Bases de la
Convocatoria
Fecha
de publicación en el BOUA: 29 de enero de 2010
1. FINALIDAD
El Centro de Estudios
Iberoamericanos
Mario Benedetti (CEMAB), en su compromiso de fortalecer los
vínculos
fraternales y abrir nuevos cauces con los países de lengua
hermana,
tiene el objetivo de fomentar el estudio de la realidad
académica
y cultural latinoamericana. Por ello, ha resuelto hacer pública
su séptima convocatoria de ayudas para financiar la organización
de congresos, cursos, seminarios, jornadas y eventos de similar
naturaleza
relacionados con el mencionado ámbito de estudio.
2. PARTICIPANTES
Podrán presentar
solicitudes
cualquiera de los miembros de la Comunidad Universitaria (PDI, PAS,
alumnos o asociaciones registradas como tales en la UA) siempre que se
cuente con el respaldo de un Centro, Instituto Universitario de
Investigación,
Departamento u Órgano de la Universidad de Alicante.
3. FORMALIZACIÓN DE
LAS SOLICITUDES
3.1. Las solicitudes se
dirigirán
a la Directora del Centro de Estudios Iberoamericanos Mario Benedetti y
deberán presentarse en el Registro General de la Universidad de
Alicante o en los Registros Auxiliares ubicados en las
Secretarías
de Centro y en la Sede de la Universidad en Alicante.
3.2. El plazo de
presentación
de las solicitudes estará abierto desde
el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en
el BOUA y concluirá el 26 de febrero de 2010 (ambos inclusive).
3.3. Los impresos de
solicitud podrán
recogerse en el Registro General, en las oficinas del CEMAB y en las
páginas
web del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y del CEMAB.
3.4. En las solicitudes
deberá
figurar:
a) El nombre de la persona
responsable
de la actividad.
b) El Centro, Instituto
Universitario
de Investigación, Departamento u Órgano para el que se
solicita
la ayuda.
c) El centro de gasto al que
se transferirá
en el caso de ser concedida la ayuda.
3.5. La solicitud
deberá ir
acompañada, además, de la siguiente documentación:
a) Programa de actos del
evento.
b) Presupuesto, lo más
detallado
posible, en el que se harán constar los ingresos y gastos
previstos.
c) Aval del Centro, Instituto
Universitario
de Investigación, Departamento u Órgano.
3.6. El impreso de
solicitud deberá
ser cumplimentado en su totalidad; de no ser así será
excluido.
3.7. Las solicitudes
deberán
presentarse acompañadas de la documentación
detallada
en el apartado 3.5 dentro del plazo establecido. Si por alguna
circunstancia
alguno de los documentos especificados no se pudiese presentar con la
solicitud,
podrá remitirse al CEMAB (edificio de la Biblioteca General), en
el plazo máximo de siete días naturales desde la fecha de
finalización de la convocatoria.
3.8. Quedan expresamente
excluidas
las solicitudes presentadas por personas ajenas a la Comunidad
Universitaria
de la UA y aquellas que no cuenten con el aval de Centros, Institutos
Universitarios
de Investigación, Departamentos u Órganos con centro de
gasto
y presupuesto propios.
4. CONDICIONES DE LA
CONVOCATORIA
4.1. Las solicitudes
deberán
referirse a actividades
que se celebren desde el día siguiente a la publicación
de esta convocatoria en el BOUA hasta el 31 de diciembre de 2010.
4.2. Las cantidades concedidas podrán
dedicarse a los gastos asociados al evento que su responsable estime
oportunos. No
obstante, en ningún caso podrá destinarse la ayuda
concedida
al pago de dietas y gastos de viaje del PDI, PAS y alumnado de la
Universidad
de Alicante.
4.3. Para cada actividad
sólo
podrá presentarse una solicitud de ayuda, cualquiera que sea la
persona peticionaria. En cualquier caso, una misma persona no
podrá
presentar más de una solicitud.
4.4. Estas ayudas son
incompatibles
con las concedidas por el Vicerrectorado de Extensión
Universitaria.
4.5. En el plazo de un
mes, desde
la finalización de la actividad subvencionada, se deberá
enviar al CEMAB un informe detallado del evento, que incluirá
los
gastos realizados en relación con la ayuda concedida y el
extracto
de la aplicación presupuestaria que corresponda. Tanto el
informe
como el extracto serán firmados por la persona responsable de la
actividad y sellados por el Centro, Instituto Universitario de
Investigación,
Departamento u Órgano correspondiente.
4.6. El CEMAB se reserva
el derecho
de grabar, fotografiar y recoger, sobre cualquier soporte
técnico,
las conferencias y charlas, así como otros posibles
acontecimientos
relacionados con la actividad subvencionada, para su divulgación
y/o documentación.
4.7. Todas las actividades
subvencionadas
harán constar en su publicidad, como patrocinadores, el logotipo
de la UA, el del CEMAB y el logotipo o nombre del Centro, Instituto
Universitario
de Investigación, Departamento u Órgano
correspondiente.
5. CUANTÍA Y
NATURALEZA DE
LAS AYUDAS
5.1. La cantidad
disponible para estas
ayudas será de un total de 22.000 €.
5.2. La cuantía
será
fijada, para cada evento, por la Comisión de Valoración
en
virtud del número de solicitudes presentadas, así como
del
contenido de la actividad, de la participación y el
interés
para la UA y el CEMAB.
5.3. Las ayudas concedidas
serán
objeto de un único libramiento y transferidas a la
aplicación
presupuestaria del Centro, Instituto Universitario de
Investigación,
Departamento u Órgano al que se halle adscrita la persona
coordinadora
de la actividad.
5.4. Dicha persona
será la
responsable de la realización de todas las gestiones relativas a
la organización del evento (publicidad, reservas de viajes,
hoteles,
espacios, medios audiovisuales, etc.). Las gestiones económica y
administrativa se realizarán desde el centro de gasto
receptor
de la ayuda.
5.5. Una vez concedida la
subvención,
la persona coordinadora de la actividad adquirirá el compromiso
de llevarla a cabo ateniéndose a los temas y condiciones
presentados.
Las modificaciones que, en su caso, pudiese haber deberán ser
aprobadas
por la Comisión Permanente.
5.6. En el caso de que la
justificación
de gastos no llegue al importe de la ayuda concedida, se deberá
devolver el remanente al CEMAB.
6. COMISIÓN DE
VALORACIÓN
6.1. La selección y
cuantía
de las ayudas corresponderá a la Comisión de
Valoración
integrada por los siguientes miembros:
Presidenta: La Vicerrectora de
Extensión
Universitaria o persona en quien delegue
Secretaria: La Directora del
CEMAB
Vocales: La Directora del
Secretariado
de Extensión Universitaria, el Presidente del Consejo de
Alumnos,
o persona en quien delegue, y un miembro del PAS del CEMAB.
6.2. Se constituirá
una Comisión
Permanente que estará integrada por la Vicerrectora de
Extensión
Universitaria como Presidenta, la Directora del CEMAB como Secretaria,
y uno/a de los/as vocales elegido/a por y de entre los/as mismos/as.
7. CRITERIOS DE
ACTUACIÓN DE
LA COMISIÓN DE VALORACIÓN
7.1. Se tendrá en
cuenta para
la concesión de las ayudas, en primer lugar, el interés
de
la actividad de acuerdo con la finalidad del CEMAB expuesta en el
apartado
1.
7.2. A
continuación, se valorarán
las solicitudes presentadas atendiendo al ámbito de
repercusión
del evento. El orden establecido es el siguiente:
a) Internacional
b) Nacional
c) Local
7.3. Se primarán
aquellas actividades
que se celebren en el Campus o en las Sedes Universitarias adscritas al
mismo, así como el uso de los medios o recursos propios de
nuestra
Universidad.
7.4. Se tendrá en
cuenta
para la adjudicación de las ayudas el número de
Instituciones
y/o Empresas colaboradoras implicadas en el evento.
7.5. También se
podrá tener
en cuenta el número estimado de participantes en la actividad y
la relación coste-destinatario.
7.6. Se evitará la
repetición
y el solapamiento de actividades análogas organizadas por la
Universidad
de Alicante.
7.7. La Comisión
podrá,
si lo estima oportuno, no conceder subvención alguna o no
adjudicar
parte de la cantidad presupuestada.
7.8. En aquellos casos en
que se estime
conveniente, la Comisión de Valoración o, por
delegación
de ésta, la Comisión Permanente, podrá recabar la
presentación de la información complementaria que
considere
oportuna para la resolución y el seguimiento de las ayudas. De
las
decisiones que se deriven de este seguimiento se mantendrá
informadas
a las personas responsables de los Centros, Institutos Universitarios
de
Investigación, Departamentos u Órganos correspondientes.
8. RESOLUCIÓN DE LA
CONVOCATORIA
8.1. En
el plazo de 7 días hábiles a contar desde la fecha de
finalización de presentación de solicitudes, se
publicará en la página web del CEMAB, el listado de
solicitudes presentadas.
8.2. Una vez otorgadas las
ayudas,
se abrirá un plazo de 10 días naturales para la
presentación
de reclamaciones.
8.3. En el plazo de un mes
desde la
publicación de la resolución definitiva se
procederá
desde el CEMAB a la transferencia de las ayudas concedidas.
Alicante, a 29 de enero de 2010
La Secretaria de la
Comisión,
Carmen Alemany Bay
Directora del CEMAB
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Vº
Bº La Presidenta de la
Comisión,
Josefina Bueno Alonso
Vicerrectora de
Extensión Universitaria |
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