
| Complementos de formación
necesarios para acceder al segundo ciclo de:
LICENCIADO EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL Y CULTURAL |
| Orden de 22
de diciembre de 1992 (BOE de 22 de diciembre de 1992) por la que se
establecen las titulaciones y estudios previos del primer ciclo, así como
los complementos de formación con los que se puede acceder a las
enseñanzas de segundo ciclo conducentes a la obtención del titulo oficial
de Licenciado en Antropología Social y Cultural, Orden de 10 de diciembre
de 1993 (BOE de 10 de diciembre de 1993) por la que se amplia la
Orden de 22 de diciembre de 1992 y Orden de 15 de febrero de 2005 (BOE de 28 de febrero de 2005) por la que se modifica la primera. Podrán acceder directamente, sin complementos de formación, a los estudios de sólo segundo ciclo conducentes al título oficial de Licenciado en Antropología Social y Cultural: 1.- Quienes se encuentren en posesión de cualquier título universitario de carácter oficial o hayan superado un primer ciclo de estudios universitarios oficiales. |