| ACCESO AL SEGUNDO
CICLO DE: INGENIERO QUÍMICO |
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Orden de 10 de diciembre de
1993 (BOE de 27 de diciembre de 1993)
y Orden de 25 de Abril de 2005 (BOE de 10 de mayo de 2005) por la que
se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los
complementos de formación para el acceso a las enseñanzas
conducentes a la obtención del titulo oficial de Ingeniero
Químico.
Podrán acceder al segundo ciclo de los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero Químico quienes reunan los siguientes requisitos: 1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes cursen el primer ciclo de estos estudios 2.- Directamente, sin complementos de formación, quienes estén en posesión del título de:
3.- Quienes, habiendo superado el primer ciclo del título de Licenciado en Química, cursen, de no haberlo hecho antes, entre 29 y 37 créditos distribuidos entre las siguientes materias: - Experimentación en Ingeniería Química. - Expresión Gráfica. - Mecánica de Fluidos y Transmisión del Calor. - Operaciones Básicas de la Ingeniería Química. 4 .- Quienes, habiendo superado el primer ciclo del título de Licenciado en Biotecnología , cursen, de no haberlo hecho antes: - 6 créditos de Física. - 12 créditos de Química - 18 créditos de Ingeniería distribuidos entre las siguientes materias: Operaciones Básicas de la Ingeniería Química y Experimentación en Ingeniería Química. La determinación del número de créditos de cada una de las materias corresponderá a las Universidades respectivas. |
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