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Los Derechos de Autor y el Repositorio de la Universidad de Alicante (RUA):
Preguntas Frecuentes
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¿Puedo depositar un documento que ya ha sido publicado en una revista, se ha presentado en un congreso, etc. (post-print)?
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¿Qué puedo hacer si he firmado un contrato que no me permite depositar un documento ya publicado (post-print)?
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¿Puedo depositar un documento que pretendo publicar en un futuro (pre-print)?
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¿Puedo depositar un documento que no se publicará en un futuro? -
¿Qué ocurre si el documento que quiero depositar tiene más de un autor?
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¿Qué condiciones generales se han de aceptar para depositar documentos?
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¿Cómo puedo proteger mi obra de usos indebidos (plagio, reproducción para fines comerciales, etc.) si está en acceso abierto?
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¿Qué tipo de licencia puedo escoger?
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¿Qué puedo hacer si alguien no respeta los términos que se establecen en la licencia que he adjuntado a mi obra?
1. ¿Puedo depositar un documento que ya ha sido publicado en una revista, se ha presentado en un congreso, etc. (post-print)? |
El autor tiene todo el derecho moral y de explotación y por tanto puede
depositar el documento, a menos que haya cedido en exclusiva a una
tercera persona el derecho de explotación de la obra (por ejemplo, a un
editor de revista). En general, cuando se publica en una revista, se
transfiere el derecho de reproducción y distribución al editor. Sin
embargo, la mayoría de editores comerciales internacionales permiten el
auto-archivo en depósitos digitales con posibles limitaciones (por
ejemplo, no se permite colgar la versión en pdf definitiva).
Si el autor ha transferido algún derecho de explotación (reproducción,
distribución o comunicación pública) en exclusiva a una tercera
persona, el autor no puede colgar el documento en el depósito sin
permiso del editor.
En caso de que el autor desconozca en qué condiciones ha transferido sus derechos de explotación, puede consultar:
- La hoja de aceptación de las normas de publicación o la hoja de cesión de derechos, en el caso de revistas o congresos.
- El contrato de edición en el caso de monografías
Si no dispone de esta información, puede consultar en Internet la base de datos SHERPA (www.sherpa.ac.uk/romeo.php), donde se han analizado las políticas de derechos de autor de los principales editores comerciales científico-técnicos.
En cualquier caso, los
administradores de RUA, antes de hacer accesible su documento,
comprobarán que el mismo puede ser depositado en acceso abierto en el
repositorio de la UA.
Para resolver cualquier duda al respecto, puede ponerse en contacto con nosotros.
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2. ¿Qué puedo hacer si he firmado un contrato que no me permite depositar un documento ya publicado (post-print)? |
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El autor puede pedir permiso al editor de su trabajo y que éste último
se lo conceda expresamente y por escrito. En el caso de no obtener este
permiso, de manera alternativa se podría depositar el borrador
(pre-print) sin la inclusión de las modificaciones propuestas por el
comité de revisión.
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3. ¿Puedo depositar un documento que pretendo publicar en un futuro (pre-print)? |
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Si la obra no ha sido publicada lo puede hacer sin ningún tipo de
problema. Cabe considerar, sin embargo, la posibilidad de que la
política de la publicación en la que quiera editar su trabajo en un
futuro, sólo acepte trabajos no difundidos con anterioridad.
Igualmente es importante tener en cuenta que en caso que se tenga
previsto solicitar una patente en el futuro, cualquier divulgación
previa de la invención o publicación que la describa, puede afectar a
la novedad y a la validez de la patente solicitada. Por tanto, en este
caso es preferible no hacer difusión de la obra.
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4. ¿Puedo depositar un documento que no se publicará en un futuro? |
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Algunas tipologías de documentos no llegan a publicarse debido a su
naturaleza (por ejemplo, documentos de trabajo, algunos materiales
docentes, etc.). En estos casos el autor tiene todos los derechos
morales y de explotación y por tanto puede depositarlos sin ninguna
restricción.
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5. ¿Qué ocurre si el documento que quiero depositar tiene más de un autor? |
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Dependerá si la obra se puede calificar como 'obra en colaboración' o si la calificamos como 'obra colectiva'.
La obra en colaboración sería
aquella cuya autoría correspondería a todos los autores al ser fruto de
su trabajo conjunto. En este caso, se requiere el consentimiento de
todos ellos para su divulgación.
Por el contrario, la obra
colectiva es aquella en la que, aunque participan diversos autores, hay
un sujeto (persona física o jurídica) que toma la iniciativa y la
coordinación de dicha obra. En estos casos, la autoría correspondería a
dicha persona (salvo pacto en contrario) y sería suficiente con su
consentimiento para poder divulgarla.
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6. ¿Qué condiciones generales se han de aceptar para depositar documentos? |
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Los autores o coautores deben conceder a la Universidad de Alicante una licencia no exclusiva para mantener y hacer accesibles sus documentos en formato digital en el Repositorio de la Universidad de Alicante (RUA).
Con la concesión de esta licencia no exclusiva, los docentes e investigadores continúan reteniendo todos sus derechos de autor
y, por lo tanto, pueden hacer uso del trabajo depositado como estimen
oportuno (publicarlo en medios comerciales, depositarlo en otros
repositorios, etc.).
“Licencia de Distribución No Exclusiva
Para que el Repositorio de la Universidad de Alicante pueda
reproducir y comunicar públicamente su documento es necesario la
aceptación de los siguientes términos. Por favor, lea las siguientes
condiciones de licencia:
- Aceptando esta licencia, usted (el
autor/es o el propietario/s de los derechos de autor) garantiza a la
Universidad de Alicante el derecho no exclusivo de archivar,
reproducir, convertir (como se define más abajo), comunicar y/o
distribuir su documento mundialmente en formato electrónico.
- También está de acuerdo
con que la Universidad de Alicante pueda conservar más de una copia de
este documento y, sin alterar su contenido, convertirlo a cualquier
formato de fichero, medio o soporte, para propósitos de seguridad,
preservación y acceso.
- Declara que el documento
es un trabajo original suyo y/o que tiene el derecho para otorgar los
derechos contenidos en esta licencia. También declara que su documento
no infringe, en tanto en cuanto le sea posible saber, los derechos de
autor de ninguna otra persona o entidad.
- Si el documento contiene
materiales de los cuales no tiene los derechos de autor, declara que ha
obtenido el permiso sin restricción del propietario de los derechos de
autor para otorgar a la Universidad de Alicante los derechos requeridos
por esta licencia, y que ese material cuyos derechos son de terceros
está claramente identificado y reconocido en el texto o contenido del
documento entregado.
- Si el documento se basa en
una obra que ha sido patrocinada o apoyada por una agencia u
organización diferente de la Universidad de Alicante, se presupone que
se ha cumplido con cualquier derecho de revisión u otras obligaciones
requeridas por este contrato o acuerdo.
- La Universidad de Alicante
identificará claramente su/s nombre/s como el/los autor/es o
propietario/s de los derechos del documento, y no hará ninguna
alteración de su documento diferente a las permitidas en esta licencia.
Si estas condiciones no son aceptadas por el autor, no es posible depositar ningún documento.
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7.
¿Cómo puedo proteger mi obra de usos indebidos (plagio, reproducción
para fines comerciales, etc.) si está en acceso abierto? |
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Para poder proteger su obra de usos indebidos, el autor puede adquirir una licencia Creative Commons.
Creative Commons es una organización internacional sin ánimo de lucro
que ofrece un sistema flexible de derechos de autor para el trabajo
creativo.
Creative Commons ofrece un abanico de licencias que abarcan desde el
tradicional sistema de derechos de autor hasta el dominio público. Con
las licencias Creative Commons el autor autoriza el uso de su obra,
pero la obra continúa estando protegida.
El sistema funciona de la siguiente forma: el autor que crea una obra y
quiere explotarla a través de Internet escoge una de las licencias
Creative Commons y, cuando cuelga su obra en Internet, la identifica
con el símbolo Creative Commons y le adjunta la licencia de uso. Así,
cuando los usuarios accedan al documento podrán identificar fácilmente
cuales son las condiciones que el autor ha establecido para el uso de
la obra.
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8. ¿Qué tipo de licencia puedo escoger? |
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Existen seis modelos diferentes de licencia:
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Reconocimiento: el autor permite copiar, reproducir,
distribuir, comunicar públicamente la obra, realizar obras derivadas
(traducción, adaptación, etc.) y hacer de ella un uso comercial,
siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. |
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Reconocimiento – Sin obra derivada: el autor permite copiar,
reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra y hacer de ella
un uso comercial, siempre y cuando se cite y reconozca al autor
original. No se permite, sin embargo, generar una obra derivada de la
misma. |
 
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Reconocimiento – No comercial - Sin obra derivada: el autor
permite copiar, reproducir, distribuir y comunicar públicamente la
obra, siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se
permite, sin embargo, generar una obra derivada de la misma ni
utilizarla con finalidades comerciales. |
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Reconocimiento – No comercial: el autor permite copiar,
reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra y generar obras
derivadas, siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No
se permite, sin embargo, utilizar la obra con fines comerciales. |
 
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Reconocimiento – No comercial – Compartir igual: además de
los permisos de la licencia anterior, se posibilita la distribución de
las obras derivadas, pero única y exclusivamente con una licencia del
mismo tipo que esta. |
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Reconocimiento – Compartir igual: el autor permite copiar,
reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, realizar obras
derivadas y hacer de ella un uso comercial, siempre y cuando se cite y
reconozca al autor original. Además de estos permisos, se posibilita la
distribución de las obras derivadas, pero única y exclusivamente con
una licencia del mismo tipo que esta. |
Todas las licencias Creative Commons obligan al reconocimiento del
autor de la obra y, si el autor quiere, también deberá indicarse la
fuente (por ejemplo, institución, publicación o revista) donde se ha
publicado.
Así mismo, es importante tener en cuenta que las licencias Creative
Commons son de carácter gratuito y que, por tanto, la mejor manera de
asegurar la remuneración del autor es excluyendo los usos comerciales y
las obras derivadas (es decir, la licencia de Reconocimiento – No comercial – Sin obra derivada).
Estas licencias se establecen a perpetuidad, es decir, toda la duración
de la protección de la obra. El autor se reserva el derecho, en
cualquier momento, de explotar la obra con otra licencia (sea Creative
Commons o no), o, incluso, de retirarla, pero la licencia previamente
otorgada continuará vigente. Las licencias Creative Commons no tienen
carácter de exclusiva, por tanto el autor puede otorgar otras licencias
sobre la misma obra con condiciones diferentes, pero las subsiguiente
licencias sólo se podrán otorgar en régimen de no exclusividad.
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9. ¿Qué puedo hacer si alguien no respeta los términos que se establecen en la licencia que he adjuntado a mi obra? |
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Cuando un usuario decide utilizar una obra con una licencia Creative
Commons, se convierte en licenciatario y se compromete a aceptar y
respetar las condiciones de la licencia establecida por el autor.
En el caso de incumplimiento o infracción de una licencia Creative
Commons, el autor, como con cualquier otra obra y licencia, habrá de
recurrir a los tribunales. Cuando se trate de una infracción directa
(por un usuario de la licencia Creative Commons), el autor le podrá
demandar tanto por infracción de la propiedad intelectual como por
incumplimiento contractual (ya que la licencia crea un vínculo directo
entre autor y usuario/licenciatario).
El derecho moral de integridad recogido por la legislación española
queda protegido aunque no aparezca en las licencias Creative Commons.
Estas licencias no sustituyen ni reducen los derechos que la ley
confiere al autor; por tanto, el autor podría demandar a un usuario
que, con cualquier licencia Creative Commons, hubiera modificado o
mutilado su obra causando un perjuicio a su reputación o sus intereses.
Por descontado, la decisión de cuándo ha habido mutilación y de cuándo
la mutilación perjudica la reputación o los intereses del autor
quedaría en manos de cada Juez o Tribunal.
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