ÓRGANOS DE INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN

. Consejo de instituto universitario de investigación
. Director
. Subdirector y secretario

. Consejo de instituto universitario de investigación

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Relación de órganos de institutos universitarios de investigación
Composición
(art. 96 EUA)
El consejo de instituto universitario de investigación estará integrado por:
a- todos los miembros doctores adscritos.
b- un representante del personal de administración y servicios destinado en el centro.
c- un representante de los becarios de investigación adscritos.
d- un representante del alumnado matriculado en las enseñanzas de posgrado que, en su caso, imparta el instituto.
Competencias
(art. 96 EUA)
Corresponden al consejo las mismas competencias atribuidas por el EUA al consejo de departamento, con las adaptaciones que se requieran en virtud de la naturaleza de los institutos universitarios de investigación.


. Director

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Relación de órganos de institutos universitarios de investigación
Competencias
(art. 97 EUA)
Serán de aplicación al director de instituto universitario de investigación las previsiones que se señalan en el artículo 94 del EUA para el director de departamento.


. Subdirector y secretario

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Relación de órganos de institutos universitarios de investigación
Competencias
(art. 98 EUA)
El subdirector y el secretario asumen análogas funciones a las previstas en el EUA para los respectivos cargos de departamentos.