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REAL DECRETO 1954/1994,
DE 30 DE SEPTIEMBRE, SOBRE HOMOLOGACION DE TITULOS A LOS DEL CATALOGO DE
TITULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES,CREADO POR EL REAL DECRETO 1497/1987,
DE 27 DE NOVIEMBRE.
BOE: 17-11-1994
Vigencia
Anexo:
Títulos Oficiales del Catálogo/ Títulos que se Homologan
Vigencia:
Anterior- Ref:de conformidad
con art. 28 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto (Ref..83/23432).
Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (Ref 87/27707), y Real
Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre (Ref. 87/27706). Cita
Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio (Ref.. 94/13272). Posterior-Ref:
se modifica el anexo, por Orden de 19 de julio de 1999 (Ref.1999/16209),
se modifica el anexo , por orden de 28 de agosto de 1998 (Ref.1998/21018).
Se añade en el anexo el Título indicado, por Orden de 29de
diciembre de 1997 (REF. 98/00322).
Se añade en el anexo
los títulos indicados por Orden de 6 de mayo de
1997 (Ref. 97/10406). se añade en el anexo los Títulos indicados,
por Orden de 29 de noviembre de 1995 (Ref. 95/26470). Corrección
de erratas en el BOE Num. 16, de 19 de enero de 1995 (Ref. 95/01368).
Notas:Entrada en vigor el
18 de noviembre de 1994.
Texto: En aplicación
de lo establecido en el artículo 28 de la Ley Orgánica 11/1983,
de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y en el Real Decreto 1497/1987,
de 27 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1267/1994, de 10 de
junio, sobre directrices generales comunes de los planes de estudio de
los títulos universitarios oficiales y con validez en todo el territorio
nacional, que creó el Catálogo de Títulos Universitarios
Oficiales, el Gobierno ha establecido numerosos títulos oficiales
y aprobado las correspondientes directrices generales propias de sus planes
de estudio, teniendo en cuenta, en su caso, los requisitos mínimos
de formación exigidos en las correspondientes Directivas comunitarias
y normas de incorporación de las mismas al ordenamiento jurídico
español.
Muchos de estos planes de
estudio, una vez homologados por el Consejo de Universidades, se han implantado
en las distintas Universidades sin precisar a cuáles de las actuales
enseñanzas, por su equivalencia con las renovadas, ha de aplicarse
la regla que sobre extinción progresiva de los mismos se recoge
en el artículo 11.3 del citado Real Decreto, lo que resulta especialmente
necesario en los casos de cambio de denominación de los títulos.
Por ello, resulta conveniente
determinar cuáles de los actuales títulos oficiales deben
quedar homologados a los recientemente establecidos por el Gobierno, no
sólo a los indicados efectos de la extinción progresiva de
sus planes de estudio, sino también para otorgar a aquéllos
los efectos propios de los correspondientes del indicado Catálogo,
de acuerdo con lo previsto en la disposición final primera del Real
Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición
y homologación de títulos universitarios, excluyendo el de
la denominación del título, ya que, como señala el
artículo 1.3 de dicho Real Decreto, la denominación de los
títulos establecidos por el Gobierno quedará reservada en
exclusiva para cada uno de ellos.
A tal efecto, se recoge en
el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales establecidos
hasta el momento por el Gobierno el cuadro de homologaciones a que hace
referencia el párrafo anterior, a la vista de sus equivalencias.
En los supuestos de títulos universitarios obtenidos con arreglo
a planes de estudio anteriores a los derivados de las correspondientes
directrices generales propias aprobadas por el Gobierno, la homologación
estará condicionada al cumplimiento de las normas contenidas en
las distintas Directivas comunitarias.
Al tiempo, y sin que ello
implique la extinción de los correspondientes planes de estudio,
se homologa el Diploma de Geodesia Militar, de la Escuela de Geodesia y
Cartografía del Servicio Geográfico del Ejército,
al título de Ingeniero en Geodesia y Cartografía, previo
el informe favorable del pleno del Consejo de Universidades.
Por último, teniendo
en cuenta la sentencias dictadas por los Tribunales de Justicia en relación
con diversos títulos de Ingenieros técnicos, en las que se
acuerda la necesidad de que en la denominación de los mismos se
incluya la rama, seguida de la especialidad que corresponda, en el presente
Real Decreto se incluyen las nuevas denominaciones de los títulos
afectados por las mencionadas sentencias que, por razones de homogeneidad,
se hacen extensivas a los restantes títulos de la misma naturaleza.
En su virtud, a propuesta
del Ministro de Educación y Ciencia, vista la propuesta del Consejo
de Universidades y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 30 de septiembre de 1994,
D I S P O N G O :
Artículo 1.
1. Los títulos universitarios
obtenidos o que se obtengan conforme a planes de estudios universitarios
establecidos con anterioridad a la fecha de implantación de los
nuevos planes, derivados de lo preceptuado en el artículo 28.1 de
la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,
quedan homologados a los que, en cada caso se indica, de los incluidos
en el Catálogo de los Títulos Universitarios Oficiales, cerrado
por la disposición adicional primera.1 del Real Decreto 1497/1987,
de 25 de noviembre, y que se contiene en el anexo. En el caso de títulos
universitarios que faculten para el acceso a profesiones cuyo ejercicio
en el ámbito de la Unión Europea esté regulado por
Directivas específicas comunitarias, la homologación estará
condicionada al cumplimiento de las mismas, que será verificado
por el Ministerio de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo
de Universidades.
2. Los efectos propios de
cada uno de los títulos incluidos en el indicado Catálogo
se atribuirán asimismo a los actuales títulos universitarios
homologados a ellos.
3. Los alumnos que concluyan
sus estudios con arreglo a los planes de estudios establecidos con anterioridad
a la fecha a que hace referencia el apartado 1 obtendrán los títulos
conforme a la legislación anterior y con los efectos que en ésta
se reconocían, sin perjuicio de lo indicado en el apartado 2.
Artículo 2.
A las enseñanzas conducentes
a la obtención del título de diplomado en Traducción
e Interpretación les será de aplicación, con efectos
del curso académico 1993-1994, las reglas sobre extinción
progresiva de las mismas a que hace referencia la disposición transitoria
primera.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.
Artículo 3.
Se homologa el Diploma de
Geodesia Militar, de la Escuela de Geodesia y Cartografía del Servicio
Geográfico del Ejército, que conservará su denominación,
al título de Ingeniero en Geodesia y Cartografía, sin que
ello implique la extinción de los correspondientes planes de estudio.
En todo caso, le será de aplicación lo dispuesto en el apartado
2 del artículo 1.
Artículo 4.
El establecimiento por el
Gobierno de nuevos títulos oficiales y con validez en todo el territorio
nacional, y la aprobación de sus correspondientes directrices generales
propias, conllevará su inclusión en el Catálogo de
Títulos Universitarios Oficiales, a que hace referencia el apartado
1 del artículo 1.
Disposición final
primera.
Se autoriza al Ministro de
Educación y Ciencia para dictar cuantas normas sean precisas para
la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto, así
como para incluir en el anexo, en su caso, y previa propuesta del Consejo
de Universidades, otros títulos que deban homologarse con los oficiales
del Catálogo.
Disposición final
segunda.
El presente Real Decreto
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 30 de septiembre
de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Educación
y Ciencia,
GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA
ANEXO
Catálogo de los Títulos
Universitarios Oficiales
(Disposición adicional
primera.1 del Real Decreto 1497/1987)
I. Ciencias
experimentales y de la salud
A) Licenciaturas
| Títulos
oficiales del Catálogo |
Títulos que se homologan
(artículo 1.1 del presente Real Decreto) |
- Licenciado en Biología |
- Licenciado en Ciencias:
* Sección Biológicas.
* Sección Ciencias
Naturales.
- Licenciado en Ciencias:
** División: Biología.
- Licenciado en Ciencias
Biológicas, en todas sus especialidades. |
| - Licenciado en Bioquímica |
|
| - Licenciado en Ciencia
y Tecnología de los Alimentos. |
|
| - Licenciado en Ciencias
del Mar. |
- Licenciado en Ciencias
del Mar. |
| - Licenciado en Farmacia. |
- Licenciado en Farmacia. |
| - Licenciado en Física. |
- Licenciado en Ciencias:
* Sección Físicas.
- Licenciado en Ciencias
Físicas, en todas sus especialidades. |
| - Licenciado en Geología. |
- Licenciado en Ciencias:
* Sección Geológicas.
- Licenciado en Ciencias
Geológicas, en todas sus especialidades. |
| - Licenciado en Matemáticas. |
- Licenciado en Ciencias:
* Sección Matemáticas.
- Licenciado en Ciencias
Matemáticas, en todas sus especialidades. |
| - Licenciado en Medicina. |
- Licenciado en Medicina
y Cirugía. |
| - Licenciado en Odontología. |
|
| - Licenciado en Química. |
- Licenciado en Ciencias:
* Sección Química.
- Licenciado en Ciencias
Químicas, en todas sus especialidades. |
| Licenciado en Veterinaria |
Licenciado en Veterinaria
en todas sus especialidades. |
-B) Diplomaturas:
| Diplomado en Enfermería |
Diplomado en Enfermería. |
| Diplomado en Estadística |
Diplomado en Estadística |
| Diplomado en Fisioterapia. |
Diplomado en Fisioterapia. |
| Diplomado en Logopedia |
|
| Diplomado en Optica y Optometría |
Diplomado en Optica. |
| Diplomado en Podologia. |
Diplomado en Podología. |
| Diplomado en Terapia Ocupacional. |
|
II. Ciencias
Sociales y Jurídicas
A) Licenciaturas:
| Licenciado en Administración
y Dirección de Empresas |
Licenciado en Ciencias Políticas,
Económicas y Comerciales:
* Sección de Económicas
y Comerciales.
- Licenciado en Ciencias
Económicas y Empresariales:
* Secciones de Ciencias Empresariales,
Empresariales y Economía de la Empresa. |
| Licenciado en Ciencias de
la Actividad Física y del Deporte |
Licenciado en Educación
Física. |
| Licenciado en Ciencias
Actuariales y Financieras |
Licenciado en Ciencias
Económicas y Empresariales:
* Sección Actuarial
y de la Empresa Financiera. |
| Licenciado en Ciencias Políticas
y de la Administración. |
Licenciado en Ciencias Políticas
y Económicas:
* Sección de Ciencias
Políticas.
- Licenciado en Ciencias
Políticas, Económicas y Comerciales:
* Sección Políticas.
- Licenciado en Ciencias
Politicas:
* Sección Políticas.
- Licenciado en Ciencias
Políticas y Sociología:
* Sección Ciencias
Políticas y de la Administración. |
| Licenciado en Comunicación
Audiovisual. |
Licenciado en Ciencias de
la Información:
* Especialidad Ciencias
de la Imagen Visual y Auditiva. |
| Licenciado en Derecho |
Licenciado en Derecho |
| Licenciado en Documentación |
|
| Licenciado en Economía. |
Licenciado en Ciencias Políticas
y Económicas:
* Sección Economía.
- Licenciado en Ciencias
Políticas, Económicas y Comerciales:
* Sección de Económicas
y Comerciales.
- Licenciado en Ciencias
Económicas y Empresariales:
* Secciones Economía,
Ciencias Económicas, Económicas y Economía General. |
| Licenciado en Investigación
y Técnicas de Mercado |
|
| Licenciado en Pedagogía |
Licenciado en Filosofía
y Ciencias de la Educación:
* Sección Pedagogía.
* Sección Ciencias
de la Educación, en todas sus especialidades.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filosofia
y Ciencias de la Educación.
* Sección Ciencias
de la Educación. |
| Licenciado en Periodismo |
Licenciado en Ciencias
de la Información:
* Especialidad Periodismo. |
| Licenciado en Psicología |
Licenciado en Filosofía
y Ciencias de la Educación:
* Sección Psicología,
en todas sus especialidades:
- Licenciado en Filosofia
y Letras:
** División Filosofía
y Ciencias de la Educación:
* Sección Psicología. |
| Licenciado en Psicopedagogía |
|
| Licenciado en Publicidad
y Relaciones Públicas |
Licenciado en Ciencias
de la Información:
* Especialidades Publicidad
Relaciones Públicas y de Publicidad. |
| Licenciado en Sociología. |
Licenciado en Ciencias Económicas
y Empresariales:
* Sección Economía
Política y Sociología.
- Licenciado en Ciencias
Políticas y Sociología:
* Sección Sociología |
B) Diplomaturas:
| Diplomado en Biblioteconomía
y Documentación |
Diplomado en Biblioteconomía
y Documentación |
| Diplomado en Ciencias Empresariales |
Diplomado en Estudios Empresariales.
- Diplomado en Ciencias
Empresariales. |
| Diplomado en Educación
Social. |
|
| Diplomado en Gestión
y Administración Pública |
|
| Maestro-Especialidad de
Audición y Lenguaje |
|
| Maestro-Especialidad de
Educación Especial |
Profesor de Educación
General Básica:
* Especialidad Educación
Especial. |
| Maestro-Especialidad
de Educación Infantil. |
Profesor de Educación
General Básica:
* Especialidad Educación
Preescolar. |
| Maestro-Especialidad de
Educación Musical |
|
| Maestro-Especialidad de
Educación Primaria |
Profesor de Educación
General Básica:
* Especialidades Ciencias;
Ciencias Humanas; Lengua Española e Idioma Moderno; Filología;
y Filología Vasca. |
| Maestro-Especialidad de
Lengua Extranjera |
Profesor de Educación
General Básica:
* Especialidad en Lengua
Española e Idioma Moderno. |
| Maestro-Especialidad de
Educación Física |
Profesor de Educación
General Básica:
* Especialidad de Educación
Física. |
| Diplomado en Relaciones
Laborales. |
Graduado Social Diplomado. |
| Diplomado en Trabajo Social |
Diplomado en Trabajo Social |
III. Enseñanzas
Técnicas
A) Ingenierías:
| Arquitecto |
Arquitecto |
| Ingeniero Agrónomo |
Ingeniero Agrónomo,
en todas sus especialidades. |
| Ingeniero Aeronáutico |
Ingeniero Aeronáutico |
| Ingeniero en Automática
y Electrónica Industrial. |
|
| Ingeniero de Caminos, Canales
y Puertos |
Ingeniero de Caminos, Canales
y Puertos en
todas sus especialidades. |
| Ingeniero en Electrónica. |
|
| Ingeniero en Geodesia y
Cartografía |
|
| Ingeniero Industrial. |
Ingeniero Industrial en
todas sus especialidades. |
| Ingeniero en Informática |
Licenciado en Informática
en todas sus especialidades. |
| Ingeniero de Materiales. |
|
| Ingeniero de Minas |
Ingeniero de Minas en todas
sus especialidades. |
| Ingeniero de Montes |
Ingeniero de Montes en todas
sus specialidades. |
| Ingeniero Naval y Oceánico |
Ingeniero Naval en todas
sus especialidades |
| Ingeniero en Organización
Industrial |
|
| Ingeniero Químico |
Ingeniero Industrial, especialidad
Química. |
| Ingeniero de Telecomunicación |
Ingeniero de Telecomunicación
en todas sus especialidades. |
B) Ingenierías
Técnicas:
| Arquitecto Técnico |
Arquitecto Técnico
Arquitecto Técnico
en Ejecución de Obras. |
| Ingeniero Técnico
Aeronáutico, especialidad en Aeromotores |
Ingeniero Técnico
Aeronáutico:
* Especialidad en Aeromotores.
Ingeniero Técnico
en Aeromotores. |
| Ingeniero Técnico
Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación. |
Ingeniero Técnico
Aeronáutico:
* Especialidad en Ayudas
a la Aeronavegación.
* Especialidad en Navegación
y Circulación Aérea.
- Ingeniero Técnico
en Ayudas a la Aeronavegación.
- Ingeniero Técnico
en Navegación y Circulación Aérea. |
| Ingeniero Técnico
Aeronáutico, especialidad en Aeronaves |
Ingeniero Técnico
Aeronáutico:
* Especialidad en Aeronaves.
- Ingeniero Técnico
en Aeronaves. |
| Ingeniero Técnico
Aeronáutico, especialidad en Aeropuertos |
Ingeniero Técnico
Aeronáutico:
* Especialidad en Aeropuertos.
* Especialidad en Aeropuertos
y Transporte Aéreo.
- |
| Ingeniero Técnico
Aeronáutico, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales |
Ingeniero Técnico en Aeropuertos.
- Ingeniero Técnico
en Aeropuertos y Transporte Aéreo
Ingeniero Técnico
Aeronáutico:
* Especialidad en Materiales
Aeronáuticos y Armamento Aéreo.
- Ingeniero Técnico
en Materiales Aeronáuticos y Armamento Aéreo. |
| Ingeniero Técnico
Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias. |
Ingeniero Técnico
Agrícola:
* Especialidad en Explotaciones
Agropecuarias.
- Ingeniero Técnico
en Explotaciones Agropecuarias. |
| Ingeniero Técnico
Agrícola, especialidad en Hortofruticultura y Jardinería |
Ingeniero Técnico
Agrícola:
* Especialidad en Hortofruticultura
y Jardinería.
- Ingeniero Técnico
en Hortofruticultura y Jardinería. |
| Ingeniero Técnico
Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias |
Ingeniero Técnico
Agrícola:
* Especialidad en Industrias
Agrícolas.
- Ingeniero Técnico
en Industrias Agrícolas. |
| Ingeniero Técnico
Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales. |
Ingeniero Técnico
Agrícola:
* Especialidad en Mecanización
Agraria y Construcciones Rurales.
- Ingeniero Técnico
en Mecanización Agraria y Construcciones Rurales. |
| Ingeniero Técnico
en Diseño Industrial |
|
| Ingeniero Técnico
Forestal, especialidad en Explotaciones Forestales |
Ingeniero Técnico
Forestal:
* Especialidad en Explotaciones
Forestales.
- Ingeniero Técnico
en Explotaciones Forestales. |
| Ingeniero Técnico
Forestal, especialidad en Industrias Forestales |
Ingeniero Técnico
Forestal:
* Especialidad en Industrias
de los Productos Forestales.
* Especialidad en Industria
Papelera.
- Ingeniero Técnico
en Industrias de los productos Forestales.
- Ingeniero Técnico
en Industria Papelera. |
| Ingeniero Técnico
Industrial, especialidad en Electricidad |
Ingeniero Técnico
Industrial:
* Especialidad en Electricidad.
- Ingeniero Técnico
en Electricidad. |
| Ingeniero Técnico
Industrial, especialidad en Electrónica Industrial |
Ingeniero Técnico
Industrial:
* Especialidad en Electricidad
(Electrónica Industrial). |
| - Ingeniero Técnico
Industrial, especialidad en Mecánica |
Ingeniero Técnico
Industrial:
* Especialidad en Mecánica.
- Ingeniero Técnico
en Mecánica |
| Ingeniero Técnico
Industrial, especialidad en Química Industrial |
Ingeniero Técnico
Industrial:
* Especialidad en Química
Industrial.
- Ingeniero Técnico
en Química Industrial. |
| Ingeniero Técnico
Industrial, especialidad Textil |
Ingeniero Técnico
Industrial:
* Especialidad Textil.
* Especialidad en Tejidos
de Punto.
- Ingeniero Técnico
Textil.
- Ingeniero Técnico
en Tejidos de Punto. |
| Ingeniero Técnico
en Informática de Gestión |
Diplomado en Informática. |
| Ingeniero Técnico
en Informática de Sistemas |
Diplomado en Informática. |
| Ingeniero Técnico
de Minas, especialidad en Explotación de Minas |
Ingeniero Técnico
de Minas:
* Especialidad en Explotación
de Minas.
- Ingeniero Técnico
en Explotación de Minas. |
| Ingeniero Técnico
de Minas, especialidad en Instalaciones Electromecánicas Mineras |
Ingeniero Técnico
de Minas.
* Especialidad en Instalaciones
Electromecánicas Mineras.
- Ingeniero Técnico
en Instalaciones Electromecánicas Mineras |
| Ingeniero Técnico
de Minas, especialidad en Mineralurgia y Metalurgia |
Ingeniero Técnico
de Minas:
* Especialidad en Metalurgia.
* Especialidad en Cementos
y Mineralurgia.
- Ingeniero Técnico
en Metalurgia.
- Ingeniero Técnico
en Cementos y Mineralurgia. |
| Ingeniero Técnico
de Minas, especialidad en Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos |
- Ingeniero Técnico
de Minas:
* Especialidad en Instalaciones
de Combustibles y Explosivos.
* Especialidad en Laboreo
y Explosivos.
* Especialidad en Combustibles
y Energía.
- Ingeniero Técnico
en Instalaciones de Combustibles y Explosivos.
- Ingeniero Técnico
en Laboreo y Explosivos.
- Ingeniero Técnico
en Combustibles y Energía. |
| Ingeniero Técnico
de Minas, especialidad en Sondeos y Prospecciones Mineras |
Ingeniero Técnico
de Minas:
* Especialidad en Sondeos
y Prospecciones Mineras.
- Ingeniero Técnico
en Sondeos y Prospecciones Mineras |
| Ingeniero Técnico
Naval, especialidad en Estructuras Marinas |
- Ingeniero Técnico
Naval:
* Especialidad en Estructuras
del Buque.
- Ingeniero Técnico
en Estructuras del Buque. |
| Ingeniero Técnico
Naval, especialidad en Propulsión y Servicios del Buque |
Ingeniero Técnico
Naval:
* Especialidad en Servicios
del Buque.
Especialidad en Monturas
a Flote.
* Especialidad en Armamento
del Buque.
- Ingeniero Técnico
en Servicios del Buque.
- Ingeniero Técnico
en Monturas a Flote.
- Ingeniero Técnico
en Armamento del Buque. |
| Ingeniero Técnico
de Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles. |
Ingeniero Técnico
de Obras Públicas:
* Especialidad en Construcciones
Civiles.
- Ingeniero Técnico
en Construcciones Civiles. |
| Ingeniero Técnico
de Obras Públicas, especialidad en Hidrología |
Ingeniero Técnico
de Obras Públicas:
* Especialidad en Hidrología.
- Ingeniero Técnico
en Hidrología. |
| Ingeniero Técnico
en Obras Públicas, especialidad en Transportes y Servicios Urbanos |
- Ingeniero Técnico
de Obras Públicas:
* Especialidad en Tráfico
y Servicios Urbanos.
* Especialidad en Vías
de Comunicación y Transportes.
- Ingeniero Técnico
en Tráfico y Servicios Urbanos.
- Ingeniero Técnico
en Vías de Comunicación y Transportes |
| Ingeniero Técnico
de Telecomunicación, especialidad en Sistemas Electrónicos. |
- Ingeniero Técnico
de Telecomunicación:
* Especialidad en Equipos
Electrónicos.
- Ingeniero Técnico
en Equipos Electrónicos. |
| Ingeniero Técnico
de Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación |
Ingeniero Técnico
de Telecomunicación:
* Especialidad en Telefonía
y Transmisión de Datos.
* Especialidad en Radiocomunicación.
* Especialidad en Instalaciones
Telegráficas y Telefónicas.
- Ingeniero Técnico
en Telefonía y Transmisión de Datos.
- Ingeniero Técnico
en Radiocomunicación.
- Ingeniero Técnico
en Instalaciones Telegráficas y Telefónicas. |
| Ingeniero Técnico
de Telecomunicación, especialidad en Sonido e Imagen |
Ingeniero Técnico
de Telecomunicación:
* Especialidad de Sonido.
* Especialidad de Sonido
e Imagen.
- Ingeniero Técnico
de Sonido.
- Ingeniero Técnico
de Sonido e Imagen. |
| Ingeniero Técnico
de Telecomunicación, especialidad en Telemática |
|
| - Ingeniero Técnico
en Topografía |
Ingeniero Técnico
en Topografía. |
|
|
C) Licenciaturas:
| Licenciado en Máquinas
Navales |
Licenciado de la Marina
Civil:
* Sección Máquinas
Navales. |
| Licenciado en Náutica
y Transporte Marítimo |
Licenciado de la Marina
Civil:
* Sección Náutica |
| Licenciado en Radioelectrónica
Naval |
Licenciado de la Marina
Civil:
* Sección de Radioelectrónica
Naval. |
-D) Diplomaturas:
| Diplomado en Máquinas
Navales |
Diplomado de la Marina
Civil:
* Sección Máquinas
Navales. |
| Diplomado en Navegación
Marítima |
Diplomado de la Marina
Civil:
* Sección Náutica. |
| Diplomado en Radioelectrónica
Naval |
Diplomado de la Marina Civil:
* Sección Radioelectrónica
Naval. |
IV. Humanidades
A) Licenciaturas:
| Licenciado en Antropología
Social y Cultural. |
|
| Licenciado en Bellas Artes. |
Licenciado en Bellas Artes,
en todas sus especialidades. |
| - Licenciado en Filología
Alemana |
- Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Moderna: Especialidad Alemana.
* Sección Filología
Germánica, en todas sus especialidades.
* Sección Filología
Anglogermánica.
* Sección Filología
Germánica (Alemán).
- Licenciado en Filosofia
y Letras:
* Sección Filología
Germánica.
** División Filología:
* Sección Filología
Anglogermánica. |
| Licenciado en Filología
Arabe |
Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Semítica: Especialidades Común, Arabe e Islam y Arabo-islámica.
- Licenciado en Filosofia
y Letras:
** División Filología:
* Sección Filología
Semítica: Especialidad Arabo-islámica.
** División Filología:
* Sección Filología
Arabe e Islámica. |
| Licenciado en Filología
Catalana |
Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Catalana, en todas sus especialidades.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filología:
* Sección Filología
Catalana. |
| Licenciado en Filología
Clásica |
- Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Clásica, en todas sus especialidades.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Sección Filología
Clásica.
** División Filología:
* Sección Filología
Clásica.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Sección de Filología
Bíblica Trilingüe.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División de Filología:
* Sección de Filología
Bíblica Trilingüe. |
| Licenciado en Filología
Eslava. |
|
| Licenciado en Filología
Francesa |
- Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Románica (Francés).
* Sección Filología
Moderna: Especialidad Francesa.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Sección Filología
Francesa.
** División Filología:
* Sección Filología
Románica (Francés).
** División Filología:
* Sección Filología
Moderna: Especialidad Francés.
** División Filología:
* Sección Filología
Francesa. |
| Licenciado en Filología
Gallega |
Licenciado en Filologia
Hispánica
*Especialidad Gallego-Portugués |
| Licenciado en Filología
Hebrea. |
Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Semítica: Especialidades Común, Hebreo y Arameo y Hebraico-bíblica.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filología:
* Sección Filología
Semítica: Especialidad Hebraico-bíblica.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Sección Filología
Bíblica Trilingüe.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filología:
* Sección Filología
Bíblica Trilingüe. |
| Licenciado en Filología
Hispánica. |
Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Hispánica, en todas sus especialidades.
* Sección Filología
Románica (Español).
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filología:
* Sección Filología
Hispánica, en todas sus especialidades.
* Sección Filología
Hispánica.
** División Filología:
* Sección Filología
Románica (Español e Hispánica).
** División Filología:
* Sección Filología
Española. |
| Licenciado en Filología
Inglesa. |
- Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Moderna: Especialidad Inglesa.
* Sección Anglogermánica.
* Sección Anglogermánica
(Inglés).
* Sección Filología
Germánica (Inglés).
Especialidad Inglesa
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Sección Filología
Inglesa.
** División Filología:
* Sección Filología
Anglogermánica.
** División Filología:
* Sección Filologia
Anglogermánica (Inglés).
** División Filología:
* Sección Filología
Germánica (Inglés).
** División Filología:
* Sección Filología
Moderna: Especialidad Inglés.
** División Filología:
* Sección Filología
Inglesa. |
| Licenciado en Filología
Italiana |
Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Románica (Italiana).
* Sección Filología
Moderna: Especialidad Italiana.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filología:
* Sección Filología
Románica (Italiano). |
| - Licenciado en Filología
Portuguesa. |
Licenciado en Filología:
* Especialidad Gallego-Portugués |
| Licenciado en Filología
Románica |
Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filología:
* Sección Filología
Románica, en todas sus especialidades.
- Licenciado en Filología:
* Sección Filología
Románica, en todas sus especialidades. |
| Licenciado en Filología
Vasca. |
Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Sección Filología
Vasca.
** División Filología:
* Sección Filología
Vasca. |
| Licenciado en Filosofía |
Licenciado en Filosofía
y Ciencias de la Educación:
* Sección Filosofía,
en todas sus especialidades.
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Filosofía
y Ciencias de la Educación:
* Sección Filosofía. |
| Licenciado en Geografía |
Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Geografía
e Historia:
* Sección Geografía.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Geografía
e Historia.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Geografía
e Historia (Geografía).
- Licenciado en Geografía
e Historia:
* Sección Geografía,
en todas sus especialidades.
* Sección Geografía
e Historia (Geografía). |
| Licenciado en Historia. |
Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Secciones Historia Antigua,
Historia Medieval e Historia Moderna y Contemporánea.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Geografía
e Historia.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Geografía
Historia (Historia).
** División Geografía
e Historia:
* Sección Historia,
en todas sus especialidades.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Historia
Antigua y Medieval.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Historia
Moderna y Contemporánea.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Historia
de América.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Historia
de España.
- Licenciado en Geografía
e Historia:
* Seccion Geografía
e Historia (Historia).
* Sección Historia,
en todas sus especialidades.
* Sección Historia
de América.
* Sección Historia
de América: Especialidad Historia de América.
* Sección Historia
Antigua y Medieval.
* Sección Historia
Antigua.
* Sección Historia
Medieval.
* Sección Historia
General.
*Sección de Geografía
e Historia
* Secciones de Antropología
Cultural, de Geografía e Historia y de Prehistoria y Arqueolo-
gía |
| Licenciado en Historia del
Arte |
Licenciado en Filosofía
y Letras:
** División Geografía
e Historia:
* Sección Historia
del Arte, en todas sus especialidades.
** División Geografía
e Historia:
* Sección Arte, en
todas sus especialidades |
| Licenciado en Historia y
Ciencias de la Música |
- Licenciado en Geografía
e Historia:
*Especialidad Musicología
* Sección Historia
del Arte: Especialidad Musicología
*Especialidad Musicología.
*Sección Historia
del Arte: Especialidad Musicología
- Licenciado en Filosofía
y Letras:
* Especialidad Musiclogía
- Licenciado en Geografía
e Historia:
*Sección Historia
del Arte, en todas sus especialidades.
*Sección Arte. |
| Licenciado en Humanidades |
|
| Licenciado en Lingüística |
|
| Licenciado en Teoría
de la Literatura y Literatura Comparada. |
|
| Licenciado en Traducción
e Interpretación |
|
|