Complementos de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de: 
LICENCIADO EN TEORÍA DE LA LITERATURA Y LITERATURA COMPARADA
Orden de 11 de septiembre de 1991 (BOE de 26 de septiembre de 1991) por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del titulo oficial de Licenciado en Teoría de la Literatura y Literatura Comparada y Orden de 13 de septiembre de 1999 (BOE de 17 de septiembre de 1999) por la que se amplia la Orden de 11 de septiembre de 1991.


1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes hayan superado el primer ciclo de cualquier Licenciatura en Filología. 

2.- Desde cualquier otra titulación o primer ciclo universitario, cursando como complementos de formación, de no haberlo hecho antes: 

a) 8 créditos en Teoría de la Literatura

b) 17 créditos a elegir entre:
- 8 créditos en Lingüística
- 9 créditos en una primera Literatura Extranjera
- 9 créditos en una segunda Literatura Extranjera
- 9 créditos en Literatura Española