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ACCESO
AL SEGUNDO CICLO DE:
LICENCIADO
EN QUÍMICA
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Orden de 10 de diciembre de
1993 (BOE de 27 de diciembre de 1993)
por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer
ciclo y los complementos de formación para el acceso a las
enseñanzas conducentes a la obtención del titulo oficial
de Licenciado en Química.
Podrán acceder al segundo ciclo de los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Química quienes reunan los siguientes requisitos: 1.- Directamente, sin complementos de formación, los que cursen el primer ciclo de estos estudios. 2.- Quienes superen el primer ciclo del título de:
3.- Quienes superen el primer ciclo del título de:
4.- Quienes estando en posesión del título de:
La determinación del número de créditos de cada una de las materias corresponderá a las Universidades respectivas. |
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PLAZOS PARA EL ACCESO AL 2º CICLO DE LICENCIADO EN QUÍMICA
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(*) Para el alumnado de la Universidad de Alicante será suficiente la ficha del alumno/a debidamente sellada por el centro de origen. Y únicamente si son alumnos de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Alicante, no necesitarán el BOE |