Complementos de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de: 
LICENCIADO EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL Y CULTURAL
Orden de 22 de diciembre de 1992 (BOE de 22 de diciembre de 1992) por la que se establecen las titulaciones y estudios previos del primer ciclo, así como los complementos de formación con los que se puede acceder a las enseñanzas de segundo ciclo conducentes a la obtención del titulo oficial de Licenciado en Antropología Social y Cultural, Orden de 10 de diciembre de 1993 (BOE de 10 de diciembre de 1993) por la que se amplia la Orden de 22 de diciembre de 1992 y Orden de 15 de febrero de 2005 (BOE de 28 de febrero de 2005) por la que se modifica la primera.

Podrán acceder directamente, sin complementos de formación, a los estudios de sólo segundo ciclo conducentes al título oficial de Licenciado en Antropología Social y Cultural:

1.- Quienes se encuentren en posesión de cualquier título universitario de carácter oficial o hayan superado un primer ciclo de estudios universitarios oficiales.