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CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE Y EL AYUNTAMIENTO DE COCENTAINA CON LA FINALIDAD DE COLABORACIÓN CULTURAL Y ASISTENCIA MUTUA
(APROBADO POR JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 18/12/1995)

Reunidos

De una parte el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Cocentaina, D. José Marset Jordá, asistido por la Sra. Secretaria Acctal. de la Corporación, Dª Mª Milagros García Navarro, a los solos efectos de prestarle el asesoramiento previsto en las disposiciones legales vigentes.

Y de otra parte, el Exmo. Y Magfco. Sr. Rector de la Universidad de Alicante, D. Andrés Pedreño Muñoz.

El primero actúa en representación del Ilmo. Ayuntamiento de Cocentaina, en virtud del acuerdo plenario, de fecha según certificado que se adjunta, y el segundo en su nombre y representación de la Universidad de Alicante.

Formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes cláusulas:

Cláusulas

Primera.- Este Convenio reviste carácter de acuerdo marco de colaboración cultural y asistencia mútua entre la Universidad de Alicante y el Ilmo. Ayuntamiento de Cocentaina.

Segunda.- El presente Convenio será desarrollado posteriormente en sus aspectos concretos y específicos mediante convenios singularizados.

Tercera.- Tanto en este Convenio, como en los que posteriormente puedan desarrollarse, se tendrá en cuenta los siguientes principios.

1º.- La Universidad y el Ayuntamiento se comprometen a:

  1. La realización conjunta de actividades culturales y al asesoramiento de la Universidad en materia cultural.
  2. La colaboración y asistencia técnica en el campo de la informática, con posibilidad de acceso a los medios que disponen ambas instituciones.
  3. El acceso a los fondos bibliográficos y de documentación de ambas instituciones.
  4. El establecimiento de convenios sobre prestaciones de servicios de interés mútuo o general del Municipio.
  5. La suscripción de contratos de investigación entre departamentos e instituciones universitarias y el Ayuntamiento.
  6. La elaboración de dictámenes técnicos por parte de los departamentos universitarios, a petición del Ayuntamiento.
  7. La utilización del Palacio Condal para fines de extensión cultural y sede de la Universidad de Alicante, en el que se llevarán a cabo, previa las tareas precisas de rehabilitación y adaptación del edificio, congresos, cursos especiales, reuniones científicas, exposiciones, actos solemnes y cuantas iniciativas decidan efectuar el Ayuntamiento de Cocentaina bajo el patrocinio de la Universidad de Alicante. Para llevar a cabo estas tareas se desarrollará un convenio específico en los tres próximos meses.
2º.- Para la aplicación del Convenio se creará una Comisión Mixta de la que formarán parte tres representantes por cada una de las partes.

3º.- El presente Convenio entrará en vigor, a todos los efectos establecidos, desde el dia de su firma, para ambas partes, y su duración será indefinida.

En estas condiciones queda formalizado el presente Convenio que, aprobado por los comparecientes, previa su lectura, firman por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.
 
 

 

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Última actualización: 25-09-2002 
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