables.
Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante, a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. El cómputo de dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante.

7.2. La Mesa de Contratación estará compuesta por:

Presidente: El Vicerrector de Planificación y Asuntos Económicos.
Vocales: El Vicerrector de Alumnado.
El Gerente.
Un representante de la sección sindical de CCOO
Un representante de la sección sindical de UGT
  El Director del Servicio Jurídico.
  El Director del Servicio de Gestión Económica.
Secretario: El Subdirector del Servicio de Gestión Económica.

8. APERTURA DE PROPOSICIONES

8.1. La Mesa de Contratación, el 8º día natural a contar desde el siguiente al último día de presentación de proposiciones, en acto público, procederá a dar cuenta de las empresas excluidas y la causa de su exclusión, caso de ser sábado, se pasará al día hábil inmediatamente siguiente. Antes de la apertura de la primera proposición económica se invitará a los asistentes a que manifiesten las dudas que se le ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes. Acto seguido se dará lectura a las proposiciones admitidas.

8.2. Contra la exclusión de la Mesa de Contratación, podrá interponerse reclamación en el plazo de 15 días naturales.

9. COMISIÓN CALIFICADORA

Con el fin de evaluar la documentación técnica presentada por los licitantes, se constituirá una Comisión Calificadora que estará compuesta por los siguientes miembros.

Presidente: El Gerente.
Vocales:  Representante designado por el Vicerrector de Alumnado.
 Representante designado por la Vicerrectora de Relaciones Institucionales e Internacionales.
  El Decano de la Facultad de Ciencias.
  Decano de la Facultad de Filosofía y Letras.
  La Directora de la Escuela de Turismo.
  La Directora del IMIAS.
  El Director de la E.U. de Formación del Prof. de EGB.
  El Director del Secretariado de Deportes.
  El Director de la Oficina de Planificación y Proyectos.
  Un representante del Comité de Empresa.
  Un representante de la Junta de PDI.
  Un representante de la Junta de Personal del PAS.
  Un representante del Consejo de Alumnos.
  La Jefa del Gabinete del Rector.
Secretario: El Secretario de la Mesa de Contratación.

Si se considera conveniente dicha Comisión podrá recabar los informes que estime pertinentes de otras personas que no tendrán en ningún caso la condición de miembros de la Comisión Calificadora.
La Comisión Calificadora, terminada su actuación, presentará a la Mesa de Contratación, informe suficientemente razonado y elaborado de acuerdo con los criterios de valoración que figuran en este pliego. Dicho informe debe de permitir fundamentar la propuesta de adjudicación que ha de realizar la Mesa de Contratación.

10. CRITERIOS DE VALORACIÓN

Para la valoración de las propuestas de los licitantes se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

A) Hasta 35 puntos
Oferta económica.
Detalle cuantificado de la inversión a aportar por partidas, caso de ser adjudicatario del servicio, con aportación de catálogo o muestras de equipamiento y mobiliario a los que hace referencia el proyecto que deberán incluir la descripción técnica y los precios de mercado de dichos productos. Los equipamientos deberán ajustarse a los planos y valoración que se especifican en el pliego de característica técnicas.
Oferta de un canon mensual a partir del 2º año y, en su caso, del 1er año de exención de dicha obligación.

B) Hasta 25 puntos
Relación calidad/precio de las prestaciones en cafetería y restaurante.
Variedad de menús y opciones en cafetería y restaurantes.
Presentación y publicidad de los mismos.
Personal asignado y compromisos en rapidez del servicio.

Tipo de cocinas ofertadas y de servicios de cafeterías:
Autoservicio (con especificación de diferentes menús)
Comida rápida (pizzas, bocadillos, ensaladas, sandwich...)
Menús especiales (vegetariano de régimen, dieta mediterránea, etc.)
Restaurante especial de servicio en mesa. Menús y tipo de servicios. Carta de platos y vinos. Otros servicios.

Organización de los servicios de cafetería en el día:
Mañanas: oferta de desayunos (área de desayunos)
Media mañana (almuerzos)
Medio día: comida,...
Tarde: Meriendas...
Tarde-noche: cenas rápidas...

C) Hasta 20 puntos
Medios humanos y materiales (especificación de tecnología utilizada para la manipulación y conservación de materias primas y alimentos en general).

D) Hasta 15 puntos
Experiencia e informes.

E) Hasta 5 puntos
Otras mejoras que redunden en beneficio de los usuarios: actuaciones de mecenazgo, becas a estudiantes, tratamiento ecológico de residuos, reserva de puestos de trabajo para discapacitados, etc.

11. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

11.1. La Mesa de Contratación, a la vista de las valoraciones realizadas por la Comisión Calificadora, formulará propuesta de adjudicación del Concurso, o de declararlo desierto si ninguna de las ofertas presentadas reuniese los requisitos exigidos.

11.2. Cualquier miembro de la Mesa de Contratación tendrá derecho a expresar su voto particular en relación a la propuesta de adjudicación. Esta circunstancia, en caso de producirse, se hará constar en el acta de la Mesa de Contratación.

12. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO

La resolución del Concurso, a la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, será dictada por el Órgano de Contratación, dándosele la publicidad que corresponda de acuerdo con el artículo 94 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
 

III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

13. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El adjudicatario, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la adjudicación se obliga a: 

a) Constituir en el plazo de 15 días hábiles, una garantía definitiva de 1.200.000 pesetas, en cualquiera de las modalidades legalmente admitidas.

b) Presentar los documentos a que se refieren los artículos 7, 9 y 10 del Real Decreto 390/1996 antes citado, si para acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales se hubiere adoptado inicialmente por la presentación de una declaración responsable.

14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

14.1. La formalización del contrato se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación definitiva y de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

14.2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato, procederá, en los términos previstos en el artículo 55 apartado 3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la incautación de la garantía provisional y la indemnización a la Universidad de los daños y perjuicios ocasionados.

14.3. Serán de cuenta del contratista los gastos de la publicación de anuncios en la prensa y en los diarios o boletines oficiales y demás gastos o impuestos necesarios para la prestación del servicio.

IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

15. NORMAS GENERALES

15.1. El adjudicatario deberá contratar al personal necesario para atender el servicio.

15.2. El contratista se somete expresamente a la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

15.3. El adjudicatario estará obligado a presentar mensualmente copia de los documentos TC1 y TC2 relativos a las cotizaciones a la Seguridad Social del personal que atiende el servicio.

16. CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO

El adjudicatario se compromete a:

1) Mantener los locales e instalaciones, permanentemente, en perfecto estado de limpieza y conservación.

2) Al menos una vez al año procederá a su desratización, desinfección y desinsectación.

3) A facilitar la inspección de estos y cualesquiera otros aspectos por quien la Universidad designe a tal fin.

4) El más estricto cumplimiento de la normativa laboral y seguridad social, sanidad, reglamentaciones técnico-sanitarias y consumo.
 

V. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

18. NORMA GENERAL

El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva, considerándose además como cláusulas especiales de rescisión:

a) Falta de limpieza e higiene en los locales, en las instalaciones y en los productos alimenticios apreciada por la Comisión de seguimiento del mencionado servicio.

b) No alcanzar el servicio la calidad precisa en alguna de sus vertientes.

c) Las alteraciones en los precios vigentes, o el cobro indebido de los mismos. 

d) Incumplimiento de las normas de Sanidad y Consumo vigentes en cada momento.

e) Utilización de mobiliario y tecnologías insuficientes o inadecuadas a juicio de la Comisión de Seguimiento.

f) Interrupción del servicio durante dos días consecutivos por causa imputable al adjudicatario a su personal.

g) Incorrección del personal que presa el servicio con el personal de la Universidad o usuarios en general.

h) Publicidad explícita sobre tabaco o alcohol en el recinto.

i) No ajustarse a las exigencias y directrices del Campus por parte de la oficina técnica en materia de seguridad, limpieza, recogida de basuras, transporte o almacenaje de stocks.

j) Otras deficiencias en la prestación del servicio que se consideren graves por la Comisión de Seguimiento del servicio.

k) El impago de tres mensualidades del canon adjudicado o de los consumos de agua y de electricidad.

19. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

19.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar, por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Reglamento General de Contratación del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la citada ley.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe del Servicio Jurídico, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.

19.2. De acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los que se podrá formular, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

19.3. Cualquier contradicción o duda que, sobre el contenido o interpretación pudiera plantearse entre las cláusulas del pliego de prescripciones técnicas y las del pliego de cláusulas administrativas, se resolverá por el órgano de contratación, previo informe de los servicios correspondientes, con los efectos señalados en los párrafos anteriores de esta cláusula.

Conocido y aceptado en su totalidad
El contratista.
 

ANEXO 1

MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
 
 

D. ___________________________________, vecino de__________________ provincia de ____________________, con domicilio en _____________, calle __________________________, número _____, (en el caso de actuar en representación: como apoderado de ______________________________________________con domicilio en __________________, calle _____________________________número _____, teléfono ________________CIF o DNI núm. __________________), enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al concurso del servicio de ___________________________________________________________________ cree que se encuentra en situación de acudir como licitador del mismo.
A este efecto hace constar que conoce el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas que sirven de base a la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre _______________________________________________________ (propio o de la empresa que representa),a llevar a cabo el referido servicio, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, POR EL PRECIO TOTAL DE / UN CANON MENSUAL DE ______________________________________________________________________ (en letra) pesetas, en el que se incluye la cantidad correspondiente al impuesto sobre el valor añadido (IVA.).

(fecha y firma del proponente)

ANEXO 2

MODELO DE DECLARACIÓN DE NO ESTAR SOMETIDO A INCOMPATIBILIDAD
 
 

D. ____________________________________________________ con documento nacional de identidad número __________________, expedido en ___________________ el día ________ de _________________ de 19___, actuando en nombre de ________________________________ con domicilio en _______________________ calle _______________________________, según poder otorgado ante el notario de ______________ D. _________________________________, con fecha ____________________, bajo el número  de protocolo ______________.

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIIDAD que la empresa _________________________________
no se halla incursa en ninguna de las circunstancias o causas de prohibición, incompatibilidad o incapacidad para contratar con la Administración, previstas en el art. 20 de la Ley 13/1995 de 18 de mayo de Contratos de las Administraciones Públicas.
 

Alicante, ______ de _______________ de 19__

ANEXO 3
 
 

ANUNCIO DEL CONCURSO EN EL BOE núm. 275 de fecha:
17 de noviembre de 1999.

IMPORTE ANUNCIO BOE A CARGO DEL ADJUDICATARIO:
269.120 PTA.

FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
El 13 de diciembre de 1999, hasta las catorce horas, en el Registro General.

APERTURA DE LAS OFERTAS:
El 21 de diciembre de 1999, a las doce horas, en la Sala de Juntas de Gerencia del Nuevo Edificio de Rectorado y Servicios Generales.

CONSULTAS SOBRE EL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS:
Negociado de Contratación. Tfno.: 96 590 95 00.      Fax: 96 590 39 23
Correo electrónico: Sdir.contracta@ua.es

CONSULTAS SOBRE PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS:
Oficina de Planificación y Proyectos. Tfno. : 96 590 34 91 (Antonio Morata)
 

Compruebe la documentación que ha de ser incluida en los sobres antes de su presentación.
La carencia de documentación requerida en el pliego de condiciones puede suponer la exclusión de la empresa licitadora.
Todos los documentos presentados deber ser originales o copias AUTENTICADAS.
La oferta económica únicamente debe hacerse constar en el sobre A.

DOCUMENTACIÓN SOBRE B

  •  Escritura de Constitución.
  •  DNI del apoderado o empresario individual.
  •  Escritura de poderes.
  •  Bastanteo de poderes por cualquier organismo de la Administración de la Generalitat Valenciana.
  •  Impuesto de Actividades Económicas.
  •  Garantía provisional. En caso de presentar aval bancario o contratos de seguro deberán venir legitimadas las firmas por fedatario público (Notario o Corredor de Comercio).
  •  Declaración de que no se encuentran incursos en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con la Administración y que se enumeran en el art. 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
  •  Clasificación ( únicamente es obligatoria su presentación si se exige en el pliego).
  •  Certificación de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
  •  Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
  •  Certificación de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Generalitat Valenciana.

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    PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 
     

    La Cafetería de la Facultad de Ciencias es de 354 m2.

    La Cafetería de Ciencias.
    Está compuesta por una zona de barra de 15.6 m lineales, una disposición fija de 11 mesas de 2,50m x 0,80 m y 8 comensales cada una en el interior y de 11 mesas con 4 sillas cada una en el exterior. Esta última zona queda a cubierto bajo un gran alero formado por la estructura. El acceso a ella se resuelve a través de las cristaleras de la fachada principal o bien por las puertas laterales. La barra debe disponer de 2 cajas en sus extremos.

    En lo posible se deberá evitar que, por cuestiones de higiene, la persona que suministre los alimentos maneje también el dinero de los importes, debiendo realizarse, por lo tanto, por personas distintas.

    Se deberá ofrecer una oferta gastronómica que incluya como mínimo un menú diario y una relación de platos combinados.

    El resto de los locales cuenta con las dependencias necesarias para proporcionar el servicio exigido, tal como se puede apreciar en los planos adjuntos. Se dispone de zona de cocina, almacén, vestuarios, acceso de servicio, cuarto de basura y resto de instalaciones.

    En el interior de los locales se podrá colocar una máquina expendedora de bocadillos y bebidas junto al teléfono para poder dar mayor agilidad al servicio.

    Los centros disponen de aseos públicos de cuya limpieza y conservación dependerá así mismo del arrendatario. El adjudicatario dispondrá de una persona dedicada en exclusiva a la limpieza permanente de aseos y del resto del local en el horario de apertura del mismo.

    La limpieza de fachada exterior, zonas de alrededor del local, cubiertas y urbanización exterior hasta una distancia de 15m alrededor del local medidos desde cada una de las fachadas también dependerá del adjudicatario.

    Tal como se establece en el Pliego de Cláusulas Administrativas, todos los consumos de agua, electricidad, gas, teléfono y limpieza correrán a cargo del adjudicatario.

    El horario de apertura mínimo será de 8:00 a 22:00 horas de lunes a viernes, sábado de 8:00 a 14:00 horas. A petición de la Universidad y por actos en el recinto universitario se podrá exigir la apertura en otros días y horarios (sábado, domingos y festivos).

    Deberá desglosarse en el estudio económico de la oferta realizada, el importe destinado por el licitador a los siguientes conceptos:
    - Mantenimiento de las instalaciones e infraestructuras del local, incluyendo aire acondicionado, electricidad y gas.
    - Limpieza de todo el local, con propuesta de intensidades y turnos, incluyendo tal como se han descrito anteriormente las zonas a contemplar.
    - Recogida de basura desde el local hasta el parque de residuos, por sus propios medios o a través de la empresa de limpieza que la Universidad tenga contratada con carácter general, ubicado junto a las naves piloto, de tal manera que se evite la existencia de bolsa alguna en ningún momento en el exterior del local ni por supuesto en las zonas de cocina del mismo.

    Las zonas de carga y descarga se limitarán a la parte posterior de los locales en los lugares indicados para ello y con horario a consensuar con la gerencia de la Universidad de manera que ocasione las menos molestias posibles.

    Su disposición será inmediata no pudiendo retrasar  la prestación del servicio.

    Se aporta plano de planta del local a escala 1:50 y planos de la organización y de equipamientos previstos para la cocina, así como su inversión estimada.

    El adjudicatario indicará si suscribe el tipo de equipamiento de mobiliario y de la cocina propuesto en el pliego o si introduce alguna variación, indicando, finalmente, la inversión máxima que está dispuesto a realizar y las variantes introducidas si las hubiera.

    Ambos locales estarán conectados con la red informática de la Universidad de Alicante debiendo introducir diariamente su información relativa a tipos de menús y precios para consulta de la comunidad universitaria. Se valorará muy positivamente el servicio a domicilio dentro del recinto universitario pudiéndose realizar las peticiones por correo electrónico. Se deberá confirmar en la oferta a presentar dicha posibilidad.

    La instalación de terrazas exteriores deberá solicitarse a la Universidad  ser autorizada expresamente por resolución de ésta que fijará, en todo caso, el canon adicional a abonar por el concesionario por este concepto así como el resto de características del citado servicio ( número de mesas, metros cuadrados, etc…).

    El concesionario se compromete a poner los medios necesarios para permitir el cobro a los usuarios a través de la tarjeta Universitaria.

    No debe haber ningún tipo de publicidad sobre tabaco o bebidas alcohólicas. Su venta deberá estar sujeta a posteriores regulaciones que la Universidad pudiera establecer. La exposición de bebidas alcohólicas no está permitida.

    Cualquier actividad publicitaria deberá estar sometida a autorización previa por la Vicegerencia de Asuntos económicos. La dirección del establecimiento velará con diligencia en la limpieza de carteles, pegatinas y anuncios en general en el local y entorno del establecimiento.

    Se deberán establecer con claridad zonas de no fumadores y fumadores.

    Se valorará positivamente alguna línea de especialización gastronómica que enriquezca la oferta existente en el campus. A tal efecto podrán hacerse ofertas libres de franquicias de reconocido prestigio.

    Se darán todo tipo de facilidades a las inspecciones de todo tipo realizadas por la Universidad.

    Los precios vendrán dados en euros y pesetas desde el primer día de servicio hasta la implantación de la moneda única europea.

    La Universidad podrá instalar equipamientos de información cultural y universitaria en el recinto tales como vídeo wall u otras formas de emisión.
     

    PRESUPUESTO PARA EL SERVICIO DE CAFETERÍA EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE.

    DESGLOSE EQUIPAMIENTO MOBILIARIO
    Definición equipamiento Unidades Precio unidad Total
    Mesas Fijas 11 100.000 Ptas. 1.100.000 Ptas.
    Mesas 11 50.000 Ptas. 550.000 Ptas.
    Sillas 132 30.000 Ptas. 3.960.000 Ptas.
    Taburetes 12 40.000 Ptas. 480.000 Ptas.
    Taquillas Vestuarios 1 70.000 Ptas. 70.000 Ptas.
      TOTAL 6.160.000 Ptas. (IVA incluido)
     

    ZONAS EQUIPAMIENTOS PRESUPUESTO 16% IVA TOTAL
    Zona Cocina 9.431.231 Ptas. 1.508.996,96 Ptas. 10.940.227,96 Ptas.
    Zona Barra 3.492.162 Ptas. 558.745,92 Ptas. 4.050.907,92 Ptas.
    Equipamiento Mobiliario 6.160.000 Ptas. Incluido 6.160.000 Ptas.
      TOTAL INVERSIÓN 21.151.135,88 Ptas.

     

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    Última actualización: 24-Oct-2001 
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