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Cataluña exigirá el catalán a los nuevos profesores universitarios
Visitantes y eméritos quedan eximidos y los campus podrán hacer excepciones
SEBASTIÁN TOBARRA - Barcelona - 08/02/2010
Tener el nivel C de catalán será obligatorio para los
nuevos profesores en el momento de acceder a un puesto estable en las
universidades catalanas o, en algunos casos, cuando su contrato
temporal supere el plazo de dos años. Esta exigencia consta en
un proyecto de decreto que prepara la Generalitat de Cataluña.
El borrador se está debatiendo con las universidades. A
éstas se les dejarán algunos márgenes de maniobra
para que puedan decidir algunas excepciones. La Generalitat quiere
tener aprobada la norma en dos o tres meses.
Quedarán exentos del requisito de acreditar el nivel C de
catalán -un nivel medio-alto- los actuales profesores que
obtuvieron su plaza a través de "concursos de selección y
acceso de profesorado funcionario y contratado que ya estén
convocados a la entrada en vigor de este decreto", dice el proyecto. Es
decir, los profesores fijos que ya tienen plaza quedarían
eximidos. También quedarían exentos "los profesores
eméritos, los visitantes y los que desarrollen una actividad
académica honoraria".
No es la primera vez que el Departamento de Universidades de la
Generalitat, dirigido por Josep Huguet, de Esquerra Republicana, hace
una propuesta con la exigencia del catalán para los profesores
universitarios. Pero es la primera vez que lo hace con un borrador de
decreto. En junio de 2008 ya hubo un acuerdo sobre la exigencia del
nivel C de catalán en el órgano que reúne a los
rectores y a la Generalitat, el Consejo Interuniversitario de
Cataluña (CIC). Pero el asunto no pasó de ahí.
La Generalitat dice que la base legal del decreto que prepara se apoya
en el Estatuto catalán y en la Ley de Universidades de
Cataluña, referida esta última a "la obligación de
los profesores universitarios de conocer suficientemente las dos
lenguas oficiales". Y también en la Ley de Política
Lingüística, que dice que el estudiante "tiene derecho a
expresarse en la lengua oficial que prefiera".
Éstos son los distintos tipos de profesores que se verían
afectados por la exigencia de acreditar el nivel C de catalán:
- Los profesores de los cuerpos docentes de las universidades
públicas deberán acreditar el nivel de catalán "en
los concursos de acceso convocados".
- Los catedráticos y profesores contratados y agregados
de las universidades públicas. También para ellos
será requisito el nivel C de catalán "en los concursos
convocados por las universidades".
- Lectores y ayudantes. Han de demostrar el nivel de
catalán en los concursos de selección, siempre que su
contrato tenga una duración superior a dos años. Pasado
este plazo, la prórroga "requiere acreditar el conocimiento del
catalán a través de los medios de acreditación
previstos en este decreto".
- Profesores asociados en universidades públicas.
Deberán acreditar el nivel C de catalán "cuando el tiempo
total de duración de su contrato inicial sumado a las
respectivas renovaciones sea superior a dos años".
- En las universidades privadas, el conocimiento del catalán "se ha de prever en los procesos de selección o contratación".
Se deja a las universidades que puedan hacer algunas excepciones. El
borrador dice que las universidades "pueden eximir al profesorado de la
acreditación del requisito del conocimiento del catalán
en función de la temporalidad o las características
específicas de sus tareas vinculadas a la investigación o
a la docencia en terceras lenguas [extranjeras], siempre que se
acredite el conocimiento suficiente de estas lenguas".
Otro margen de maniobra que tendrán las universidades consiste
en que, "en los casos que lo justifiquen", podrán requerir al
profesorado permanente que acrediten el nivel C con posterioridad a los
procesos de acceso y selección para "potenciar y favorecer la
captación de talento". Las universidades tendrán seis
meses, desde que se apruebe el decreto, para hacer una normativa
interna que regule estas excepciones.
Varios profesores de fuera de Cataluña creen que debería
haber más flexibilidad para aplicar el decreto en ciernes. "La
obligatoriedad puede tener sentido en la enseñanza obligatoria
para socializarse en el medio en que está el alumno, pero en
absoluto en la universidad, donde lo importante es la
internacionalización y el intercambio de docentes e
investigadores", dice Antonio Bolívar, de la Universidad de
Granada. Para Rafael Feito, profesor de la Complutense de Madrid, la
norma "debería ser más flexible y pedir siempre el
requisito después de obtener la plaza para no privar de que
entren los mejores". Juan Manuel Escudero, profesor de la Universidad
de Murcia: "No dudo de que la norma tenga apoyatura legal, pero
sería razonable que no haya una exigencia previa para que las
cosas se hagan con naturalidad".
© El País S.L. | Prisacom S.A.
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