| Complementos
de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de:
LICENCIADO EN TEORÍA DE LA LITERATURA Y LITERATURA COMPARADA |
| Orden
de 11 de septiembre de 1991 (BOE de 26 de septiembre de 1991) por
la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y
los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas
conducentes a la obtención del titulo oficial de Licenciado en Teoría
de la Literatura y Literatura Comparada y Orden de 13 de septiembre de
1999 (BOE de 17 de septiembre de 1999) por la que se amplia la Orden
de 11 de septiembre de 1991.
1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes hayan superado el primer ciclo de cualquier Licenciatura en Filología. 2.- Desde cualquier otra titulación o primer ciclo universitario, cursando como complementos de formación, de no haberlo hecho antes: a) 8 créditos en Teoría de la Literatura |