Complementos de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de:  
INGENIERO AGRÓNOMO
Orden de 11 de septiembre de 1991 (BOE de 26 de septiembre de 1991) por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero Agrónomo. 

Podrán acceder al segundo ciclo de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero Agrónomo quienes reunan los siguientes requisitos: 

1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes cursen el primer ciclo de estos estudios. 

2.- Directamente, sin complementos de formación, quienes hayan superado el primer ciclo de: 

  • Ingeniero de Montes
3.- Directamente, sin complementos de formación, quienes estén en posesión del título de: 
  • Ingeniero Técnico en Explotaciones Agropecuarias
  • Ingeniero Técnico en Hortofruticultura y Jardinería
  • Ingeniero Técnico en Industrias Agrarias y Alimentarias
  • Ingeniero Técnico en Explotaciones Forestales
  • Ingeniero Técnico en Industrias Forestales
4.- Quienes estén en posesión del título de: 
  • Ingeniero Técnico en Mecanización y Construcciones Rurales
Deberán cursar los siguientes complementos de formación: 
- 9 créditos en Biología, Fisiología Vegetal y Botánica
- 12 créditos en Fundamentos Químicos de la Ingeniería