| Complementos de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de: INGENIERO DE TELECOMUNICACIÓN |
| Orden
de 10 de diciembre de 1993 (B.O.E. de 27 de diciembre de 1993) por
la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y
los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas
conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero
de Telecomunicación.
Podrán acceder al segundo ciclo de los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero de Telecomunicación: 1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes hayan superado el primer ciclo de estos mismos estudios. 2.- Directamente, sin complementos de formación, quienes se encuentren en posesión de los siguientes títulos:
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