Ayudas Asociaciones y Colectivos de Alumnos de la Universidad de Alicante

Publicación: 16-03-2011



Aviso: Aplazamiento en la fecha de adjudicación provisional de ayudas.

Por motivos técnicos se pospone la fecha de publicación de la adjudicación provisional de las ayudas a asociaciones,  y por tanto los plazos del resto de trámites dependientes del anterior, rigiendo el siguiente calendario:

  • Publicación adjudicación provisional de ayudas: 12 de mayo de 2011.
  • Plazo de reclamaciones: del 12 de mayo al 23 de mayo de 2011.
  • Publicación adjudicación definitiva: 26 de mayo de 2011.

Fecha publicación: 20/4/2011



OBJETO

El Vicerrectorado de Alumnado, en colaboración con el Consejo de Alumnos, convoca Ayudas para financiar proyectos destinados a actividades e intervenciones que fomenten la participación estudiantil.

DESTINATARIOS

Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones que estén registradas como tales en la Universidad de Alicante y también los colectivos y agrupaciones de estudiantes de la UA que cuenten con una organización de trabajo en equipo debidamente acreditada.

PRIORIDADES
 
Se concederán las ayudas prioritariamente a los proyectos orientados a:

  • La difusión de los derechos y deberes de los universitarios.
  • La participación en los órganos de la Universidad.
  • Proyectos dirigidos a favorecer la accesibilidad a estudiantes con discapacidad.
  • Promoción de la solidaridad y acciones medioambientales
  • Proyectos de acción social a colectivos con dificultades para su integración.
  • Las modificaciones del sistema representativo de los estudiantes en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior.
No se tomará en consideración aquellos proyectos que ya hubieran recibido ayudas de esta convocatoria durante los cursos académicos anteriores, salvo que se acredite justificadamente la necesidad de su continuación. La Comisión valorará esta circunstancia en atención a la naturaleza de la actividad. La falta de la justificación impedirá la concesión de ayudas.

A efectos de esta convocatoria, quedan excluídas:
  • Las actividades de investigación, deportivas, peticiones de material inventariable y actividades culturales y lúdicas.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Información al Alumno, situada en el Aulario II (Tel.:965903456, e-mail: informacio@ua.es), de lunes a viernes de 9 a 14 horas  o de lunes a jueves de 9 a 17 h., pudiendo retirarse las mismas en la propia Oficina, en la sede del Consejo de Alumnos o en las Secretarías de todas las Facultades y Escuelas Universitarias.

Podrá recibirse asesoramiento para tramitar la solicitud en el Consejo de Alumnos.

PLAZO: Hasta el 7 de abril de 2011

 

DOCUMENTACIÓN

A la solicitud habrá que adjuntar:

  • Un proyecto,  según modelo adjunto, que incluya los objetivos y las acciones específicas que se realizarán para conseguirlos, fechas de celebración, responsable/s y miembros del equipo de trabajo y el presupuesto de ingresos y gastos previstos. 
  • Las asociaciones, además, certificado de la Secretaría General de la Universidad de Alicante que acredite su inscripción en el Registro de la U.A.
  • Los colectivos de alumnos deben presentar también relación detallada de los integrantes del mismo, acreditando su condición de alumnos de la UA. 
ADJUDICACIÓN DE LAS AYUDAS
  • Dentro del crédito destinado a tal fin, para la adjudicación de las ayudas se tendrá en cuenta las prioridades establecidas.
  • Se valorarán aquellos proyectos  que presenten un presupuesto cubierto en parte por la propia asociación o con otras vías de financiación externas a la Universidad de Alicante.
  • Se valorará el grado de cumplimiento de los proyectos subvencionados en convocatorias anteriores.
  • La propuesta de adjudicación se realizará por una Comisión constituida al efecto compuesta por el Vicerrector de Alumnado, el Director del Secretariado de Prácticas de Empresas y Apoyo al Estudiante, un miembro de la Oficina de Información al Alumno y dos alumnos designados por el Consejo de Alumnos.
  • La adjudicación provisional se publicará el día 20 de abril de 2011, en el tablón de anuncios de la Oficina de Información al Alumno (Aulario II). Simultáneamente se notificará por escrito, a todos los solicitantes y al domicilio señalado en la solicitud, la propuesta de concesión y el importe, o en su caso la denegación motivada.
  • Se abrirá un plazo de reclamaciones que finalizará el 9 de mayo de 2011.
  • La adjudicación definitiva se publicará en el tablón de anuncios de la Oficina de Información al Alumnado el día 14 de mayo de 2011.

FORMA DE PAGO

Asociaciones:

  • El 50% del total de la ayuda en el momento de la adjudicación y el otro 50% al finalizar la actividad y previa justificación documental de los gastos realizados.
  • Únicamente se abonarán los gastos realizados antes del 23 de noviembre de 2011.

Colectivos de alumnos (que no disponen de CIF):

  • En el caso de colectivos de alumnos que no disponen de CIF no se adelantará el 50%. El pago de la ayuda concedida se realizará previa presentación de las facturas, siempre que estén debidamente conformadas.
  • Únicamente se abonarán los gastos realizados antes del 23 de noviembre de 2011.
JUSTIFICACIÓN

Para poder cobrar la ayuda concedida será necesario presentar en el Vicerrectorado de Alumnado, antes del 23 de noviembre de 2011, los siguientes documentos:
  • Facturas originales de los gastos.
  • Resumen total de los gastos económicos detallados por conceptos.
  • Certificación del firmante de la solicitud de ayuda, donde se haga constar que la actividad se ha realizado adecuadamente.
  • Una memoria del programa de actividades.
  • Ejemplares del material gráfico que se haya generado para las actividades realizadas.
Únicamente se abonará el importe de los gastos reflejados en facturas debidamente conformadas y, como máximo, hasta el límite de la ayuda concedida.

Por ello, la constación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de las obligaciones asumidas tendrá como consecuencia la extinción o la modificación de las condiciones en que fueron concedidas y el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En caso de no presentar los correspondientes justificantes deberá reintegrarse el importe de la ayuda percibida, en su caso.

OBSERVACIONES 

  • Si de la actividad subvencionada se deriva la publicación de materiales o documentos, deberá hacerse constar la colaboración del Vicerrectorado de Alumnado de la Universidad de Alicante.
  • El haber recibido ayuda durante un curso no implica compromiso de continuar subvencionando un mismo proyecto o actividad el curso siguiente.
  • El Vicerrectorado de Alumnado se reserva la posibilidad de difundir las actividades que se realicen con estas ayudas.

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Última actualización: 16-03-2011
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