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NORMATIVA UNIVERSITARIA 

Ley Orgánica 11/1983, de 25 de Agosto, de Reforma Universitaria.

Disposición Derogatoria.

  1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Ley.
  2. Las disposiciones que, cualquiera que fuese su rango, regulen las materias objeto de la presente Ley y no se opongan a la misma, continuarán en vigor como normas de carácter reglamentario.
  3. Las disposiciones que desarrollen la presente Ley derogarán, de manera expresa, las normas a que se refiere el apartado anterior.
  4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, la Ley de medidas urgentes en materia de órganos de gobierno de las Universidades continuará siendo de aplicación hasta la entrada en vigor de los correspondientes Estatutos.
 
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Última actualización: 14-Septiembre-1998
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