Complementos de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de: 
INGENIERO EN ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL
Orden de 21 de septiembre de 1995 (BOE de 28 de septiembre de 1995) por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo, y los complementos de formación, necesarios para el acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del titulo oficial de Ingeniero en Organización Industrial.

Podrán acceder a los estudios de sólo segundo ciclo conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero en Organización Industrial quienes reunan los siguientes requisitos:

1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes hayan superado el primer ciclo de los estudios de Ingeniería Industrial.

2.- Directamente, sin complementos de formación, quienes estén en posesión del título de:

  • Ingeniero técnico industrial, especialidad en Electricidad
  • Ingeniero técnico industrial, especialidad en Electrónica Industrial
  • Ingeniero técnico industrial, especialidad en Mecánica
  • Ingeniero técnico industrial, especialidad en Química Industrial
  • Ingeniero técnico industrial, especialidad en Textil 
3.- Quienes se encuentren en posesión de los siguientes estudios:
  • Cualquier título de Ingeniería Técnica
  • Diplomado en Máquinas Navales
  • Arquitecto técnico
Deberán cursar, como complementos de formación, caso de no haberlo hecho con anterioridad: 

a) Hasta 12 créditos distribuidos entre las siguientes materias:
- Administración de Empresas - Organización de la Producción
- Fundamentos de Informática - Métodos Estadísticos en Ingeniería
b) Y hasta 24 créditos distribuidos entre las siguientes materias:
- Eléctrica y Electrónica - Química
- Energética - Mecánica
- Materiales - Medio Ambiente

  • La determinación de las materias que en cada caso constituyan los complementos de formación, así como la concreción del número de créditos, se realizará por las universidades a la vista del currículum cursado por el alumno. 
4.- Quienes hayan superado el primer ciclo de alguno de los siguientes estudios: 
  • Ingeniería de Telecomunicación
  • Ingeniería Informática
  • Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos
  • Ingeniería de Minas
  • Ingeniería Agrónoma
  • Ingeniería de Montes
  • Ingeniería Química
  • Ingeniería Naval y Oceánica
  • Ingeniería Aeronáutica
Deberán cursar, como complementos de formación, caso de no haberlo hecho con anterioridad:

a) Hasta 18 créditos distribuidos entre las siguientes materias: 
- Administración de Empresas - Organización de la Producción
- Fundamentos de Informática - Métodos Estadísticos en Ingeniería
b)Y hasta 36 créditos distribuidos entre las siguientes materias:
- Eléctrica y Electrónica - Química
- Energética - Mecánica
- Materiales
  • - Medio Ambiente
    • La determinación de las materias que en cada caso constituyan los complementos de formación, así como la concreción del número de créditos, se realizará por las universidades a la vista del currículum cursado por el alumno, sin que en ningún caso la totalidad de los créditos exigidos pueda ser superior a cuarenta y cinco.